Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 17/11/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Jaén, por la que se concede autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto que se cita, en el término municipal de Andújar (Jaén). (PP. 2779/2022).

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Expedientes: PRETOR 2425.

AAU/JA/052/2020.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. De acuerdo con lo previsto en el artículo primero del Real Decreto 1074/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifican distintas disposiciones en el sector eléctrico, la sociedad mercantil Ence Energía, S.L., con NIF B85739209, presenta resguardo acreditativo con fecha 27 de septiembre de 2018, de haber depositado una garantía económica por importe de 400.000 €, en forma de aval, modelo 803 núm. 8032500502810, habiéndose emitido certificado de su presentación ante el órgano competente el día 2 de octubre de 2018.

Segundo. Con fecha 6 de febrero de 2019, y con respecto a la solicitud de acceso a la red de transporte realizada por Ence Energía, S.L., Red Eléctrica de España, S.A.U., emite Informe de Viabilidad de Acceso informando, como operador del sistema eléctrico y gestor de la red de transporte, de la viabilidad de las instalaciones solicitadas desde la perspectiva de la red de transporte y el funcionamiento del sistema.

Tercero. Con fecha 29 de septiembre de 2020 la sociedad mercantil Ence Energía, S.L., inscrita en el registro mercantil de Madrid con NIF B85739209 y domicilio social en calle Beatriz de Bobadilla, núm. 14, planta 4, código postal 28040, término municipal de Madrid, solicita autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica referenciada.

Cuarto. Con fecha 17 de junio de 2021 Red Eléctrica de España, S.A.U., concede permiso de acceso y conexión a la red de transporte, para la instalación eléctrica de referencia, en una nueva posición en la subestación eléctrica Andújar 220 kV.

Quinto. Con fecha de 27 de abril de 2021 se sometió al trámite de información pública el Acuerdo de 13 de abril de 2021, de la Delegación del Gobierno en Jaén, por el que se abre un período de información pública sobre el «Proyecto planta solar fotovoltaica Andújar I, II y III», en el término municipal de Andújar (Jaén), en el procedimiento de Autorización Ambiental Unificada, mediante su anuncio publicado en el BOJA núm. 78, durante el plazo de 30 días hábiles, conforme establecen los artículos 19 y 32.2 del Decreto 356/2010, no habiéndose recibido ninguna alegación por interesado.

Sexto. De acuerdo con los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el expediente se ha sometido al trámite de información pública mediante la inserción de anuncios en el BOE núm. 128, de fecha 29 de mayo de 2021, y en el núm. 129, de fecha 31 de mayo de 2022, en el BOP de Jaén núm. 104, de fecha 2 de junio de 2021, y en el núm. 108, de fecha 6 de junio de 2022, en el BOJA núm. 98, de fecha 25 de mayo de 2022, en el diario Ideal de Jaén con fecha 17 de junio de 2021 y con fecha 31 de mayo de 2022, y en el tablón de anuncios del ayuntamiento de Andújar, durante el plazo de 30 días, sin que se hayan recibido alegaciones en el plazo establecido para ello. En dichos anuncios se incluía relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa del pleno dominio, limitaciones de dominio o para la imposición de servidumbre de paso de las instalaciones eléctricas.

Séptimo. La instalación de referencia, conforme al Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental (GICA), se encuentra sometida a autorización ambiental unificada, por estar incluida en el epígrafe 2.6 de dicho anexo, y al trámite establecido en la Instrucción Conjunta 1/2021, de la Dirección General de Energía y de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, sobre tramitación coordinada de los procedimientos de Autorizaciones Administrativas de las instalaciones de energía eléctrica, sometidas a Autorización Ambiental Unificada. En virtud de ello, la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Jaén de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, emite informe favorable de carácter vinculante, con fecha 2 de septiembre de 2022, relativo a la solicitud de Autorización Ambiental Unificada según expediente AAU/JA/052/2020, para el proyecto «Plantas Solares Fotovoltaicas Andújar I, Andújar II y Andújar III, S.E. Colectora Ence Andújar 220 kV y Línea Eléctrica Aérea 220 kV, Simple Circuito, desde S.E. Colectora Ence Andújar 220 kV a Subestación de Andújar 220 kV de REE», en el término municipal de Andújar (Jaén).

