Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 66 de 06/04/2022

5. Anuncios

5.1. Licitaciones públicas y adjudicaciones

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Anuncio de 1 de abril de 2022, de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Málaga, por el que se publica la Resolución de 23 de marzo de 2022, por la que se autoriza el procedimiento de adjudicación directa para el arrendamiento de inmueble destinado a sede de las dependencias de la Oficina del Servicio Andaluz de Empleo en Estepona.

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La Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Málaga, con fecha 23 de marzo de 2022, ha dictado la siguiente resolución:

En relación con el expediente de referencia que se tramita en esta Dirección Provincial, y a tenor de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 23 de julio de 2020 se dictó acuerdo de inicio de expediente para el arrendamiento de un inmueble destinado a sede de Oficina de Empleo del Servicio Andaluz de Empleo en Estepona (Expediente MA-AL-01/2020 O.E. Estepona), mediante procedimiento abierto, según el artículo 156 de la LCSP, declarando asimismo la urgencia en la tramitación del expediente conforme a lo dispuesto en el art. 119 de la Ley de Contratos del Sector Público.

La aprobación del expediente de contratación y del gasto se realizó por Resolución del Órgano de Contratación de fecha 28 de enero de 2021 y efectuada su fiscalización previa, procediéndose a la apertura del procedimiento de adjudicación mediante procedimiento abierto y tramitación urgente.

Tras llevar a cabo todas las actuaciones pertinentes para la adjudicación del contrato, se declaró desierto el procedimiento de licitación, en virtud de resolución de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Málaga, de fecha 3 de junio de 2021, puesto que la única empresa licitadora, no había superado el umbral mínimo de puntuación exigido en el PCAP, en relación a los criterios de valoración mediante juicio de valor.

Segundo. Con fecha 5 de enero de 2022 se emite memoria justificativa elaborada por la Secretaria Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Málaga, modificada con fecha 8 de marzo de 2022, para la contratación del arrendamiento. Se constata que no existen modificaciones con respecto al procedimiento de licitación celebrado con anterioridad, que ya fue informado favorablemente por los organismos públicos correspondientes y que están plenamente justificadas y permanecen vigentes las circunstancias que motivaron en su día la necesidad de la contratación mencionada. Siendo, por consiguiente, necesario continuar con el expediente y proceder a su adjudicación directa.

Con fecha 5 de enero de 2022 y modificado con fecha 18 de marzo de 2022, se dicta acuerdo de inicio del expediente, mediante procedimiento de adjudicación directa, en virtud de lo establecido en el articulo 84 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en los artículos 156, 161 y 176 del Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, tras haberse quedado desierto el procedimiento de licitación anterior y constando todos los informes favorables preceptivos.

Que a los anteriores antecedentes de hecho les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primera. De acuerdo con el art. 161 del Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de aplicación de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de aplicación análoga para el procedimiento de arrendamiento de bienes en virtud del artículo 177, no será necesario promover una nueva licitación cuando la previamente convocada hubiera resultado desierta o quebrada.

Segunda. En virtud de lo establecido por el art. 84.2 de la Ley 84/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, los referidos contratos se adjudicarán con respecto a los principios de publicidad y concurrencia, salvo cuando por las peculiaridades de la necesidad a satisfacer, las limitaciones del mercado o la urgencia se considere preciso autorizar la adquisición directa. El arrendamiento de bienes inmuebles en estos supuestos excepcionales habrá de estar precedido de resolución motivada que se hará pública.

Tercera. Esta Dirección Provincial, en uso de las facultades atribuidas por la Resolución de 28 de noviembre de 2012, del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se delegan competencias en los órganos directivos de la Agencia en materia de personal, de gestión económico-financiera, de contratación y gestión administrativa, modificada por Resolución de 10 de julio de 2018 de la Presidencia del Servicio Andaluz de Empleo y por Resolución de 1 de agosto de 2019, del Servicio Andaluz de Empleo, es el órgano competente para dictar la presente resolución.

Por todo ello, esta Dirección Provincial

R E S U E L V E

Primero. Autorizar el procedimiento de adjudicación directa para la tramitación del expediente de «Arrendamiento de inmueble destinado a las dependencias de la Oficina del Servicio Andaluz de Empleo de Estepona (Málaga) (Expte.: MA-AL-01/2022)».

Segundo. Aprobar el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Pliego de Clausulas Administrativas Particulares con arreglo a las cuales ha de ejecutarse el contrato.

Tercero. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Málaga, 1 de abril de 2022.- La Directora, María del Carmen Sánchez Sierra.

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