Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 244 de 22/12/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Comercio, por la que se actualiza la relación de talleres artesanos que integran la Zona de Interés Artesanal de Macael y Valle del Almanzora (Almería).

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Examinada la documentación remitida por la entonces Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Almería, para la revisión de la Zona de Interés Artesanal de Macael y Valle del Almanzora, al amparo de la Orden de 8 de septiembre de 2011, por la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueba el distintivo para su identificación, se han apreciado los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El 3 de noviembre de 2021, la Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Almería, con objeto de la revisión de la Zona de Interés Artesanal de Macael y Valle del Almanzora, emite informe favorable para la baja de los talleres de don José Martínez Domene, don Juan Ángel López García, Carmona Mármoles, S.L., y don José Luis Casquet (Rucasán).

Segundo. El 21 de diciembre de 2021 se recibe en la Delegación Territorial citada la solicitud de la Asociación de Artesanos de la Comarca del Mármol para la inclusión de cinco nuevos talleres. El 18 de enero de 2022, esta Delegación Territorial emite informe favorable a la inclusión de los talleres de don Juan Antonio Rubio Torres, Grabados en Mármol, S.L., Lorente y Carmona, S.L., don José Antonio Benítez Serrano y don Ángel Miguel Rubio Torres.

Tercero. De conformidad a lo establecido en el artículo 12.1 de la Orden de 8 de septiembre de 2011, fue oída la Comisión de Artesanía de Andalucía manifestándose la misma favorablemente en su sesión celebrada el día 21 de julio de 2022, respecto a la inclusión de los nuevos talleres propuestos, así como la baja de los talleres anteriormente mencionados de la Zona de Interés Artesanal de Macael y Valle del Almanzora.

Cuarto. El día 17 de agosto de 2022, la Asociación de Artesanos de la Comarca del Mármol remite a la Dirección General de Comercio escrito prestando su conformidad a la actualización de la Zona de Interés Artesanal de Macael y Valle del Almanzora.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo es competente para conocer y resolver el presente procedimiento, a tenor de lo dispuesto en el artículo 58.1.3.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresas y Trabajo Autónomo; Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía; y en la Orden de 8 de septiembre de 2011, por la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueba el distintivo para su identificación.

Segundo. El artículo 14.2 de la Orden de 8 de septiembre de 2011 señala que la revisión de las circunstancias que dieron lugar a la declaración de Zona o Punto de Interés Artesanal será resueltos por la Dirección General competente en materia de artesanía, por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia  de artesanía.

Vista la solicitud de la Asociación de Artesanos de la Comarca del Mármol relativa a la inclusión cinco nuevos talleres en la Zona de Interés Artesanal de Macael y Valle del Almanzora, visto el informe de la Delegación Territorial en el que se indica que cuatro talleres no han cumplido el requerimiento por lo que se entiende que no mantienen las circunstancias que dieron lugar a la declaración para que los mismos sigan formando parte de la Zona, cumpliéndose todos los requisitos exigidos en artículo 4 de la mencionada Orden de 8 de septiembre de 2011, oída la Comisión de Artesanía de Andalucía, de acuerdo con los preceptos legales citados, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, demás normativa de general y pertinente aplicación, y una vez finalizados los trámites reglamentarios,

RESUELVO

Primero. Declarar la baja de los talleres que a continuación se relacionan:

Núm. Denominación del taller
1 Don José Martínez Domene
2 Don Juan Ángel López García
3 Carmona Mármoles, S.L.
4 Don José Luis Casquet (Rucasán)

Segundo. La comunicación a los talleres de la obligación de retirar el distintivo identificativo de la pertenencia de los talleres a la Zona de Interés Artesanal de Macael y Valle del Almanzora, que se exhibe en el exterior del mismo, de conformidad con el artículo 12.6 de la Orden de 8 de septiembre de 2011.

