Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 22/02/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 26 de noviembre de 2020, del Juzgado de Primera Instancia  e Instrucción núm. Tres de Huércal-Overa, dimanante de autos núm. 256/2019. (PP. 293/2021).

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NIG: 0405342120190000726.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 256/2019. Negociado: 3.

Sobre: Responsabilidad extracontractual en materia de tráfico.

De: Don Juan Pedro Carmona Carmona.

Procurador: Sr. José Miguel Gómez Fuentes.

Letrado: Sr. Demetrio Pastor Alcahud.

Contra: Van Ameyde España, S.A., y doña Marta García González-Calero.

Procurador: Sr. José Luis Vázquez Guzmán.

Letrado: Sr. Vicente Muñoz Mundina.

E D I C T O

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 256/2019 seguido a instancia de Juan Pedro Carmona Carmona frente a Van Ameyde España, S.A., y doña Marta García González-Calero se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

«FALLO

Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador Sr. Gómez Fuentes, en nombre y representación de don Juan Pedro Carmona Carmona frente a la entidad Van Ameyde España, S.A., y doña Marta García González-Calero, condeno a éstas solidariamente a abonar al actor la cifra de mil ochocientos ochenta y ocho euros, con ochenta céntimos (1.888,80 euros). De esta cifra, se devengarán con cargo a la aseguradora demandada y a favor del perjudicado intereses del art. 20 de la LCS, desde la fecha del siniestro y hasta el completo pago, por la cantidad de 848 euros. La codemandada doña Marta García González-Calero deberá abonar a la actora el interés legal de la cantidad reclamada solo desde la fecha de la demanda, siendo que, desde la fecha de esta sentencia y hasta el completo pago, dicho interés será incrementado en dos puntos.

Se han abonado a cuenta de la condena, pendiente el proceso, 940,80 euros.

No ha lugar a emitir especial pronunciamiento sobre costas.

Notifíquese la presente a las partes.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma, don Gonzalo Alcoba Gutiérrez, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Huércal-Overa. Doy fe.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr./Sra. Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia doy fe, en Huércal-Overa, a veintiséis de noviembre de dos mil veinte.»

Y encontrándose dicho demandado, doña Marta García González-Calero, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Huércal-Overa, a veintiséis de noviembre de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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