Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 16/06/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa

Acuerdo de 6 de junio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del Protocolo Andaluz de Coordinación para la Atención a Mujeres con Problemas de Adicciones Víctimas de Violencia de Género.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00285436.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

El artículo 43 de la Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la salud y establece que los poderes públicos organizarán y tutelarán la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.

El artículo 16 del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece que las mujeres tienen derecho a una protección integral contra la violencia de género, que incluirá medidas preventivas, medidas asistenciales y ayudas públicas. Por otra parte, el artículo 73.2, dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en materia de lucha contra la violencia de género, la planificación de actuaciones y la capacidad de evaluación y propuesta ante la Administración central. La Comunidad Autónoma podrá establecer medidas e instrumentos para la sensibilización sobre la violencia de género y para su detección y prevención, así como regular servicios y destinar recursos propios para conseguir una protección integral de las mujeres que han sufrido o sufren este tipo de violencia.

El artículo 1.a) del Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, dispone que la Consejería tiene atribuidas, entre otras, las competencias de ejecución de las directrices y los criterios generales de la política de salud, planificación, asistencia sanitaria, consumo, atención temprana, asignación de recursos a los diferentes programas y demarcaciones territoriales, alta dirección, inspección y evaluación de las actividades, centros y servicios sanitarios y aquellas otras competencias que le estén atribuidas por la legislación vigente.

El artículo 14, apartados f) e i), del Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, atribuye al Instituto Andaluz de la Mujer las competencias en materia de colaboración y coordinación mediante acuerdos con entidades y organizaciones que desarrollen actuaciones en materia de violencia de género, con especial enfoque en la gestión integral de la valoración del riesgo en materia de violencia, así como de planificación, elaboración, desarrollo, coordinación, promoción de iniciativas e impulso de las actuaciones y planes de violencia de género previstos en la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.

El artículo 1.b) del Decreto 164/2002, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, dispone que corresponden a esta Consejería, entre otras, las competencias relativas a violencia de género que guarden relación directa con la Administración de Justicia. Así mismo, el artículo 11.3.a), le atribuye, a través de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, la organización, dirección y gestión del Servicio de Asistencia a Víctimas en Andalucía.

La violencia de género constituye un problema de primer orden que se ha reflejado en diversos instrumentos y normas a nivel internacional, nacional y andaluz.

La Organización Mundial de la Salud, en adelante la OMS, en el año 1996, reconoció que la violencia sobre las mujeres era un problema de salud pública, poniendo de manifiesto las graves consecuencias que tiene sobre la salud, decretando en 1998, la erradicación de la violencia contra las mujeres como una prioridad internacional para los servicios de salud, lo que a nivel internacional se ha reflejado, entre otros instrumentos, en el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, hecho en Estambul el 11 de mayo de 2011.

Uno de los principios rectores de la Estrategia Nacional sobre Adicciones 2017-2024, es la «Perspectiva de Género» que obliga a incorporar la perspectiva de género como marco analítico y a desarrollar las herramientas necesarias que permitan visibilizar, analizar y hacer frente a la diferente presentación y afectación de las adicciones en las mujeres para poder hacer un mejor diagnóstico de la realidad, así como incorporar las necesidades y realidades de las mismas en todas las acciones e intervenciones estratégicas.

En cuanto a la normativa vigente sobre la materia, se ha destacar la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género; la Ley 1/2021, de 24 de marzo, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género; la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia; y, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía y la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género. Asimismo, la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía se refiere, en sus artículos 14 y 70.2.j), a las víctimas de esta grave vulneración de los derechos humanos.

El artículo 4 de la Ley 4/1997, de 9 de julio, de Prevención y Asistencia en Materia de Adicciones establece que, entendiéndose la adicción como una enfermedad de carácter sanitario y social, las Administraciones públicas andaluzas, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, habilitarán los mecanismos que se consideren necesarios en los términos de la presente Ley para la prevención, la rehabilitación y la incorporación social de las personas con adicciones. Igualmente, su artículo 29, indica que corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la aprobación de un Plan Andaluz sobre Drogas, en el que se contendrán todas las actuaciones preventivas, de atención e incorporación social a desarrollar de forma coordinada por las distintas Administraciones Públicas andaluzas y por las entidades colaboradoras.

En el III Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones (III PASDA) en el Área de Prevención, entre sus objetivos específicos, incluye como estrategia, la elaboración e implantación de un Protocolo de detección precoz y actuación conjunta de adicciones entre los recursos de violencia de género y la Red para la Atención a las Adicciones. Así mismo en el Área de Gestión del Conocimiento, se propone como estrategia formativa la de sensibilizar y formar en igualdad de género y en violencia de género a profesionales de la Red para la Atención a las Adicciones y Servicios de la Mujer.

En relación a la prevalencia de estas dos problemáticas, la OMS y ONU Mujeres, en el documento «Estimaciones mundiales, regionales y nacionales de la prevalencia de la violencia de pareja contra la mujer y estimaciones mundiales y regionales de la prevalencia de la violencia sexual fuera de la pareja contra la mujer» (2000–2018), refleja que casi 736 millones de mujeres padecen violencia de género a manos de una pareja o de otras personas. Un tercio de las mujeres del planeta es víctima de violencia física o sexual, generalmente desde que es muy joven.

