Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 02/12/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Decreto 556/2022, de 29 de noviembre, por el que se acepta, a beneficio de inventario, la herencia y el legado instituidos por doña M.ª Concepción Navarrete Sánchez a favor del Instituto Andaluz de la Mujer (IAM), con destino a la contribución al desarrollo de sus fines sociales.

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Mediante testamento otorgado el 23 de junio de 2010, doña M.ª Concepción Navarrete Sánchez instituye herederos, a pesar de tener herederos forzosos, al Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) y a la Asociación Española contra el Cáncer, por partes iguales, al objeto de ser destinada a sus respectivos fines sociales, y con carácter particular se instituye como legatario del ajuar doméstico al IAM.

Tras fallecer la testadora, el testamento es impugnado por los herederos forzosos, habiendo recaído resolución judicial con fecha 23 de septiembre de 2021, por la que se estima íntegramente la demanda interpuesta, declarando la nulidad de la cláusula testamentaria de desheredación y el derecho de las demandantes a la sucesión legítima, quedando el tercio de libre disposición para el IAM y la Asociación Española contra el Cáncer, a partes iguales.

Por el Instituto Andaluz de la Mujer se considera de interés la aceptación de la referida herencia y legado.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el día 29 de noviembre de 2022,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el artículo 169 del Reglamento para su aplicación, aprobado mediante Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, se acepta, a beneficio de inventario, la herencia y el legado instituidos por doña M.ª Concepción Navarrete Sánchez a favor del Instituto Andaluz de la Mujer (IAM), en testamento otorgado el 23 de junio de 2010, consistente en la mitad del tercio de libre disposición de la masa hereditaria, la cual está compuesta por:

1) Finca registral número 6531, al tomo 420, al libro 116, folio 16 en el Registro de la Propiedad de Fuente Obejuna de Inmueble urbano, sito en calle Sevilla, 11, del término municipal de Fuente Obejuna. Ocupa una superficie útil de 252 m². Referencia catastral: 8281541TH8388S0001AW. Se vinculan a este inmueble dos dependencias a modo de almacén, situadas en la planta baja y primera del mismo edificio, que ocupan una superficie útil, con inclusión de su participación en los elementos comunes, de diez y ciento diez metros cuadrados, respectivamente.

2) Finca registral número 11402, al tomo 810, al libro 209, folio 208 en el Registro de la Propiedad de Fuente Obejuna de Inmueble urbano sito en calle Regidor Caballero Villamediana, 1, del término municipal de Fuente Obejuna. Ocupa una superficie útil  de 60,84 m². Referencia catastral: 8482405TH8388S0017MG.

3) Fondos de inversión en la entidad BBVA.

4) Ajuar doméstico.

Segundo. La herencia y el legado se adscribirán al Instituto Andaluz de la Mujer (IAM), con destino a la contribución al desarrollo de sus fines sociales, entre otros, la atención a las mujeres víctimas de violencia de género.

Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. Por la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente decreto.

Sevilla, 29 de noviembre de 2022

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
CAROLINA ESPAÑA REINA
Consejera de Economía, Hacienda 
y Fondos Europeos
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