Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 223 de 19/11/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Orden de 15 de noviembre de 2021, por la que se da publicidad al aumento de crédito disponible para la concesión de las ayudas reguladas en la Orden de 1 de septiembre de 2020, de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, por la que se convocan ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, y a las administraciones públicas, empresas públicas y entidades sin ánimo de lucro que faciliten una solución habitacional a dichas personas.

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Mediante Orden de 27 de julio de 2020 de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, destinadas a atender el pago del alquiler de la vivienda habitual, personas sin hogar, y otras personas especialmente vulnerables, y las administraciones públicas, empresas públicas y entidades sin ánimo de lucro que faciliten una solución habitacional a dichas personas (BOJA núm. 147, de 31 de julio de 2020).

El 8 de septiembre de 2020 se publica en el BOJA núm. 174 la Orden de 1 de septiembre de 2020 de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio por la que se convocan ayudas, en concurrencia no competitiva, a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, y a las administraciones públicas, empresas públicas y entidades sin ánimo de lucro que faciliten una solución habitacional a dichas personas.

En la Orden de 27 de julio que aprueba las bases reguladoras se prevén dos líneas de ayudas:

• Línea 1. Ayudas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, destinadas a atender el pago del alquiler de la vivienda habitual.

• Línea 2. Ayudas al alquiler o precio de ocupación establecido, dirigidas a las Administraciones públicas, empresas públicas y entidades sin ánimo de lucro, que destinen las viviendas o cualquier alojamiento o dotación residencial a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.

De acuerdo con la convocatoria y limitaciones presupuestarias descritas en el dispositivo sexto de la Orden de convocatoria mencionada, la cuantía total máxima disponible para la Línea 1 era de 6.111.910 euros, 5.271.910 euros de financiación estatal y 840.000 euros de financiación autonómica, con cargo a las partidas presupuestarias 1700180000 G 43A 48307/00 y 170003000 G 43A 48306/00.

En este mismo dispositivo, en los apartados 5 y 6 se prevé la posibilidad de añadir una cuantía adicional sin necesidad de nueva convocatoria. La declaración de créditos disponibles que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, no implicará la apertura de un nuevo plazo para presentar solicitudes. También se prevé que eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibiliten una resolución complementaria de la consecución de la subvención que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito.

El crédito disponible de 6.111.910 euros, para atender a las solicitudes recibidas en esta convocatoria ha resultado muy inferior al crédito necesario para atender a las solicitudes recibidas hasta la fecha de finalización de plazo de presentación de solicitudes en todos los ámbitos territoriales.

De otra parte, existiendo créditos por importe de 7.100.000 € provenientes de expediente de Incorporación de Remanentes Comprometidos del ejercicio 2020 del Servicio 18 aprobado por la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, que quedaron disponibles en las partidas presupuestarias del Programa de Fomento del Parque Público en Alquiler, por estar presupuestado este Programa, por un importe superior al previsto en la anualidad 2021 de Convenio Estatal. Con dichos créditos sobrevenidos se incrementó la línea 1 de la convocatoria de ayudas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, destinadas a atender el pago del alquiler de la vivienda habitual a la que se dio publicidad en la Orden de 3 de mayo de 2021 (BOJA núm. 86, de 7 de mayo) al aumento de crédito disponible para la concesión de las ayudas reguladas en la Orden de 1 de septiembre de 2020, de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, por la que se convocan ayudas, en concurrencia no competitiva, a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, y a las administraciones públicas, empresas públicas y entidades sin ánimo de lucro que faciliten una solución habitacional a dichas personas.

Por todo lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el dispositivo sexto de la Orden de 1 de septiembre de 2020 y en el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Junta de Andalucía

RESUELVO

Primero. Dar publicidad, una vez efectuadas las resoluciones de concesión y en los mismos medios que la convocatoria, al incremento de crédito disponible por una cuantía de 4.686.000 €, con cargo a la partida presupuestaria 170003000 G 43A 48306/00, proveniente de la inejecución de la convocatoria de ayudas recogidas en la Orden de 29 de junio de 2020 (BOJA, Boletín extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020), por la que se convocan para el ejercicio 2020 ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual con cargo a la partida presupuestaria 1700180000 G/43A/48309/00 S0096, con objeto de atender las solicitudes presentadas en la Línea 1 y que no han podido ser resueltas por falta de crédito: Ayudas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, destinadas a atender el pago del alquiler de la vivienda habitual, conforme al procedimiento de concesión previsto en las bases reguladoras y a la convocatoria efectuada por la mencionada Orden de convocatoria.

Se establece la siguiente distribución de incremento de crédito por Delegaciones Territoriales atendiendo al numero de solicitudes no resueltas y por no existir crédito disponible:

DELEGACIÓN TERRITORIAL IMPORTE A INCREMENTAR
ALMERÍA 400.000 €
CÁDIZ 1.800.000 €
GRANADA 1.200.000 €
HUELVA 686.000 €
JAÉN 600.000 €
TOTAL 4.686.000 €

Segundo. La presente órden surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de noviembre de 2021

MARÍA FRANCISCA CARAZO VILLALONGA
Consejera de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio

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