Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 159 de 19/08/2021

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Ayuntamientos

Anuncio de 9 de julio de 2021, del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria, del Decreto de la Alcaldía por el que se aprueban las bases que han de regir el procedimiento de provisión de varios puestos de Jefatura de Servicio y Sección, vacantes en la relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, según lo dispuesto por el art. 38 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. (PP. 2409/2021).

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Área: Recursos Humanos.

Expediente: 009154/2021.

Asunto: Procedimiento provisión Jefaturas de Servicio.

El 27 de mayo de 2021, el Pleno Municipal aprobó la nueva estructura organizativa y la Relación de Puestos de Trabajo que ha sido publicada en el BOP de Málaga el 15 de junio de 2021. Hasta la fecha actual, nunca antes se había llevado a cabo una política de cambio organizativo o de pensamiento estratégico en materia de recursos humanos en nuestra Administración. La situación actual alcanzada, el ejemplo de otras Administraciones locales, autonómicas y estatales y otros factores de nuestro entorno, hacen necesaria una reorientación en el tratamiento del personal en nuestra organización, de tal forma que el enfoque tradicional dé paso a una auténtica gestión de recursos humanos que en el plano que nos ocupa se oriente hacia la previsión y la planificación.

Como primer paso de esta nueva forma de la gestión de los recursos humanos municipales, es necesario proveer los puestos de jefatura de las diferentes unidades administrativas, concretamente las de Servicio y Sección, cumpliendo con los principios contenidos en la normativa vigente. Es por ello que esta Alcaldía, en virtud del art. 21.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y demás disposiciones vigentes, tiene a bien resolver:

Primero. Aprobar las bases que se transcriben y que han de regir el procedimiento a seguir en la provisión de varios puestos de Jefatura de Servicio y Sección del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria mediante el procedimiento contenido en las mismas.

Segundo. Ordenar la publicación del anuncio en el tablón de edictos de esta Corporación y en la intranet municipal.

«BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO DE VARIOS PUESTOS DE JEFATURA DE SERVICIO Y SECCIÓN, VACANTES EN LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE RINCÓN DE LA VICTORIA»

B A S E S

Primera. Es objeto de la presente convocatoria la provisión de varios puestos de Jefatura de Servicio y de Sección, mediante el sistema de libre designación, conforme a los principios de igualdad, objetividad, mérito y capacidad, y lo establecido en el artículo 80 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y cuyas características son:


JEFE SERVICIO
URBANISMO
JEFE SERVIC
IO
INFRAESTR.

JEFE SERVICIO
CULTURA

JEFE SERVICIO
ASUNTOS GENERALES

JEFE SERVICIO
SERVICIOS SOCIALES

JEFE SECCIÓN
NUEVAS TECNOLOGÍAS

JEFE SECCIÓN
SERVICIOS SOCIALES
Grupo A1 A1 A1 A1 A1 A2 A2
C. Destino 28 28 28 28 28 26 26
C. Espec.
1600 puntos
Según RPT

1600 puntos
Según RPT

1525 puntos
Según RPT

1525 puntos
Según RPT

1525 puntos
Según RPT

1300 puntos
Según RPT

1300 puntos
Según RPT
Código RPT FN.A1.010 FN.A1.007 FN.A1.005 FN.A1.006 FN.A1.004 LB.A1/A2.004 LB.A1.010
Núm. de vacantes 1 1 1 1 1 1 1

Segundo. Para acceder a estos puestos de trabajo se deberán cumplir los siguientes requisitos:

- Ser funcionario de carrera del Grupo A, Subgrupo A1 del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria para los puestos de Jefes de Servicio y ser personal funcionario y/o laboral del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria, del Grupo A, Subgrupo A2 para las Jefaturas de Sección.

- Cumplir los requisitos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria.

- Encontrarse en cualquiera de las situaciones previstas en la normativa de función pública que no impida el acceso al puesto.

Todos estos requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes. Una vez examinadas las solicitudes y acreditados los requisitos y méritos exigidos en la convocatoria, se podrá convocar a los aspirantes para la celebración de una entrevista personal, a los efectos de constatar o averiguar las características de los mismos que mejor se adecúen al contenido y funciones del puesto. Igualmente, se podrán recabar las aclaraciones o, en su caso, aportación de documentación que se considere necesaria, todo ello con objeto de poder realizar la mejor elección.

Tercero. Las solicitudes para tomar parte en la provisión del puesto de funcionario de carrera, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento (en el modo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/20015), en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Transcurrido dicho plazo el Tribunal publicará la relación de admitidos y la fecha de realización de la entrevista, si así se estimase.

Cuarto. El nombramiento recaerá en el candidato que, reuniendo los requisitos exigidos en las presentes bases y convocatoria, sea elegido discrecionalmente para ocupar el puesto requerido, pudiendo quedar desierta la convocatoria si ningún aspirante es elegido. Se valorará la experiencia y la posesión de conocimientos de las competencias y materias que gestiona el servicio solicitado. Todo ello, se acreditará mediante presentación de curriculum vitae, así como cuantos documentos, formación o demás méritos el aspirante quiera presentar. Será la Alcaldía el órgano competente para proceder al nombramiento y lo llevará a cabo de acuerdo con los principios de igualdad, objetividad, mérito y capacidad. El aspirante nombrado podrá ser cesado y removido de sus funciones con carácter discrecional por el órgano que lo nombró.

Quinto. Esta convocatoria se regirá por las presentes bases y, en su defecto supletoriamente, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Sexto. Contra la presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma podrá interponerse por los interesados, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Alcalde, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Comunidad Autónoma, según cuál sea posterior en el tiempo; o bien directamente recurso contencioso-administrativo, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Así lo manda y firma el Alcalde-Presidente, en Rincón de la Victoria, a 9 de julio de 2021.

Rincón de la Victoria, 9 de julio de 2021.- El Alcalde-Presidente, José Francisco Salado Escaño.

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