Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 18/02/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Resolución de 12 de febrero de 2021, de la Viceconsejería, por la que se amplían los servicios esenciales de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo con motivo de las medidas excepcionales adoptadas para contener el COVID-19.

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Con fecha 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el brote de SARS-CoV 2 como pandemia, elevando a dicha extrema categoría la situación actual desde la previa declaración de Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional.

Habida cuenta la evolución de los acontecimientos y el estado actual de riesgo para la salud pública como consecuencia del COVID-19, resultó obligada la adopción de las medidas cautelares, ajustadas a los principios de minimización de la intervención y de proporcionalidad de las medidas adoptadas a los fines perseguidos.

En esta línea de pronta actuación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 43 de la Constitución Española, el artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública; el artículo 26 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; el artículo 54.2.d) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública; el artículo 21.2 y 62.6 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, así como el artículo 71.2.c) y 83.3 de la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía, la Comunidad Autónoma de Andalucía, viene adoptando diversas medidas preventivas en materia sanitaria, socio sanitaria, de transporte, docencia y empleo, medio ambiente y agricultura, y en materia de cultura, ocio y deporte.

Por otra parte, mediante Orden de 15 de marzo de 2020, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, se fijaron los servicios esenciales de la Administración de la Junta de Andalucía con motivo de las medidas excepcionales adoptadas para contener el COVID-19, teniendo por objeto garantizar la prestación efectiva y el mantenimiento de los servicios públicos de la Administración de la Junta de Andalucía. En el apartado sexto de la citada Orden se habilitó a las personas titulares de las Viceconsejerías para que pudiesen modificar los servicios incluidos en el anexo de la misma según lo requiriesen las circunstancias.

En tal sentido, mediante Resolución de 16 de marzo de 2020, de la Viceconsejería, se ampliaron los servicios esenciales de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.

Durante la vigencia de la Orden de 15 de marzo de 2020, la cual estableció en su dispositivo quinto que las medidas previstas en la misma tendrían una duración de quince días, sin perjuicio de las prórrogas que se pudiesen acordar, se dictó el decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), en cuyo apartado 1 de la disposición final sexta determinó que permanecerían vigentes, hasta la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, las medidas adoptadas en relación con la determinación de los servicios esenciales de la Administración de la Junta de Andalucía con motivo de las medidas excepcionales adoptadas para contener el COVID-19, mediante la Orden de 15 de marzo de 2020, del Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior, y las disposiciones dictadas en ejecución de la misma.

No obstante ello y como consecuencia de la experiencia adquirida hasta la fecha en la prestación de servicios en materia de formación para el empleo así como en la tramitación de expedientes de regulación de empleo, de expedientes de regulación temporal de empleo o de prestaciones y ayudas para el mantenimiento de la actividad de determinados sectores económicos durante la situación de emergencia sanitaria, entre otros, se estima necesaria la ampliación de los servicios esenciales incluidos en el anexo de en la Orden de 15 de marzo de 2020, del Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior y en la posterior Resolución de 16 de marzo de 2020 de esta Viceconsejería.

En su virtud, teniendo en cuenta la habilitación contenida en el apartado sexto de la citada Orden de 15 de marzo de 2020, prorrogada por la disposición final sexta del Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo,

RESUELVO

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.

1. La presente resolución tiene por objeto ampliar los servicios esenciales de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo que, con motivo de las medidas excepcionales adoptadas para contener el COVID-19, se incluyeron en el anexo de en la Orden de 15 de marzo de 2020 del Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior y en la posterior Resolución de 16 de marzo de 2020 de esta Viceconsejería.

2. La presente Resolución será aplicable a todo el personal de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.

Segundo. Servicios esenciales.

Los servicios esenciales de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo fijados con motivo de las medidas excepcionales adoptadas para contener el COVID-19 serán los que figuran en el anexo a la presente resolución.

Tercero. Formas de organización del trabajo y nombramiento de personal temporal.

Las forma de organización del trabajo y el nombramiento de personal temporal para ejecutar la ampliación de servicios esenciales objeto de esta Resolución se realizará conforme lo dispuesto en los dispositivos segundo y cuarto de la Orden de 15 de marzo de 2020.

Cuarto. Efectos.

Las medidas previstas en esta resolución surtirán efectos a partir del día de su firma y estarán supeditadas a la vigencia de la Orden de 15 de marzo de 2020 del Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior y sus posteriores prórrogas.

Asimismo, mediante la presente resolución se deja sin efecto el cuadro de servicios esenciales correspondiente a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo contenido en el anexo de la Orden de 15 de marzo de 2020 del Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior, así como la posterior Resolución de 16 de marzo de 2020, de esta Viceconsejería, por la que se ampliaron los servicios esenciales de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.

Sevilla, 12 de febrero de 2021.- El Viceconsejero, Miguel Ángel García Díaz.