Octavo. De conformidad con los artículos 127, 131 y 146 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se ha dado cumplimiento al trámite de información a las Administraciones y Organismos afectados por la instalación, aceptándose, por parte del promotor, todos los condicionados interpuestos por estas administraciones y organismos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Las competencias autonómicas en materia de energía se encuentran establecidas en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

De acuerdo con la distribución de competencias vigente, las instalaciones energéticas que son competencia de esta Comunidad Autónoma de Andalucía son aquellas instalaciones de producción de energía eléctrica, incluyendo sus infraestructuras de evacuación, de potencia eléctrica instalada igual o inferior a 50 MW y las instalaciones de transporte secundario, distribución y acometidas de tensión inferior a 380 kV así como las líneas directas conectadas a instalaciones de generación de competencia autonómica, siempre y cuando todas ellas se ubiquen o su trazado discurra por territorio andaluz y su aprovechamiento no afecte a otro territorio.

Segundo. Esta Delegación Territorial es competente para tramitar y resolver los procedimientos de otorgamiento de autorizaciones administrativas reguladas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en virtud de lo previsto en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, en la Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de Energía, y en el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho anteriormente expuestos, esta Delegación Territorial, en el uso de las competencias atribuidas,

RESUELVE

Primero. Conceder autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación solar fotovoltaica e infraestructura de evacuación, cuyas características se describen a continuación:

Solicitante: Ence Energía, S.L.U., con NIF B85739209.

Domicilio social: C/ Beatriz de Bobadilla, núm. 14, 4.ª planta, 28040 Madrid.

Finalidad: Proyecto de «Planta Solar Fotovoltaica ENCE Andújar I, S.E. Colectora ENCE Andújar 220 kV y Línea Eléctrica Aérea 220 kV», para evacuación de la energía eléctrica generada, desde S.E. Colectora ENCE Andújar 220 kV hasta S.E.T. Andújar 220 kV, de REE, situada en paraje El Soldado, en el término municipal de Andújar (Jaén).

Expedientes: PRETOR 2425-AAU/JA/052/2020.

Características principales de la instalación:

Planta solar fotovoltaica ENCE Andújar I:

- 90.909 Ud. panel fotovoltaico de 440 Wp.

- 7 Ud. inversor de 1.403 kW.

- 11 Ud. inversor de 1.169 kW.

- Potencia pico de la instalación: 39,99996 MWp.

- Potencia instalada (art. 3 R.D. 413/2014): 36,71 MWn.

- Seguimiento a un eje.

- Ubicación: A continuación se indica relación de parcelas afectadas, tanto por la instalación de paneles fotovoltaicos, de forma parcial o completa, como por el paso de cableado eléctrico subterráneo de interconexión, todas ellas en el polígono 12 del término municipal de Andújar (Jaén).

RELACIÓN DE PARCELAS AFECTADAS POR LA PLANTA SOLAR FV ENCE ANDÚJAR I

NÚM. PARCELA REFERENCIA CATASTRAL AFECCIÓN
279 23005A01200279 COMPLETA
314 23005A01200314 COMPLETA
315 23005A01200315 COMPLETA
316 23005A01200316 COMPLETA
317 23005A01200317 COMPLETA
333 23005A01200333 COMPLETA
334 23005A01200334 COMPLETA
335 23005A01200335 COMPLETA
336 23005A01200336 COMPLETA
338 23005A01200338 COMPLETA
339 23005A01200339 PASO CABLEADO ELÉCTR.
342 23005A01200342 COMPLETA
343 23005A01200343 COMPLETA
477 23005A01200477 COMPLETA
480 23005A01200480 PARCIAL
489 23005A01200489 PASO CABLEADO ELÉCTR.
493 23005A01200493 COMPLETA
496 23005A01200496 COMPLETA
501 23005A01200501 PARCIAL
500 23005A01200500 COMPLETA
512 23005A01200512 COMPLETA
514 23005A01200514 COMPLETA
515 23005A01200515 COMPLETA
517 23005A01200517 COMPLETA
530 23005A01200530 PASO CABLEADO ELÉCTR.
9003 23005A01209003 PASO CABLEADO ELÉCTR.
9005 23005A01209005 PASO CABLEADO ELÉCTR.
9010 23005A01209010 PASO CABLEADO ELÉCTR.
9011 23005A01209011 PASO CABLEADO ELÉCTR.
9020 23005A01209020 PASO CABLEADO ELÉCTR.
9021 23005A01209021 PASO CABLEADO ELÉCTR.
9022 23005A01209022 PASO CABLEADO ELÉCTR.
9045 23005A01209045 PASO CABLEADO ELÉCTR.
9046 23005A01209046 PASO CABLEADO ELÉCTR.

Subestación Eléctrica Transformadora Colectora ENCE Andújar 220 kV-posición 220 kV:

- 2 Ud. Posición de transformador elevador de 30kV./220 kV, de 40-50 MVA de potencia.

