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NIG: 2305042120180011996.
Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 1802/2018. Negociado: 3A.
De: Doña Francisca Muñoz Ramírez.
Procuradora: Sra: María Candelaria Salido Castañer.
Letrada: Sra. Nuria Liébana Garrido.
Contra: Don Abdelkarim El Gaada.
E D I C T O
En el presente procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 1802/2018 seguido a instancia de doña Francisca Muñoz Ramírez. frente a don Abdelkarim El Gaada se ha dictado sentencia que, copiada en extracto, es como sigue:
SENTENCIA Núm. 7/2021
En Jaén, a 12 de enero de 2021.
Por don Miguel Ortega Delgado, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis y de Familia de los de Jaén, han sido vistos los autos del Juicio de Divorcio Contencioso núm. 1.802/18 promovidos por doña Francisca Muñoz Ramírez representada por la Procuradora Sra. Salido Castañer y defendida por la Abogada Sra. Liébana Garrido contra don Abdelkarim El Gaada, declarado en rebeldía.
FALLO
Se estima la demanda presentada por doña Francisca Muñoz Ramírez contra don Abdelkarim El Gaada, por lo que se declara la disolución judicial por divorcio del matrimonio celebrado entre ambos, con los efectos legales inherentes a esta declaración.
Firme que sea esta resolución, comuníquese de oficio al Sr. Encargado del Registro Civil de Jaén en el que se encuentre inscrito el matrimonio, para que su parte dispositiva sea anotada al margen de la inscripción de matrimonio.
Sin expreso pronunciamiento en costas.
Contra esta Sentencia que no es firme, cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de 20 días siguientes al de su notificación para cuya admisión deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, de conformidad en lo establecido en el apartado 3.º de la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita
Así por esta mi Sentencia la pronuncio, mando y firmo.
Publicación. La anterior resolución fue leída y publicada el día de su fecha, por el Sr. Magistrado-Juez que la dictó, hallándose celebrando audiencia pública. Doy fe.
Y encontrándose dicho demandado, don Abdelkarim El Gaada, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Jaén, a quince de enero de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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