Tercero. Declarar incluidos en la Zona de Interés Artesanal de Macael y Valle del Almanzora, con todos los derechos inherentes a su inclusión en la misma, de conformidad con la Orden de 8 de septiembre de 2011, a los talleres que a continuación se relacionan:

Núm. Denominación del taller
1 Don Juan Antonio Rubio Torres
2 Grabados en Mármol, S.L.
3 Lorente y Carmona, S.L.
4 Don José Antonio Benítez Serrano
5 Don Ángel Miguel Rubio Torres

La declaración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía, tendrá carácter indefinido, pudiendo dejarse sin efecto por variación sustancial de las circunstancias que dieron lugar a la declaración, a petición de quienes instaron la declaración o por otras causas que se puedan establecer reglamentariamente. En este sentido, la Orden de 8 de septiembre de 2011 establece, en su artículo 13, que las entidades afectadas deberán comunicar las variaciones en cuanto al número de locales o talleres, o titulares de los mismos, el cambio de titularidad, en su caso, o cualesquiera otras circunstancias tenidas en cuenta para la declaración de Zona de Interés Artesanal, en el plazo de tres meses desde la fecha en que se hubiesen producido.

Cuarto. Autorizar a los talleres relacionados al uso del distintivo, que podrán exhibir en el exterior de los mismos, de conformidad con el artículo 12.6 de la Orden de 8 de septiembre de 2011.

Las características del distintivo estarán sujetas a lo establecido en el artículo 18 de la Orden de 8 de septiembre de 2011 y conforme a las medidas y contenido del modelo que se incluye como Anexo V de la misma.

Quinto. Ordenar la inscripción en la hoja abierta en el Registro de Artesanía de Andalucía de los sujetos artesanos afectados, de conformidad con el artículo 6.2 de la Orden de 8 de septiembre de 2011.

Sexto. Conforme a lo establecido en los puntos anteriores la relación actualizada de los talleres incluidos en la Zona de Interés Artesanal de Macael y Valle del Almanzora es la que se detalla en el anexo a esta resolución.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o bien ser impugnada directamente ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en aplicación de lo establecido en la disposición transitoria tercera de la misma, en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 16 de diciembre de 2022.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo P.D. (Orden de 8.9.2011, BOJA núm. 189, de 26.9.2011), la Directora General de Comercio, Cecilia Ortiz Carrasco.

ANEXO

Número de talleres (16) Taller: 
Denominación/Titular Domicilio Oficio
1 ALISOLA Polígono Rubira Sola. Parcela H6-A, 04867 Macael Talla de piedra y Mármol
2 DIEGO CANO VALERA Polígono Rubira Sola. Parcela H3, 04867 Macael Talla de piedra y Mármol
3 FREGADEROS MACAEL Polígono Industrial Llano del Guerrero, 04860 Olula del Río Talla de piedra y Mármol
4 JOSÉ GONZÁLEZ HERNÁNDEZ Polígono Rubira Sola. 1.ª fase carretera. Tahal núm. 210, 
04867 Macael Talla de piedra y Mármol
5 MÁRMOLES ORTISOR, S.L. Polígono Industrial Rubira Sola. 2.ª Fase Parcela T3-C, 04867 Macael Talla de piedra y Mármol
6 NAVARRO Y VEGA ARTESANOS DEL MÁRMOL, S.L. Polígono Industrial Rubira Sola. Parcela H-8, 04867 Macael Talla de piedra y Mármol
7 LUIS ORTIZ FERNÁNDEZ Polígono Industrial Rubira Sola, 04867 Macael Talla de piedra y Mármol
8 ALFARERÍA LOS PUNTAS Calle San Leonardo núm. 30, 
04800 Albox Alfarería
9 DECOMAR Polígono Industrial Las Palmeras. Parcela, 47, 04850 Cantoria Talla de piedra y Mármol
10 ANTONIO GARCÍA GUERRERO Polígono Industrial Llano de la Herrá Parcela 16, 04869 Fines Talla de piedra y Mármol
11 FERNANDO SEGOVIA VALDÉS Polígono Industrial Las Cruces. Parcela 12, 04869 Fines Talla de piedra y Mármol
12 JUAN ANTONIO RUBIO TORRES Polígono Industrial Rubira Sola, 04867 Macael Talla de piedra y Mármol
13 GRABADOS EN MÁRMOL S.L. Polígono Industrial Rubira Sola, 15, 04867 Macael Talla de piedra y Mármol
14 LORENTE Y CARMONA S.L. C/ Don Juan de Austria, n.º 8, 
04880 Tíjola Cosméticos naturales
15 JOSÉ ANTONIO BENÍTEZ SERRANO Polígono Industrial, Parcela 5, 
04820 Vélez Rubio Talla de piedra y Mármol
16 ÁNGEL MIGUEL RUBIO TORRES Polígono Industrial Rubira Sola, 04867 Macael Talla de piedra y Mármol
Zona de Interés Artesanal de Macael y Valle del Almanzora (Almería)
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