Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 242 de 20/12/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se aprueba el canon de trasvase Guadiaro-Majaceite, ejercicio 2023.

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El canon de trasvase es un ingreso propio de la Comunidad Autónoma conforme a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, correspondiendo su establecimiento y revisión a la Dirección General de Infraestructuras del Agua, como administración hidráulica que lleva a cabo la supervisión de la explotación y de los programas de mantenimiento de las infraestructuras hidráulicas públicas que son competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El canon de trasvase está regulado en la Ley 17/1995, de 1 de junio, de transferencia de volúmenes de agua de la cuenca del río Guadiaro a la cuenca del río Guadalete, y en el Real Decreto 1599/1999, de 15 de octubre, por el que se crea la Comisión de Explotación del trasvase Guadiaro-Guadalete y se señalan los criterios para la determinación del canon que deben pagar los usuarios. La composición de la Comisión de Explotación del trasvase Guadiaro-Guadalete fue adaptada mediante el Decreto 477/2015, de 17 de noviembre, por el que se regulan los Órganos Colegiados de Participación Administrativa y Social de la Administración Andaluza del Agua.

El artículo 2 de la Ley 17/1995, establece que los usuarios satisfarán un canon de trasvase destinado a compensar la aportación económica del Estado y atender a los gastos de explotación y conservación correspondientes.

Redactado el proyecto de canon de trasvase Guadiaro-Majaceite para el ejercicio 2023 por la Dirección General de Infraestructuras del Agua, éste fue sometido al conocimiento y consideración de la Comisión de Explotación, en la reunión celebrada el día 12 de diciembre de 2022, estableciéndose en la misma los criterios y cálculos para la determinación de la cuantía del canon de trasvase, así como los criterios y valores de reparto de las cuantías entre los municipios, industrias y organismos abastecidos por el Consorcio de Aguas de la Zona Gaditana, en atención a los consumos reales y coeficientes de mayoración establecidos por uso ineficiente del agua. Además, dicho órgano colegiado también propuso mantener el coeficiente del apartado c) de este canon destinado a financiar la ejecución del Plan de Infraestructuras del Guadiaro.

Vistos los antecedentes, esta Dirección General de Infraestructuras del Agua, en el ejercicio de las competencias que le corresponden conforme al artículo 15 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,

ACUERDA

Primero. Aprobar el canon de trasvase Guadiaro-Majaceite para el ejercicio 2023, de acuerdo con la propuesta trasladada por la Comisión de Explotación del citado trasvase.

Segundo. Las liquidaciones correspondientes a los usuarios se practicarán de acuerdo con las cuantías del canon de trasvase que se recogen en el punto 2 del anexo de esta resolución.

Tercero. Establecer el reparto que corresponde entre los municipios, industrias y organismos que abastece el Consorcio de Aguas a la Zona Gaditana, conforme a los valores que se recogen en el punto 3 del anexo a esta resolución, en cumplimiento de la Ley 17/1995, de 1 de junio, de transferencia de volúmenes de agua de la cuenca del río Guadiaro a la cuenca del río Guadalete.

Esta resolución tiene carácter económico-administrativo y contra la misma podrá interponerse reclamación económico-administrativa, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Tribunal Económico-Administrativo, sito en C/ Juan Antonio Vizarrón, Edificio Torretriana, Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla, conforme a lo establecido en el Decreto 60/2020, de 29 de abril, por el que se regula la organización, el funcionamiento y el régimen jurídico del Tribunal Económico-Administrativo de la Junta de Andalucía, en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el Reglamento General de desarrollo de esta Ley en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo.

En el mismo plazo y ante esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 222 y 223 de la citada Ley General Tributaria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, en cuyo caso no podrá promoverse reclamación económico-administrativa hasta la resolución expresa o presunta del mismo.

Lo que se comunica para general conocimiento.

Sevilla, 13 de diciembre de 2022.- El Director General, Álvaro Real Jiménez.

ANEXO

CANON DE TRASVASE GUADIARO-MAJACEITE  EJERCICIO 2023

1. El canon a satisfacer por los usuarios para compensar la aportación económica de la Administración Hidráulica y atender a los gastos de funcionamiento y conservación, así como los de administración y gestión, asciende a la cantidad total de 1.715.830,64 euros.

2. De conformidad con los consumos medidos, los coeficientes de mayoración y la propuesta elevada por la Comisión de Explotación del trasvase Guadiaro-Majaceite, se acuerda el reparto de esta cantidad entre los usuarios del trasvase conforme a lo siguiente:

USUARIO IMPORTE
Consorcio de Aguas de la Zona Gaditana (CAZG) 1.564.169,96 €
Central Térmica Arcos de la Frontera 151.660,68 €
Total 1.715.830,64 €

3. De conformidad con los consumos medidos, los coeficientes de mayoración y la propuesta elevada por la Comisión de Explotación del trasvase Guadiaro-Majaceite, en relación con el importe a satisfacer por el Consorcio de Aguas de la Zona Gaditana (CAZG), se acuerda establecer el siguiente reparto entre los distintos municipios, industrias y organismos abastecidos por el mismo:

Municipios/Industrias y Organismos Porcentaje de reparto
ALCALÁ DE LOS GAZULES (*) 0,0000%
ALGAR 0,5443%
BDA JÉDULA (ARCOS FRONTERA) 0,3373%
CÁDIZ 12,4018%
CONIL DE LA FRONTERA 5,9249%
CHICLANA DE LA FRONTERA 10,9421%
CHIPIONA 1,3417%
JEREZ DE LA FRONTERA 21,7531%
MEDINA SIDONIA 1,6945%
PATERNA DE LA RIVERA 0,8905%
PUERTO REAL 6,0980%
PUERTO DE SANTA MARÍA 7,5191%
ROTA 3,9147%
SAN FERNANDO 8,8408%
SANLÚCAR DE BARRAMEDA 11,1522%
TREBUJENA 1,8379%
VEJER DE LA FRONTERA 1,0444%
BARBATE 2,6474%
BENALUP (*) 0,0000%
INDUSTRIAS SUMINISTRADAS CAZG 1,8067%

(*) Nota: Quedan a favor de los municipios de Alcalá de los Gazules y Benalup unos porcentajes de reparto negativo del -0,0538% y -0,6379%, respectivamente, los cuales se irán compensando con las cantidades positivas del canon de trasvase en próximos ejercicios, hasta quedar totalmente saldados.

El reparto del porcentaje que corresponde a las industrias y organismos suministrados por el CAZG se realizará conforme a lo siguiente:

Industrias y Organismos Porcentaje de reparto
EMPRESA NACIONAL BAZÁN (NAVANTIA) 3,9518%
ARSENAL DE LA CARRACA INT. SAN FERNANDO 13,3939%
INST. DE VVDA. (INVIED)-POBLADO NAVAL DE LA MARINA ESPAÑOLA 9,9854%
MARINA ESPAÑOLA INT. DE ROTA-BN 9,4205%
YEGUADA MILITAR F.E.S.C.C.R YEGUADA-(Caja Pagadora Periférica de Organismos Periféricos MDE) 0,5614%
BASE NAVAL EE.UU. 62,6869%

4. El porcentaje del componente c) del canon destinado a financiar la ejecución del Plan de Infraestructuras Hidráulicas del Guadiaro se fija en el 95%.

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