Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 07/06/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

Resolución de 1 de junio de 2023, de la Dirección Centro Andaluz de Arte Contemporáneo, por la que se declara la ampliación del plazo de solicitud de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para residencias artísticas en el Centro de Creación Contemporánea de Andalucía, en Córdoba, para el ejercicio 2023.

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BDNS (Identif.): 690325.

Vista la propuesta del órgano instructor del procedimiento de concurrencia competitiva de subvenciones de referencia, resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 10.5.2023, se publicó en la web del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo (CAAC) y del Centro de Creación Contemporáneo de Andalucía (C3A) una nota informativa en la que señalaba que la fecha de finalización del plazo de solicitud de las Subvenciones para las residencias artísticas en el Centro de Creación Contemporánea de Andalucía, en Córdoba, para el ejercicio 2023 de acuerdo con la Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo (BOJA núm. 86, de 9.5.2023), finalizaba el día 12 de junio de 2023; cometiéndose un error material en la fecha de finalización, que puede perjudicar a los interesados en dichas subvenciones.

Segundo. El punto Cuarto. «Plazo de presentación de solicitudes» de la Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo, por la que se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para residencias artísticas en el Centro de Creación Contemporánea de Andalucía, en Córdoba, para el ejercicio 2023 (BOJA núm. 86, de 9.5.2023), señala que: El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde las 12:00 horas del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, finalizando a las 12:00 horas del último día del plazo. Si éste fuera inhábil finalizará a las 12:00 horas del siguiente día hábil.

Dichas horas no indican que son A.M.

Tercero. Por otra parte hemos tenido varias consultas realizadas por personas y entidades residentes en el extranjero, sobre los tramites a seguir en dichas subvenciones, ante las dificultades de poder aportar la documentación solicitada en el plazo de solicitud.

A estos hechos son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. De acuerdo con el art. 12 de la Orden de 6 de julio de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para residencias artísticas en el Centro de Creación Contemporánea de Andalucía, en Córdoba (BOJA núm. 135, de 15 de julio de 2021):

1. Las convocatorias de las subvenciones previstas en las presentes bases reguladoras se efectuarán por resolución de la persona titular de la Dirección del CAAC, debiendo publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2. El plazo de presentación de solicitudes será el establecido en la correspondiente convocatoria, sin que en ningún caso pueda ser inferior a un mes, contados desde el día siguiente al de la publicación de la misma.

Segundo. Conforme al art. 15.1 de la Orden de 6 de julio de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para residencias artísticas en el Centro de Creación Contemporánea de Andalucía, en Córdoba (BOJA núm. 135, de 15 de julio de 2021): El órgano competente para resolver el procedimiento de concesión de subvenciones será la persona titular de la Dirección del CAAC, que actuará en uso de las competencias atribuidas por el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

Tercero El art. 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece: La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.

Por todo ello, atendiendo a la propuesta del órgano instructor

RESUELVO

Primero. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para residencias artísticas en el Centro de Creación Contemporánea de Andalucía, en Córdoba, convocadas por de la Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo, hasta las 12,00 a.m. del día 16 de junio de 2023.

Segundo. Contra la misma, no cabe recurso de conformidad con el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero. La presente resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 1 de junio de 2023.- El Director, Juan Antonio Álvarez Reyes.

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