Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 17/11/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Orden de 30 de octubre de 2022, por la que se aprueba la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Jaén y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.

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El Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone en su artículo 79.3.b) que corresponde a la Comunidad Autónoma, en lo no afectado por el artículo 149.1.18.ª de la Constitución Española, competencias exclusivas sobre colegios profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas de acuerdo con el artículo 36 de la Constitución y con la legislación del Estado.

La Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía, establece en su artículo 22 que, aprobados los estatutos por el colegio profesional y previo informe del consejo andaluz de colegios de la profesión respectiva, si estuviere creado, se remitirán a la Consejería con competencia en materia de régimen jurídico de colegios profesionales, para su aprobación definitiva mediante orden de su titular, previa calificación de legalidad.

Los Estatutos actualmente vigentes del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Jaén fueron aprobados por Orden de 22 de julio de 2010, de la Consejería de Gobernación y Justicia (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 182, de 16 de septiembre 2010), puntualmente modificados mediante la Orden de 19 de septiembre de 2011, de la Consejería de Gobernación y Justicia (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 208, de 24 de octubre de 2011). El Colegio Oficial de Graduados Sociales de Jaén ha presentado la modificación estatutaria consistente en la modificación de su domicilio, habiendo sido aprobada en la Junta General de esa corporación profesional el 26 de julio de 2022, e informada por el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Graduados Sociales y el Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España.

En virtud de lo anterior, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 22 de la Ley 10/2003, de 6 de noviembre, y 18 del Reglamento de Colegios Profesionales de Andalucía, aprobado por Decreto 216/2006, de 12 de diciembre, y con las atribuciones conferidas por el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,

RESUELVO

Primero. Aprobar la modificación del apartado 1 artículo 2 de los Estatutos del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Jaén, sancionados por la Junta General de esa corporación profesional el 26 de julio de 2022, cuyo texto se inserta a continuación, y ordenar su inscripción en la Sección Primera del Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.

«1. La sede del Iltre. Colegio Oficial de Graduados Sociales de Jaén estará en la capital de la provincia de Jaén (Jaén), Avda. de Granada, numero 31, 7.ª planta. Será requisito indispensable la colegiación para el ejercicio de la profesión, cuando así lo establezca una ley estatal.»

Segundo. La presente orden se notificará a la corporación profesional interesada y entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o interponer, directamente, el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos de este orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 30 de octubre de 2022

JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
Consejero de Justicia, Administración Local 
y Función Pública
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