Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 07/06/2023

1. Disposiciones generales

Universidades

Extracto de la Resolución de 18 de mayo de 2023, del Vicerrectorado de Internacionalización y Compromiso Global de la Universidad de Huelva, por la que se aprueba una convocatoria de plazas en concurrencia competitiva, para la movilidad de estudiantes con fines de prácticas en empresas de Estados Miembros de la UE y terceros países asociados y no asociados al programa, curso 2023/2024.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00284935.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

BDNS: 700425.

Primero. Convocatoria.

La Universidad de Huelva convoca plazas de Movilidad Internacional de Estudiantes para realizar prácticas, en el marco del Programa Erasmus+, incluido, terceros países no incluidos en el programa y el Reino Unido, dentro de la estrategia de la EU para la Juventud del periodo 2021-2027, que engloba todas las iniciativas de educación, formación, juventud y deporte.

Segundo. Bases reguladoras.

Esta convocatoria se rige por las bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de becas y ayudas concedidas para movilidad internacional de la Universidad de Huelva aprobadas en Comisión de Relaciones Internacionales de 12 de febrero de 2021 y en Consejo de Gobierno de 21 de junio de 2021.

Tercero. Financiación.

El importe de la beca estará supeditado a la financiación que la Universidad de Huelva reciba para este fin por parte 80.01.06.00 321-A 481.99 procedentes del SEPIE y a la 80.01.06.02 321-A 481.01, solo para los países indicados, procedente de la Junta de Andalucía. La dotación económica, en todo caso, será la correspondiente al tiempo de estancia real del estudiante en el centro de acogida y al número de meses máximo concedidos por los organismos financiadores.

Las ayudas no tienen por objeto cubrir la totalidad de los gastos de los estudiantes en el extranjero, sino compensar la diferencia de vivir fuera de su ámbito familiar y local.

Estas ayudas son compatibles con otras ayudas o formas de financiación que pueda obtener o recibir el estudiante beneficiario. No obstante, no serán compatibles con otras ayudas convocadas por el Servicio de Relaciones Internacionales de la Universidad de Huelva que se otorguen mediante el sistema de concurrencia competitiva y supongan ocupar una plaza para un mismo periodo de estudios.

El importe de las ayudas se determinará a medida que los organismos financiadores comuniquen a la Universidad de Huelva las cantidades destinadas a estos fines. En ese momento, los adjudicatarios serán informados de este extremo, así como de la forma en que la UHU hará efectivo el pago de las ayudas. Este importe estará condicionado al cumplimiento de los requisitos adicionales que pudieran imponer estos organismos.

Cuarto. Personas beneficiarias.

4.1. Estar matriculado en el curso académico en el que se solicite la movilidad o en el inmediatamente posterior, en una de las titulaciones de carácter oficial, incluidos los másteres oficiales o programas de doctorado de la Universidad de Huelva.

4.2. También podrán realizar la movilidad aquellos estudiantes que hayan solicitado la plaza mientras estuvieran matriculados y hayan finalizado los estudios, dentro de los 12 meses siguientes a la solicitud del título.

4.3. Esta Convocatoria es especialmente recomendable para hacer una estancia los estudiantes de Doctorado en cualquier universidad o institución de cualquier país que esté trabajando en su línea de investigación.

4.4. En el caso de estudiantes de grado, se recomienda haber superado, al menos, 60 créditos de los estudios que se estén cursando en el momento de realizar la movilidad.

4.5. Ser ciudadano de un estado miembro de la Comunidad Europea o de cualquier otro estado que participe en el programa Erasmus+; o bien, personas oficialmente reconocidas por España como refugiados, apátridas o residentes, siempre que el permiso de residencia incluya temporalmente el período de movilidad de prácticas.

En este caso, el solicitante es responsable de gestionar los visados o permisos correspondientes a su desplazamiento a la institución de destino. Antes del comienzo de la movilidad, estos estudiantes deben estar en posesión de la documentación requerida y presentarla por correo electrónico a drinter05@sc.uhu.es, y de las autorizaciones necesarias (copia del NIE con validez hasta el final de su estancia).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y permanecerá abierta hasta agotar las plazas concedidas, indicándose en la página web del Servicio cuando ocurra dicha circunstancia. El primer plazo de solicitudes será de 15 días hábiles. El resto de plazas se resolverán las solicitudes presentadas al menos una vez cada tres meses.

Aquellos estudiantes con necesidades especiales deberán hacer constar su condición de discapacidad o necesidad especial en su solicitud a efectos de poder gestionar las ayudas correspondientes.

Huelva, 18 de mayo de 2023.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.

Descargar PDF