Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 12/04/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 7 de octubre de 2021, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería, por la que se concede autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto que se cita, en el término municipal de Serón (Almería). (PP. 2972/2021).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00259304.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 25.5.2018, don Juan de la Cruz Molina Salido, en nombre de Endesa Distribución Eléctrica, S.L., presentó escrito solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto y declaración de utilidad pública para la instalación citada habiéndose tramitado el expediente de conformidad con lo establecido en el Título VII, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. A tal efecto, se adjuntó el proyecto de ejecución así como la relación de propietarios de los terrenos afectados.

Segundo. De acuerdo con los artículos 127, 131 y 146 del citado Real Decreto  1955/2000, de 1 de diciembre, fueron notificados los organismos y entidades que pudieran resultar afectados en sus bienes y servicios:

- Servicio de Carreteras de la Junta de Andalucía. Informó favorablemente con fecha 14.6.2018.

- Ayuntamiento de Serón. Informe favorable de fecha 15.6.2018 no emitiendo condicionado técnico.

- Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Se remite separata y se reitera con fecha 10.6.2018, no habiendo recibido respuesta.

- Servicio de Espacios Protegidos (vías pecuarias). Informa favorablemente el 15.6.2018.

Tercero. De acuerdo con los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOP de Almería núm. 120, de fecha 25 de junio de 2021; BOJA núm. 141, de fecha 23 de julio de 2021; BOE núm. 189, de fecha 9 de agosto de 2021, en el Diario de Almería de fecha 6 de agosto de 2021 y publicados en el tablón de edictos del Ayuntamiento en cuyo término municipal existían bienes o derechos afectados.

Cuarto. Que dentro del plazo de información pública no se ha recibido en esta Delegación del Gobierno alegación alguna al proyecto referenciado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Esta Delegación del Gobierno es competente resolver el otorgamiento de la utilidad pública en concreto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49.1.a) del Estatuto de Autonomía de Andalucía, L.O. 2/2007, de 19 de marzo; Decreto 3/2020, de 3 septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; disposición transitoria tercera del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía; Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio; Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de autorizaciones eléctricas; Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación

RESUELVE

Primero. Otorgar autorización administrativa previa y de construcción para el establecimiento de la instalación eléctrica cuyas principales características se citan a continuación para la ejecución del mismo en un plazo de doce meses.

Titular: Edistribución Redes Digitales, S.L.U.

Domicilio: Paraje la Cepa 10, 04230, Húercal de Almería, Almería.

Objeto: Consolidacion de la línea Bayarque (Subestación Fines) entre los apoyos existentes A9454688 y A953530, situado en Paraje Ramil Alto del término municipal de Serón (Almería).

Inicio: En el apoyo existente A944698, con coordenadas U.T.M. X=536.575 e Y=4.138.093 del Huso 30.

Final: En el apoyo existente A953530, con coordenadas U.T.M. X=538.848 e Y=4.141.163 del Huso 30.

Término municipal afectado: Serón.

Tipo: Aérea de circuito simple.

Tensión nominal: 25 kV.

Núm. de apoyos afectados: 20 de nueva construcción + 13 existentes.

Longitud total: 4,20 km.

Conductores: LARL-56.

Aislamiento: Polímero tipo C3670EBAV.

Apoyos: Metálicos de celosía con cruceta con montaje a tresbolillo.

Presupuesto: 91.473,38 €.

Segundo. Declarar en concreto de la utilidad pública del proyecto referenciado, a los efectos de la expropiación forzosa. Esta declaración lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la línea y que a continuación se indican e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Tercero. Esta autorización se otorga de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen. Además, se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos vigentes que le son de aplicación.

2. Transcurrido el plazo para la solicitud para la autorización de explotación de la instalación sin que se haya presentado la documentación, se procederá a la revocación de la presente autorización.

3. La persona titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación del Gobierno, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente autorización de explotación.

4. La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

5. El titular de las instalaciones tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones impuestas por los organismos y corporaciones que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas por la misma.

6. Si para la realización de la conexión de esta instalación a la red de distribución existente fuera necesario realizar modificaciones de dicha red de distribución, al objeto de garantizar el suministro a los abonados existentes se autoriza la puesta en tensión de la parte de red hasta la instalación de conexión y seccionamiento, durante un plazo de quince días desde la fecha de descargo mientras se tramita la autorización de explotación de la instalación. Estos trabajos de conexión serán realizado por la empresa distribuidora bajo su responsabilidad y según criterios de seguridad, fiabilidad y calidad del suministro.

Cuarto. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación del Gobierno y sin perjuicio e independientemente de las demás autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de otros organismos y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Hacienda y Financiación Europea de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Almería, 7 de octubre de 2021.- La Delegada del Gobierno, P.D. (Orden de 5.6.2013, BOJA núm. 114, de 13 de junio; Resolución de 9.3.2016, BOJA núm. 51, de 16 de marzo), María Isabel Sánchez Torregrosa.

Descargar PDF