Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 191 de 04/10/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 29 de septiembre de 2021, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se hacen públicos los listados definitivos de personas beneficiarias y excluidas de la convocatoria de anticipos reintegrables de nómina para el ejercicio 2021.

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La Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, ha dispuesto en su disposición adicional novena que para este ejercicio se puedan conceder anticipos reintegrables al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, de conformidad con la normativa vigente en la materia, estableciendo que el plazo de presentación de las solicitudes se determinará por resolución de la persona titular de la Secretaría General para la Administración Pública.

Por Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, de 15 de marzo de 2021 (BOJA núm. 52, de 18 de marzo), se estableció el plazo de presentación de solicitudes y se dictaron instrucciones en relación al procedimiento para su concesión.

Por Resolución de 7 de mayo de 2021 (BOJA núm. 89, de 12 de mayo), se hicieron públicos los listados provisionales de personas admitidas y excluidas, concediéndose un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones y subsanar defectos detectados en las solicitudes.

Una vez valoradas las alegaciones presentadas, se ha procedido a ordenar las solicitudes que han resultado admitidas de mayor a menor antigüedad, computada a 31 de diciembre de 2020, conforme establece el artículo 12.1 de la Orden de 14 de diciembre de 1992, en relación con lo dispuesto en el párrafo segundo, punto 2, de la disposición adicional novena de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021.

Las solicitudes así ordenadas se han adjudicado hasta agotar el presupuesto disponible para este ejercicio, quedando la antigüedad de la última persona adjudicataria en 21 años, 7 meses y 0 días.

Procede, por tanto, aprobar los listados definitivos de personas beneficiarias y excluidas de la convocatoria de anticipos reintegrables correspondiente al ejercicio 2021, ordenando su publicación.

En base a lo expuesto y a la competencia atribuida en la disposición adicional primera de la citada Orden de 14 de diciembre de 1992, en relación con el Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior,

RESUELVO

Primero. Aprobar los listados definitivos de personas beneficiarias y excluidas de la convocatoria de anticipos reintegrables correspondiente al ejercicio 2021, que quedarán expuestos en la página web del empleado público,

https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/, «trámites laborales», «acción social», «anticipos reintegrables».

Segundo. El importe del anticipo concedido se abonará en nómina y el reintegro se realizará mediante detracción mensual en la misma a partir del mes siguiente al de su abono.

Contra lo establecido en la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:

El personal funcionario y no laboral podrá interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, ante este mismo órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora dela Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El personal laboral podrá presentar demanda ante el Juzgado de lo Social de acuerdo con los artículos 69 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.

Sevilla, 29 de septiembre de 2021.- La Secretaria General, Ana María Vielba Gómez.

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