Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 15/07/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Resolución de 11 de julio de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la apertura del trámite de información pública del proyecto de orden por la que se modifica la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.

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Con fecha 28 de junio de 2022, la persona titular de la Viceconsejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo acordó el inicio de la tramitación del proyecto de orden por la que se modifica la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.

El artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, prevé la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general cuando la naturaleza de la disposición así lo aconseje.

En este sentido, se considera oportuno iniciar un trámite de información pública del proyecto de orden citado para que, en su caso, las personas interesadas que lo deseen y aquellas cuyos intereses legítimos y derechos puedan resultar afectados, formulen las alegaciones que estimen oportunas.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el citado artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, así como en el artículo 7.2.d) del Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública el proyecto de orden por la que se modifica la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía, durante un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. El texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general conocimiento en formato digital, en el Portal de la Junta de Andalucía, accesible en la dirección:

http://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/246317.html

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, adjuntándose a las mismas, en el supuesto de organismos, entidades y colectivos interesados, la acreditación de la constitución y representación de los mismos, y se presentarán:

a) Preferentemente en formato digital, dirigidas a la dirección de correo electrónico dgtbl.cefta@juntadeandalucia.es

b) En el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía, a través de la Presentación Electrónica General disponible en el enlace

https://ws094.juntadeandalucia.es/V_virtual/SolicitarTicket?v=PEG

sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 11 de julio de 2022.- El Secretario General Técnico, Luis Carlos Abreu Cervera.

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