Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 03/03/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 10 de septiembre de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Torremolinos, dimanente de autos núm. 1477/2018. (PP. 2105/2020).

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NIG: 29901421201 80007371.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1477/201-8. Negociado: 03.

Sobre: Obligaciones.

De: CP Los Verdiales.

Procuradora: Sra. Araceli Ceres Hidalgo.

Contra: Consultoría Energycor, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA 143/20

En Torremolinos, a 11 de septiembre de 2020.

Doña Maria José Ferrer Fernández, Magistrada-Juez titular del: Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Torremolinos, ha visto los presentes autos de juicio verbal, tramitados con el núm. 1477/018 y promovidos por la Comunidad de Propietarios Edificio Los Verdiales, representada por la Procuradora doña Araceli Ceres Hidalgo y asistida por el Letrado don Francisco Javier Martínez Guerrero, contra Consultoría Energycor, S.L., en rebeldía, sobre reclamación de cantidad por impago de cuotas comunitarias.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la Comunidad de Propietarios del Edificio Los Verdiales contra Consultoría Energycor, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la parte actora la suma de 4.699,77 euros, más intereses legales en los términos del Fundamento de Derecho Segundo de esta sentencia, condenando asímismo a la demandada al pago de las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de Apelación en plazo de 20 días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Magistrada-Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia doy fe, en Torremolinos, a diez de septiembre de dos mil veinte.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Consultoría Energycor, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación del extracto de la Sentencia durante el plazo de 20 días hábiles.

Torremolinos, a diez de septiembre de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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