Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 246 de 27/12/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 8 de julio de 2022, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de formación profesional «Cesur-Sevilla» de Sevilla. (PP. 1783/2022).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00265521.

Visto el expediente tramitado a instancia de don Manuel Martín Martín, como representante de la entidad Centro Superior de Formación Europa Sur, S.A., titular del centro docente privado de formación profesional «Cesur-Sevilla», con domicilio en Estadio Olímpico de Sevilla, Isla de la Cartuja, Sector Norte, Edificio Suroeste (puerta E),  de Sevilla, por el que solicita modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta por la ampliación de las mismas en dos cursos de especialización de formación profesional (uno en Audiodescripción y subtitulación y uno en Cultivos celulares), según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que el citado centro, con código 41018811, tiene autorización para impartir ocho ciclos formativos de formación profesional de grado medio (dos de Emergencias sanitarias, uno de Farmacia y parafarmacia, uno de Cuidados auxiliares de enfermería, dos de Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural que ha sido sustituido por el de Guía en el medio natural y de tiempo libre mediante el Real Decreto 402/2020, de 25 de febrero, uno de Vídeo disc-jockey y sonido y uno de Atención a personas en situación de dependencia), y veintitrés ciclos formativos de formación profesional de grado superior (dos de Anatomía patológica y citodiagnóstico, dos de Laboratorio clínico y biomédico, dos de Higiene bucodental, dos de Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear, uno de Radioterapia y dosimetría, dos de Enseñanza y animación sociodeportiva, dos de Acondicionamiento físico, dos de Integración social, uno de Educación infantil, uno de Promoción de igualdad de género, uno de Animación sociocultural y turística, dos de Animaciones 3D, juegos y entornos interactivos, uno de Realización de proyectos audiovisuales y espectáculos, uno de Marketing y publicidad y uno de Comercio internacional).

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación y Deporte de Sevilla y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio (BOE del 30), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 94/2019, de 1 de marzo (BOE del 22), por el que se establece el curso de especialización en Audiodescripción y subtitulación y se fijan los aspectos básicos del currículo; el Real Decreto 93/2019, 1 de marzo (BOE del 22), por el que se establece el curso de especialización en Cultivos celulares y se fijan los aspectos básicos del currículo, y se modifica el Real Decreto 74/2018, de 19 de febrero, por el que se establece el título de técnico en Montaje de estructuras e instalación de sistemas aeronáuticos y se fijan los aspectos básicos del currículo; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada al centro docente privado de formación profesional «Cesur-Sevilla», código 41018811 y domicilio en Estadio Olímpico de Sevilla, Isla de la Cartuja, Sector norte, Edificio Suroeste (puerta E), de Sevilla, cuyo titular es Centro Superior de Formación Europa Sur, S.A., quedando con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Ciclos formativos de formación profesional de grado medio:

Emergencias sanitarias (impartidos en doble turno):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Farmacia y parafarmacia (impartido en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Cuidados auxiliares de enfermería (impartido en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

Guía en el medio natural y de tiempo libre (impartidos en doble turno):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Vídeo disc-jockey y sonido (impartido en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Atención a personas en situación de dependencia (impartido en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

b) Ciclos formativos de formación profesional de grado superior:

Anatomía patológica y citodiagnóstico (impartidos en doble turno):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Laboratorio clínico y biomédico (impartidos en doble turno):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Higiene bucodental (impartidos en doble turno):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear (impartidos en doble turno):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Radioterapia y dosimetría (impartido en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Enseñanza y animación sociodeportiva (impartidos en doble turno):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Acondicionamiento físico (impartidos en doble turno):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Integración social (impartidos en doble turno):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Educación infantil (impartido en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Promoción de igualdad de género (impartido en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Animación sociocultural y turística (impartido en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Animaciones 3D, juegos y entornos interactivos (impartidos en doble turno):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Realización de proyectos audiovisuales y espectáculos (impartido en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Marketing y publicidad (impartido en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Comercio internacional (impartido en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

c) Cursos de especialización de formación profesional:

Audiodescripción y subtitulación (impartidos en doble turno):

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Cultivos celulares (impartidos en doble turno):

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación y Deporte de Sevilla la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 8 de julio de 2022

MANUEL ALEJANDRO CARDENETE FLORES
Consejero de Educación y Deporte, en funciones
Descargar PDF