Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 19/04/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Corrección de errores de la Orden de 16 de marzo de 2021, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2021 de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima y a la Medida 11: Agricultura Ecológica, incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, al amparo de las Órdenes de 26 de mayo de 2015 (BOJA núm. 54, de 22.3.2021).

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Advertido error en la Orden de 16 de marzo de 2021, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2021 de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima y a la Medida 11: Agricultura Ecológica, incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, al amparo de las Órdenes de 26 de mayo de 2015, que ha sido publicada en el BOJA núm. 54, de 22 de marzo de 2021, de conformidad con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se procede a realizar la siguiente corrección:

- En la página 33 del BOJA, en el apartado tres del dispongo octavo de la citada Orden de 16 de marzo de 2021, al advertirse que por error no se habían incorporado al texto, se añaden las letras d) y e) con el siguiente tenor literal:

«d) Para las operaciones de conversión y/o mantenimiento de ganadería ecológica (11.1.1 y 11.2.1), el cumplimiento del requisito de contigüidad de la base territorial de los recintos vinculados a un código de explotación ganadera, a efectos del apartado 2 del artículo 8 de la Orden de 26 de mayo de 2015, se verificará por la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados mediante la comprobación de su inscripción en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía (REGA) a 31 de diciembre de 2021, a excepción de los recintos ficticios de pastos que se declaran como pastos comunales por una Autoridad de Gestión.

e) Para las actuaciones de conversión y/o mantenimiento en el sector apícola (11.1.1 y 11.2.1), las unidades comprometidas serán las colmenas determinadas, inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía (REGA) a  fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud única 2021, que  cumplan con las condiciones de admisibilidad citadas en el Anexo I de la Orden de 26 de mayo de 2015.»

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