Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 191 de 04/10/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Orden de 23 de septiembre de 2021, por la que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.

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Mediante la Resolución de 23 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, se registra y ordena la publicación del Acuerdo de la Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, de 17 de febrero de 2021, por el que se modifica parcialmente el sistema de clasificación profesional en el VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía.

Dicho acuerdo de la Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo establece en su cláusula primera, la supresión de las categorías profesionales de Médico/a Rehabilitador/a y Médico/a Geriatra, integrándose los puestos de trabajo incluidos en ellas en la categoría profesional de Médico/a.

Por lo tanto, mediante la presente modificación se suprime la adscripción a la categoría profesional laboral de Médico/a Rehabilitador/a y de Médico/a Geriatra en aquellos puestos de trabajo que ya se encontraban adicionalmente adscritos a la categoría de Médico/a.

Asimismo, se modifica la denominación y la adscripción a la categoría profesional laboral de Médico/a Rehabilitador/a de un puesto de trabajo que pasa a estar adscrito a la categoría de Médico/a, y, se procede a incluir en su contenido la declaración a extinguir de la característica de complemento de puesto de trabajo que no resulta homogénea, en los términos establecidos en el Decreto 556/2019, de 11 de septiembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondientes a las Delegaciones Territoriales de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.

La presente modificación de la relación de puestos de trabajo no supone la ampliación de la plantilla presupuestaria, en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021.

En consecuencia, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.1.f) del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo,

DISPONGO

Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, queda modificada en los términos indicados en el anexo a la presente orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo se producirán desde el 1 de abril de 2021.

Sevilla, 23 de septiembre de 2021

ELÍAS BENDODO BENASAYAG

Consejero de la Presidencia,
Administración Pública e Interior
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