Según el estudio «Mujeres, usos de drogas y adicciones», elaborado por la Red de Atención a las Adicciones, sobre las mujeres atendidas en el año 2019, las mismas representan el 20% de las personas atendidas, destacan por un consumo más tardío, donde casi el 40% lleva más de 10 años consumiendo, siendo en su mayoría policonsumidoras; principalmente de cocaína y alcohol, aunque también destacan los ansiolíticos/ somníferos, con o sin prescripción médica. El 56% de las mujeres que padecen ésta doble condición han sufrido maltrato en la pareja y un 32% violencia sexual.

Dada la mayor vulnerabilidad de las mujeres con adicciones, la probabilidad de que sufran altos niveles de violencia de género se multiplica. Diversos estudios internacionales señalan que las mujeres en tratamiento por adicción víctimas de violencia de género tienen una incidencia tres veces superior a la de población general. Así, estas dos circunstancias están muy relacionadas, y son los aspectos más visibles y dramáticos de una realidad estructural más profunda, centrada en la desigualdad por género.

Los problemas de adicciones no tienen el mismo significado para hombres y mujeres, ni son valorados a nivel social del mismo modo. Entre las mujeres, se percibe como un reto y una transgresión a las normas sociales establecidas, por lo que ellas sufren más rechazo social y discriminación que sus homólogos masculinos. Esta diferente respuesta social pone a las mujeres en una situación de elevada vulnerabilidad a la violencia, y requiere un análisis y abordaje profesional específico.

Por lo tanto, la violencia de género y la adicción en mujeres se conforman como una doble vulnerabilidad, interrelacionada en ambos sentidos, tanto como antecedente como consecuente, la una de la otra.

En virtud de todo ello, fruto de la colaboración entre las Consejerías de Salud y Consumo; y de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, a través de la Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, y el Instituto Andaluz de la Mujer, respectivamente, así como la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, a través de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, se ha elaborado el primer Protocolo Andaluz de Coordinación para la Atención a Mujeres con problemas de Adicciones Víctimas de Violencia de Género, en adelante el Protocolo.

Este Protocolo tiene por finalidad garantizar una atención integral e integrada a las mujeres que presentan problemas de adicciones y además son víctimas de violencia de género, mediante un marco técnico institucional que regule la actuación y coordinación de los equipos profesionales implicados en los diferentes dispositivos de las redes de atención, tanto de Adicciones como de Violencia de Género.

Este Protocolo va a proporcionar pautas sistematizadas y homogéneas para detectar, valorar e intervenir de manera rápida y eficaz atendiendo a la situación que cada mujer plantee, derivando a la red de servicios públicos más adecuados para afrontar su problemática.

Para ello, el Protocolo establece los siguientes objetivos específicos:

a) Sensibilizar a los equipos profesionales para que incorporen la perspectiva de género de forma transversal en su actuación sin revictimizar a la mujer por su condición, adicción o por sufrir o haber sufrido una situación de violencia de género.

b) Sensibilizar los equipos profesionales de la importancia y del impacto de la violencia de género entre las mujeres con problemas de consumo de sustancias o conductas adictivas.

c) Facilitar estrategias adecuadas a los equipos profesionales que atienden a las mujeres que están expuestas a una situación de violencia de género y tienen problemas de adicción, tanto para la detección de su adicción como de situaciones de violencia de género y la prevención del agravamiento de éstas.

d) Mejorar y normalizar los canales de derivación y coordinación entre todos los equipos de profesionales involucrados en la atención a las mujeres que están expuestas a una situación de violencia de género y tienen problemas de adicción o viceversa, para ofrecer una atención integral, rápida y efectiva antes de que la situación de la mujer se cronifique e implique un mayor riesgo para ella o para las personas a su cargo.

e) Registrar los casos para su monitorización y vigilancia epidemiológica.

Así pues, se establece que durante la atención a la mujer que sufre violencia de género se considera fundamental que a lo largo de todo el proceso de intervención exista un/a profesional de referencia en ambas redes.

Se disponen las pautas generales para la atención a la mujer que sufre violencia de género:

a) Se establecen las recomendaciones generales para la entrevista de exploración, recomendando que sea una entrevista semiestructurada.

b) Se exponen las actitudes y comportamientos a evitar en la entrevista.

c) Se disponen posibles preguntas para la misma.

Se establecen las pautas para la intervención, debiendo destacar que se establecen cuáles son las propuestas de intervención en los recursos de adicciones (como son los Centros de Encuentro y Acogida; y el Centro de Tratamiento Ambulatorio) y en los recursos de violencia de género (Acceso a recursos de atención y acogida; intervención desde los Centros de Emergencias, en las Casas de Acogida y Pisos Tutelados, desde los Centros Provinciales y los Centros Municipales de Información a la Mujer (CMIM), así como el Servicio de Asistencia a Víctimas en Andalucía.

Por tanto, dado lo relevante de la elaboración de este Protocolo y, específicamente, para las mujeres con problemas de adicciones y víctimas de violencia de género, se considera oportuno y conveniente que el mismo sea conocido por parte del Consejo de Gobierno.

En su virtud, de conformidad con el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Salud y Consumo, la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, y del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 6 de junio de 2023,

ACUERDA

Tomar conocimiento del Protocolo Andaluz de Coordinación para la Atención a Mujeres con Problemas de Adicciones Víctimas de Violencia de Género.

Sevilla, 6 de junio de 2023

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ANTONIO SANZ CABELLO
Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social 
y Simplificación Administrativa
Descargar PDF