Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 15/07/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 29 de junio de 2022, por la que se modifica la red de centros de enseñanzas deportivas con base en el Instituto Andaluz del Deporte.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00265002.

El Decreto 48/2013, de 16 de abril, por el que se regulan las competencias, estructura y funcionamiento del Instituto Andaluz del Deporte (IAD), confiere a este Servicio administrativo con gestión diferenciada la naturaleza jurídica de centro educativo de enseñanzas deportivas de régimen especial, de los previstos en el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, teniendo entre sus competencias la de impartir dichas enseñanzas.

Por Orden de 3 de julio de 2013 (BOJA del 24), se procedió a inscribir al IAD en el Registro de Centros Docentes, con código 29018650, quedando autorizado para impartir las enseñanzas deportivas de régimen especial correspondientes a las especialidades de Fútbol, Fútbol sala, Baloncesto y Deportes de invierno. Dicha autorización ha sido modificada por Orden de 19 de mayo de 2014 (BOJA de 11 de junio), por la que se autoriza al IAD a impartir las enseñanzas deportivas de régimen especial correspondientes a las especialidades de Atletismo, Balonmano, Buceo deportivo con escafandra autónoma, Esgrima, Espeleología, Judo y defensa personal y Salvamento y socorrismo, así como a las especialidades correspondientes a las modalidades de Deportes de montaña y escalada, Hípica y Vela.

Por otro lado, por Orden de 16 de octubre de 2013 (BOJA de 12 de noviembre), se autorizó una red de centros de enseñanzas deportivas con base en el IAD, conforme a lo dispuesto en el artículo 47 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, que ha sido modificada por órdenes posteriores.

Vista la propuesta formulada por la titular del Instituto Andaluz del Deporte para ampliar, con una sede en Almería, la red de centros autorizada con base en el mismo, de conformidad con las facultades que me confiere el artículo 11.2 del Decreto 48/2013, de 16 de abril, y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y en los Decretos del Presidente 6/2019, de 11 de febrero, y 3/2020, de 3 de septiembre, que lo modifican,

DISPONGO

Primero. Conceder una modificación de la autorización por ampliación de la red de centros de enseñanzas deportivas con centro base en el Instituto Andaluz del Deporte, código 29018650, con la siguiente nueva sede:

- Sede de Almería.

Domicilio: Club de Mar Almería. Playa de las Almadrabillas, núm. 1

Localidad: Almería.

Municipio: Almería.

Provincia: Almería.

Especialidades autorizadas: Vela con aparejo fijo, Vela con aparejo libre y Buceo deportivo con escafandra autónoma.

Segundo. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 29 de junio de 2022

MANUEL ALEJANDRO CARDENETE FLORES
Consejero de Educación y Deporte, en funciones
Descargar PDF