- 1 Ud. Posición de transformador elevador de 30kV/220 kV, de 20-25 MVA.

- 1 Ud. Posición de entrada 30 kV/220 kV para otros desarrolladores.

- 1 Ud. Posición de salida 220 kV hacia S.E.T. Andújar 220 kV de REE.

- Aparamenta eléctrica para corte y desconexión en 220 kV.

- Ubicación: Polígono 12, parcela 279, con referencia catastral 23005A01200279, en el término municipal de Andújar (Jaén). A continuación se indican las coordenadas UTM, huso 30S, del perímetro de la subestación eléctrica:

COORDENADAS UTM-30S
X Y
413267.495 4211990.388
413332.528 4211998.411
413344.712 4211900.209
413269.293 4211890.857
413264.574 4211928.915
413248.695 4211926.946
413243.325 4211973.950

Subestación Eléctrica Transformadora Colectora ENCE Andújar 220 kV-posición 30 kV:

- Tres barras independientes de 30 kV, una por cada planta a conectar.

- Celdas de línea.

- Celda de transformador de potencia.

- Celda de Servicios Auxiliares.

- Celda de transformador de medida en barras.

Línea de Evacuación (Línea Eléctrica Aérea 220 kV):

- Línea eléctrica aérea a 220 kV en simple circuito.

- 1.000 m de longitud.

- 5 apoyos metálicos de celosía.

- Conductor LARL 455, Condor AW.

- Origen: S.E. Colectora ENCE Andújar 220 kV (Apoyo 1).

Coordenadas UTM-30S: X= 413293.590, Y= 4211861.200.

Final: S.E.T. Andújar 220 kV, de Red Eléctrica de España (Apoyo 5).

Coordenadas UTM-30S: X= 412674.080, Y= 4211216.4.

A continuación se indica relación de parcelas afectadas por el paso de la línea eléctrica aérea, todas ellas en el polígono 12 del término municipal de Andújar (Jaén).

PARCELAS AFECTADAS POR EL PASO DE LA L.A.A.T.
NÚM. PARCELA REFERENCIA CATASTRAL
279 23005A012002790000HZ 
280 23005A012002800000HE 
278 23005A012002780000HS 
9032 23005A012090320000HL 
284 23005A012002840000HH 
285 23005A012002850000HW 
9031 23005A012090310000HP 
274 23005A012002740000HX 
273 23005A012002730000HD 
9011 23005A012090110000HX 
391 23005A012003910000HP 
392 23005A012003920000HL 
9010 23005A012090100000HD 
261 23005A012002610000HQ 
263 23005A012002630000HL 
264 23005A012002640000HT 
243 23005A012002430000HI 
239 23005A012002390000HX 

Segundo. La Declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica indicada, a los efectos de expropiación forzosa del pleno dominio o para la imposición de servidumbre de paso, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación de los mismos, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiario en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Tercero. Estas autorizaciones se conceden de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y con lo establecido en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA), debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establecen.

Cuarto. En base al artículo 131.10 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la previsión del plazo de ejecución de la Instalación será de 24 meses, la persona titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente autorización de explotación.

Quinto. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular y aceptados por el mismo. En particular, el titular de la instalación deberá cumplir el condicionado impuesto en el informe de carácter vinculante de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Jaén de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul relativo a la solicitud de Autorización Ambiental Unificada presentada por Ence Energía, S.L.U., con CIF B85739209, para la actuación «Plantas solares fotovoltaicas Andújar I, Andújar II y Andújar III, S.E. Colectora ENCE Andújar 220 kV y línea eléctrica aérea 220 kV, simple circuito, desde S.E. Colectora ENCE Andújar 220 kV a subestación de Andújar 220 kV de REE», en el término municipal de Andújar (Jaén) (Expediente AAU/JA/052/2020), de fecha 2 de septiembre de 2022.

Sexto. La administración dejará sin efecto la presente autorización en cualquier momento en que se constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma. En tal supuesto la administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

Séptimo. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de otros organismos y administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos condicionantes habrán de respetarse, y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.

La presente resolución se publicará, junto con la RBDA que se acompaña como anexo, en el BOJA, en el BOE y en el BOP de Jaén, y se notificará en la forma prevista en los artículos 128 y 148 del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, y en los arts. 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la advertencia de que la misma no agota la vía administrativa y que contra ella cabe interponer recurso de alzada, directamente o por conducto de esta Delegación Territorial, ante la Consejería de Política Industrial y Energía en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la referida ley.

Jaén, 3 de noviembre de 2022.- El Delegado, Javier Calvente Gallego.

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