Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 04/02/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 28 de diciembre de 2020, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de El Ejido, dimanante de autos núm. 42/2020. (PP. 8/2021).

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NIG: 0490200120200000101.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 42/2020. Negociado: C2.

Procedimiento origen: Posesión (art. 430-466 CC).

De: Gramina Homes, S.L.

Procurador Sr.: Don Mauricio Gordillo Alcalá.

Contra: Ignorados Ocupantes calle Sudán núm. 3, planta primera, puerta 7.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario-250.1.2) 42/2020 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 El Ejido (UPAD 2) a instancia de Gramina Homes, S.L. contra ignorados ocupantes calle Sudán, núm. 3, planta primera, puerta 7, sobre Posesión (art. 430-466 CC), se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Nº 197/2020

Juez que la dicta: Don Eduardo Martínez Gamero.

Lugar: El Ejido.

Fecha: Catorce de diciembre de dos mil veinte.

Parte demandante: Gramina Homes, S.L.

Procurador: Mauricio Gordillo Alcalá.

Parte demandada: Ignorados Ocupantes calle Sudán, núm. 3, planta primera, puerta 7.

Objeto del juicio: Posesión (art. 430-466 CC).

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por don Mauricio Gordillo Alcalá, en representación procesal de la mercantil Gramina Homes, S.L.U., contra los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Sudán, número 3, planta primera, puerta 7, de las Norias de Daza, Almería (C.P. 04700); y, por ende:

1. Declaro el desahucio por precario de dicha vivienda, condenando a los ignorados ocupantes de la finca sita en la calle Sudán, número 3, planta primera, puerta 7, de las Norias de Daza, Almería (C.P. 04700); y a estar y pasar por esta declaración y a desalojar la mencionada vivienda, dejándola libre, vacua y expedita y a disposición de la actora dentro del plazo legal, con apercibimiento expreso de lanzamiento si no lo hicieran.

2. Condeno a los demandados al pago de las costas procesales causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes. Contra la misma podrán interponer recurso de Apelación ante este Juzgado dentro del plazo de veinte días desde el siguiente a la notificación. Deberán exponer las alegaciones en que se base la impugnación y citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. Del presente recurso conocerá la Audiencia Provincial de Almería (artículos 458 y 463 LEC en redacción dada por Ley 37/2011, de 10 de octubre).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s ignorados ocupantes calle Sudán, núm. 3, planta primera, puerta 7, extiendo y firmo la presente.

El Ejido, a veintiocho de diciembre de dos mil veinte.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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