ANEXO

EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO

CENTRO DIRECTIVO SERVICIOS
SECRETARÍA GENERAL DE EMPLEO Y TRABAJO AUTÓNOMO -
Asistencia al titular, y coordinación y asistencia a los centros directivos de su estructura y organismos adscritos.
- Elaboración de normas reguladoras de subvenciones y ayudas.
- Resolución de recursos y expedientes de su competencia.
- Resolución de transferencias de financiación a los organismos adscritos.
- Tramitación de convenios de colaboración y protocolos de actuación.
- Emisión de informes.
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO Y BIENESTAR LABORAL
- Tramitación y pago de las ayudas sociolaborales (Pólizas y Pago Directo).
- Tramitación de expedientes de ERTES, ERE, huelgas y procedimientos sancionadores en el orde
n social.
-
Tramitación de los recursos administrativos, expedientes de revisiones de oficio y reclamaciones de responsabilidad patrimonial.
- Cumplimentación requerimientos de órganos judiciales.
-
Tramitación de las solicitudes de inscripción en el REA, RERA, REGCON, Registro de Entidades Especializadas como Servicio de Prevención Ajenos, Registro de Personas o entidades especializadas para efectuar Auditorías del Sistema de Prevención, Registro de Empresas acreditadas como contratistas o subcontratistas del sector de la construcción de la Comunidad Andaluza, Registro de Coordinadores/as en materia de seguridad y salud, con formación preventiva especializada en las obras de construcción de la Comunidad Andaluza y Registro de Convenios Colectivos de trabajo.
- Tramitación de expedientes de reintegro y pagos de subvenciones.
- Investigación de accidentes graves, muy graves y mortales.
- El Servicio de Coordinación Técnica, las unidades vigilancia de la Salud y los Técnicos Habilitados.
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO AUTÓNOMO Y ECONOMÍA SOCIAL -
Elaboración y tramitación de órdenes de convocatoria de subvenciones en materia de trabajo autónomo, medidas urgentes para el mantenimiento de la actividad de determinados sectores económicos: ayudas extraordinarias, de alquiler, para hostelería, comercio, transporte por taxi, sector de feriantes.
- Gestión de la tarifa plana de personas trabajadoras autónomas.
- Gestión de ayudas de economía social y Registro de Cooperativas.
SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO (SAE)
- Tramitación de las subvenciones de las políticas activas de empleo.
- Registro de Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción.
- Atención oficinas SAE y modelo de intermediación.
DIRECCIONES PROVINCIALES DEL SAE
- Tramitación de expedientes en materia de intermediación e inserción laboral y fomento del empleo.
- Coordinación de la red provincial de las oficinas de empleo.
SECRETARÍA GENERAL DE ORDENACIÓN DE LA FORMACIÓN - Liquidación de consorcios, banco de proyectos de formación y resolución de recursos.
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO -
Gestión y liquidación de expedientes de subvenciones y resolución de los recursos derivados de estos.
- Producción normativa reguladora (ETECOTE, Registro Formadores, Registro de Centros, Bases reguladoras subvenciones, etc).
-
Adjudicación de los contratos de ejecución de la Oferta Formativa de formación profesional para el empleo.
-
Resolución de las convocatorias de subvenciones de Formación Profesional para el Empleo con compromiso de contratación.
- Resolución de certificados de profesionalidad.
INSTITUTO ANDALUZ DE LA JUVENTUD
- Gestión de expedientes de subvenciones.
- Tramitación de resoluciones, instrucciones y demás normativa necesaria.
- Tramitación y gestión de actividades programáticas prioritarias.
INTURJOVEN - Asistencia a refugiados y otros colectivos.
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
- Expedientes de contratación. Revisiones de oficio
- Gestión de la formación y seguimiento de jornadas y horarios de los empleados públicos.
- Tramitación de documentación procedente de los órganos jurisdiccionales y del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, relacionada con procedimientos judiciales.
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA/DG TRABAJO Y BIENESTAR Y LABORAL - La recepción de solicitudes de expedientes de regulación de empleo temporal por causa de fuerza mayor derivados de la pandemia del coronavirus (COVID-19) en las sedes de los Servicios Centrales de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo y de las Delegaciones Territoriales de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo y Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el dispositivo tercero de la Orden de 15 de marzo de 2020.
COMISIONADO DEL PLAN DIRECTOR DE ORDENACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE EMPLEO Y RELACIONES LABORALES DE ANDALUCÍA
- Coordinación en la tramitación de los expedientes Ertes de las Delegaciones Territoriales de Empleo.
-
En el marco del Plan Director de Ordenación el asesoramiento en las tareas relacionadas con el Perfilado Estadístico.
- En el marco del Plan Director de Ordenación, asesoramiento en el diseño, seguimiento y evaluación de la implementación de las Políticas Activas de Empleo.
CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL DE ANDALUCÍA - Emisión de dictámenes e informes preceptivos de carácter económico y social solicitados por las distintas Consejerías del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.
CONSEJO ANDALUZ DE RELACIONES LABORALES -
Coordinación y mantenimiento de procedimientos online de mediación laboral del Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos laborales de Andalucía (SERCLA)
- Coordinación y mantenimiento de procedimientos online del Plan de Apoyo a la Negociación Colectiva.
INSTITUTO ANDALUZ DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
- Seguimiento ingresos por sanciones en materia de PRL (IP0000).
-
Tramitación y pago de los expedientes de gasto derivados de las ubvenciones ya tramitadas, expedientes de contratación, etc.
- Elaboración y tramitación de órdenes de convocatorias de subvenciones sobre investigación, transferencia y sensibilización en PRL.
DELEGACIONES TERRITORIALES
- Tramitación de los expedientes de ERTES y tareas de mediación.
-
Tramitación de expedientes de formación profesional para el empleo, economía social, administración laboral, autónomos, comercio y cooperación económica.
- La investigación de los accidentes de trabajo.
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