Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 18/01/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Orden de 11 de enero de 2022, por la que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a las Delegaciones Territoriales de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio y a las Delegaciones Territoriales de Cultura y Patrimonio Histórico.

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El Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, establece la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía. En sus disposiciones adicionales segunda a decimotercera se determinan los servicios periféricos de las distintas Consejerías que se integran en las Delegaciones del Gobierno y en las Delegaciones Territoriales de la Junta de Andalucía.

Por un lado, en la disposición adicional duodécima del citado Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, se establece que a la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, se le adscriben los servicios periféricos de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, de la que depende orgánicamente.

Por otro lado, en la disposición adicional decimotercera del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, se establece que a la Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico se le adscriben los servicios periféricos de la Consejería Cultura y Patrimonio Histórico, de la que depende orgánicamente.

Mediante la presente modificación de la relación de puestos de trabajo se adscriben a las Delegaciones Territoriales de Cultura y Patrimonio Histórico determinados puestos de trabajo correspondientes a servicios horizontales y determinados puestos de trabajo de nivel básico, provenientes de las anteriores Delegaciones Territoriales de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico.

Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.

En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación de la presente modificación de la relación de puestos de trabajo en la Comisión del Convenio.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el que se regulan la memoria económica y el informe en las actuaciones con incidencia económico-financieras, la Dirección General de Presupuestos ha emitido informe favorable a esta modificación.

La presente modificación de la relación de puestos de trabajo no supone la ampliación de la plantilla presupuestaria de las Consejerías y de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021.

En su virtud, en uso de la habilitación conferida por la disposición final sexta del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.d) del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo,

DISPONGO

Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a las Delegaciones Territoriales de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio y a las Delegaciones Territoriales de Cultura y Patrimonio Histórico.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a las Delegaciones Territoriales de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio y a las Delegaciones Territoriales de Cultura y Patrimonio Histórico, queda modificada en los términos indicados en el anexo.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación.

Sevilla, 11 de enero de 2022

ELÍAS BENDODO BENASAYAG
Consejero de la Presidencia,
Administración Pública e Interior

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