Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 15 de 24/01/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 17 de enero de 2022, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convoca un puesto de trabajo para su provisión por el sistema de libre designación.

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Este Rectorado, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de fecha 24 de septiembre de 2008, sobre provisión de puestos de trabajo, promoción interna e ingreso del personal de administración y servicios funcionario de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, ha resuelto convocar para su cobertura, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo que se relaciona en el Anexo I, que se encuentra dotado presupuestariamente, con arreglo a las siguientes

BASES

I. Requisitos y condiciones de participación.

El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por personal funcionario de carrera de las escalas propias de la Universidad Pablo de Olavide o de cuerpos o escalas de otras Administraciones Públicas, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme durante la vigencia de dicha situación, siempre que se reúnan los requisitos y especificaciones recogidos en el Anexo I.

II. Solicitudes.

Primera. Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes al Sr. Rector Magnífico de la Universidad Pablo de Olavide. Se ajustarán al modelo publicado como Anexo II de esta resolución y se presentarán a través del Registro Electrónico de esta Universidad, o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Esta convocatoria también será hecha pública en el Tablón Electrónico Oficial (TEO) de la Universidad Pablo de Olavide.

Segunda. Junto con la solicitud, las personas aspirantes deberán presentar un currículum profesional en el que reflejarán los conocimientos específicos y las competencias que poseen en relación con el puesto solicitado, así como la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos para optar a dicho puesto, salvo que estos últimos ya consten en su expediente personal de la Universidad Pablo de Olavide.

Podrá celebrarse una entrevista, en caso de ser necesario, para apreciar la aptitud de cada aspirante, a tenor de los extremos reflejados en el currículum aportado.

En cualquier momento, la Universidad Pablo de Olavide podrá solicitar a las personas aspirantes la justificación documental de cualquier aspecto recogido en el currículum que requiera su aclaración.

III. Selección, nombramiento y cese.

Primera. La Gerencia, a la vista de las solicitudes y de la documentación aportada por las personas aspirantes, de las entrevistas realizadas, en su caso, y de cualquier informe que se recabe a estos efectos, propondrá al Rector de la Universidad Pablo de Olavide el candidato o candidata de mayor idoneidad para su nombramiento.

Segunda. Los nombramientos se efectuarán conforme a lo establecido en el Acuerdo de fecha 24 de septiembre de 2008, sobre provisión de puestos de trabajo, promoción interna e ingreso del personal de administración y servicios funcionario de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

El puesto convocado podrá declararse desierto en el caso de que la Universidad Pablo de Olavide estime que ninguna de las personas aspirantes ofrece el perfil de idoneidad necesario para su cobertura.

Tercera. El funcionario o funcionaria nombrado para desempeñar un puesto de trabajo de libre designación podrá ser cesado, con carácter discrecional, por el Rector de la Universidad Pablo de Olavide. La motivación de esta resolución se referirá a la competencia para adoptarla.

De conformidad con lo establecido en el artículo 84.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en caso de que la persona cesada provenga de otra Administración Pública, la Universidad Pablo de Olavide, en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente al del cese, podrá acordar la adscripción del funcionario o funcionaria a otro puesto de la misma, o le comunicará que no va a hacer efectiva dicha adscripción. En todo caso, durante este periodo se entenderá que continúa a todos los efectos en servicio activo en la Universidad.

Transcurrido el plazo citado sin que se hubiera acordado su adscripción a otro puesto, o recibida la comunicación de que la misma no va a hacerse efectiva, el funcionario o funcionaria deberá solicitar en el plazo máximo de un mes el reingreso al servicio activo en su administración de origen, conforme a lo establecido por el citado artículo 84 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que potestativamente se pueda presentar recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 17 de enero de 2022.- El Rector, Francisco Oliva Blázquez.

ANEXO I

Puesto de trabajo: 406DI001 Director/a Área de Infraestructuras, Mantenimiento y Eficiencia Energética.

Núm. de puestos: 1.

Jornada: Especial dedicación.

Nivel de complemento de destino: 29.

Complemento específico anual: 17.698,32 €.

Subgrupo de clasificación: A1.

Responsabilidades funcionales del puesto.

Las responsabilidades son las recogidas en el Modelo de Gestión y Organización Administrativa de la Universidad Pablo de Olavide, aprobado por el Consejo de Gobierno el 18 de diciembre de 2013, en su 17.ª sesión, que en concreto se refiere a:

Directivo. Es la persona profesional, que se ocupa y preocupa por la transformación de los procesos políticos y sociales externos a la institución en procesos clave de esta. Para ello colabora directamente con los órganos unipersonales del Consejo de Dirección. Responde de que los objetivos institucionales se alcancen y responde de ello. Conecta y comunica instrucciones, guías y orientaciones estratégicas que alimentan los procedimientos de gestión que desarrollan las áreas sobre las que actúa. Controla y coordina los resultados de esas áreas funcionales y promueve flujos de comunicación precisos para desplegar los valores estratégicos de la institución.

Específicamente se valorarán como méritos preferentes:

- Titulación: Arquitecto/a o Ingeniero/a.

- Experiencia en:

• Contratación y dirección de proyectos de edificaciones y obras.

• Asesoramiento técnico de carácter integral en cuantos aspectos lo requieran, fundamentalmente en cuestiones de carácter técnico, supervisión de proyectos de obras, ampliación y reforma de instalaciones.

• Dirección de mantenimiento y gestión técnica de edificios.

• Experiencia en materia de elaboración de pliegos, memoria y documentación administrativa y técnica.

• Elaboración, tramitación, control y supervisión de expedientes de contratación administrativa de obras y proyectos.

• Tramitación de licencias y autorizaciones administrativas. Elaboración y gestión del presupuesto del área correspondiente.

• Experiencia en materia de contratación de servicios y obras.

• Experiencia en colaboración público-privada en materia de edificaciones y servicios asociados.

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