Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 141 de 23/07/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 22 de marzo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cinco de Roquetas de Mar, dimanante de autos núm. 147/2019.  (PP. 2250/2021).

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NIG: 0407942120190000857.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 147/2019. Negociado: C3.

Sobre: Obligaciones: otras cuestiones.

De: D/ña. Buildingcenter, S.A.U.

Procuradora: Sra. Elena Medina Cuadros.

Contra: Ignorados ocupantes C/ Fray Luis de León, 2, PB A.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 147/2019 seguido a instancia de Buildingcenter, S.A.U., frente a ignorados ocupantes C/ Fray Luis León 2, PB A, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 18/2020

En Roquetas de Mar, a 18 de febrero de 2020.

Vistos por don Miguel Márquez Granados, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cinco de esta ciudad y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal de desahucio por precario, registrados con el número 147/2019, promovidos por Elena Medina Cuadros, Procuradora de los Tribunales y de Buildingcenter, S.A.U., frente a ignorados ocupantes de la vivienda con plaza de aparcamiento sita en calle Fray Luis León, número 2, planta PB, puerta A, en Roquetas de Mar (Almería).

Que estimando la demanda formulada por Elena Medina Cuadros, Procuradora de los Tribunales y de Buildingcenter, S.A.U., frente a ignorados ocupantes de la vivienda con plaza de aparcamiento sita en calle Fray Luis León, número 2, planta PB, puerta A, en Roquetas de Mar (Almería), debo declarar y declaro haber lugar al desahucio de la finca señalada, con apercibimiento de lanzamiento si los demandados no la desalojan dentro del término establecido en la ley, debiéndose fijar fecha de lanzamiento. Todo ello con imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer, ante este Juzgado y para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Almería, recurso de apelación en el plazo de veinte días desde el siguiente a su notificación.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, ignorados ocupantes C/ Fray Luis León, 2, PB A, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

Roquetas de Mar, a veintidós de marzo de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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