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NIG: 0490200120190003307.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 468/2019. Negociado: C2.
Procedimiento Origen: Obligaciones.
De: BMW BANK GMBH.
Procurador Sr.: José Juan Alcoba López.
Contra: Disur Parts, S.L.
EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 468/2019 seguido a instancia de BMW BANK GMBH frente a Disur Parts, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
«Que debo estimar y estimo la demanda presentada por la entidad BMW BANK GMBH contra la mercantil Disur Parts, S.L., y en consecuencia, condeno a ésta a abonar a la actora la cantidad de 23.518,77 euros, más los intereses de demora fijados en el contrato desde la fecha de la interpelación judicial y costas.
Las costas se imponen a la parte demandada.
Notifíquese esta resolución a las partes, contra la que cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la notificación exponiendo las alegaciones en que se base la impugnación además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna y que se sustanciará ante la Audiencia Provincial de Almería.»
Y encontrándose dicho demandado, Disur Parts, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En El Ejido, a veintitrés de septiembre de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
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