Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 12/04/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Corrección de errores de la Resolución de 5 de febrero de 2021, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se determina la cuantía de la ayuda de acción social para atención a personas con discapacidad correspondiente al ejercicio 2020.

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Advertido error en la Resolución de 5 de febrero de 2021, de la Secretaria General para la Administración Pública (BOJA núm. 27, de 10 de febrero), por la que se determina la cuantía de la ayuda de acción social para atención a personas con discapacidad correspondiente al ejercicio 2020, se procede a su corrección en lo siguientes términos:

Donde dice:

«1.1. El importe de la ayuda a conceder será del 100% de los gastos justificados.

1.2. No obstante, si el crédito resultara insuficiente para atender todas las solicitudes presentadas, el importe de la ayuda se reducirá proporcionalmente minorando el porcentaje o/y fijando un límite máximo a percibir por cada persona beneficiaria.

1.3. En cualquier caso, el importe de la ayuda a conceder no podrá ser inferior al 85% de los gastos justificados, con un límite máximo de 3.000 euros por persona beneficiaria.»

Debe decir:

«1.1. El importe de la ayuda a conceder será del 100% de los gastos justificados.

1.2. No obstante, si el crédito resultara insuficiente para atender todas las solicitudes presentadas, el importe de la ayuda se reducirá proporcionalmente minorando el porcentaje o/y fijando un límite máximo a percibir por cada persona beneficiaria.

1.3. En cualquier caso, el importe de la ayuda a conceder no podrá ser inferior al 85% de los gastos justificados, con un límite máximo de 5.000 euros por persona beneficiaria.»

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