Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 12/03/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Familias

Acuerdo de 9 de marzo de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del Programa de Vigilancia y Control Integral de Vectores de la Fiebre del Nilo Occidental.

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El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, en su artículo 10, la consecución del pleno empleo estable y de calidad en todos los sectores de la producción, con singular incidencia en la salvaguarda de la seguridad y salud laboral, la conciliación de la vida familiar y laboral. Igualmente, en su artículo 22, garantiza el derecho constitucional previsto en el artículo 43 de la Constitución Española a la protección de la salud. El artículo 36 establece la obligación de todas las personas de colaborar en situaciones de emergencia. En su artículo 55.2 establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en la ordenación y la ejecución de las medidas destinadas a preservar, proteger y promover la salud pública en todos los ámbitos.

Durante la última parte del siglo XX, el papel de los mosquitos como vectores de enfermedades que afectan a la salud pública en general se consideró que su acción se limitaba a los trópicos. La desaparición y erradicación del dengue y la malaria en Europa en la década de 1950 permitía contemplar un paisaje europeo con una mínima o ninguna incidencia de la enfermedad transmitida por mosquitos.

Sin embargo, al principio del siglo XXI, el panorama es diferente. Un mundo cada vez más conectado a través de los viajes, el comercio y el turismo plantea que Europa se enfrenta de modo regular a enfermedades transmitidas por mosquitos, una tendencia confirmada por los avances en detección de patógenos.

Ahora se sabe que el Virus del Nilo Occidental, en adelante VNO, se transmite a los humanos a través de mosquitos nativos en varios países europeos y vecinos cada año. Ello sin mencionar, por supuesto, los riesgos planteados por la introducción y el establecimiento de mosquitos invasores y los brotes asociados de los virus del dengue y chikungunya.

Por lo tanto, las enfermedades transmitidas por vectores, incluidas las transmitidas por mosquitos nativos, deben ser una alta prioridad para autoridades sanitarias públicas y veterinarias de toda Europa.

El VNO es un patógeno emergente cuya ecología y epidemiología se extienden a través de múltiples interfaces. Incluidas el patógeno viral, los vectores artrópodos, las aves, los animales domésticos y los seres humanos. El VNO se ha destacado repetidamente en los últimos años, con brotes en varios países europeos, como Italia, Hungría, Rumania y Grecia, Austria, Serbia e incluso Alemania. En 2018 se declararon 1.463 casos de humanos confirmados en Europa (204 el año anterior).

En Andalucía occidental existe una gran variedad de especies de mosquitos presentes en nuestros humedales tanto naturales como artificiales distribuidos por toda la geografía andaluza (principalmente Sevilla, Huelva y Cádiz) compartiendo hábitats con aves que pueden tener virus autóctonos o importados de los países que visitan durante la migración los mosquitos, y que ha producido una circulación sostenida en un ciclo aves-mosquitos.

En cuanto a sus hábitats, existen zonas inundables (humedales, arrozales, marismas, etc.) que contribuyen como posibles focos o refugios de vectores. Además, dentro de los núcleos urbanos aparecen determinados espacios que, por sus características ambientales, son favorables a la reproducción de los mosquitos, generando riesgos para la salud o molestias para el ciudadano. En ellos los mosquitos encuentran un hábitat adecuado para la obtención de recursos vitales (alimento y refugio) pudiendo proliferar como plagas.

El VNO se perpetúa en la naturaleza mediante ciclos entre los artrópodos hematófagos, que actúan como vectores, y los hospedadores vertebrados susceptibles que, al mismo tiempo, pueden actuar como fuente de infección para otros artrópodos (reservorios víricos) o bien solo padecer la infección (hospedadores accidentales) sin desarrollar niveles de viremia suficientes para continuar su transmisión. En la bibliografía se referencian otros mecanismos de transmisión del virus por hemodonación, lactancia, vía placentaria, entre otras.

La situación epidemiológica del VNO se ha disparado desde mediados de junio de 2020 respecto a años anteriores, en virtud de ello, con fecha 1 de septiembre de 2020, el Consejo de Gobierno tomó conocimiento del informe elaborado por la Consejería de Salud y Familias sobre el brote del Virus del Nilo Occidental y estrategias de actuación.

No obstante, la evolución de dichas plagas hace necesario elaborar el denominado Programa de Vigilancia y Control Integral de Vectores de la Fiebre del Nilo Occidental en adelante el Programa, que en un futuro se incluirá en el Plan Estratégico Andaluz de Vectores con Incidencia en la Salud.

El Programa tiene los siguientes objetivos:

1. Objetivo general. Minimizar el impacto de infecciones por la enfermedad de VNO en humanos en Andalucía.

2. Objetivos específicos:

a) Establecer un sistema de vigilancia integrado (ambiental, entomológica, animal y epidemiológica) entendido como la combinación organizada de todas las estrategias disponibles para la identificación del VNO y sostenible que facilite la prevención, detección precoz y control de casos en humanos.

b) Disponer, en tiempo y forma, en la vigilancia epidemiológica la información del resto de los ámbitos con la finalidad de identificar lo antes posible las potenciales nuevas amenazas y establecer las actuaciones oportunas.

c) Identificar variables que permitan evaluar el riesgo para la salud humana, así como estimar la abundancia y densidad del vector y los parámetros entomológicos que ayuden a la toma de decisiones.

d) Establecer una zonificación en base al nivel de riesgo de transmisión del VNO en el ámbito de la comunidad autónoma.

e) Realizar la caracterización, mediante mapeo o cartografiado, de la presencia y distribución de vectores responsables del VNO en zonas inundables y en municipios clasificados como áreas de riesgo moderado o alto y áreas afectadas.

f) Llevar a cabo actuaciones de control en las zonas de riesgo (2-5) con objeto de verificar la tenencia, cumplimiento y eficacia de los Planes Municipal de Vigilancia y Control Vectorial (PMVCV).

g) Impulsar una gestión ambiental de esas zonas dirigidas a mitigar la proliferación de vectores, a través de la realización e implantación de los planes por los organismos competentes y la administración local.

h) Promocionar, mediante medidas de educación para la salud, el conocimiento y las actitudes apropiadas para la prevención y autoprotección en las poblaciones de las áreas en peligro y afectadas.

i) Proporcionar formación continuada a los profesionales de salud pública en técnicas de inspección, monitoreo y control de mosquitos, otorgándoles el conocimiento técnico y la capacitación requerida para desarrollar las funciones recogidas en este Programa.

Así pues, teniendo en cuenta la alarma social generada por el brote del VNO en la población andaluza durante el año 2020 y la necesidad de saber qué medidas se están tomando para su control, se considera oportuno y conveniente que el Programa referido sea conocido por parte del Consejo de Gobierno.

En su virtud, de conformidad con el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Salud y Familias, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 9 de marzo de 2021,

ACUERDA

Tomar conocimiento del Programa de Vigilancia y Control Integral de Vectores de la Fiebre del Nilo Occidental, que se adjunta con anexo al presente Acuerdo.

Sevilla, 9 de marzo de 2021

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JESÚS RAMÓN AGUIRRE MUÑOZ
Consejero de Salud y Familias
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