Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 134 de 14/07/2023

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 11 de julio de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan plazas para que las personas seleccionadas realicen petición de destino y aporten la documentación preceptiva en relación al proceso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes al Grupo V del personal laboral, incluido en el Convenio Colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante concurso de promoción, convocado por Resolución de 13 de diciembre de 2022.

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Por Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública (BOJA núm. 240, de 16 de diciembre), se convoca proceso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes al Grupo V del personal laboral incluido en el Convenio Colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante concurso de promoción.

Aprobado por acuerdo de la Comisión de Selección encargada del desarrollo y calificación del mencionado proceso la relación de personas aspirantes seleccionadas, esta Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, de conformidad con la base novena.5 de la citada resolución, y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 12.1.c) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,

Resuelve

Primero. Ofertar y hacer pública en la Web de Emplead@ la relación de plazas vacantes para que las personas aspirantes seleccionadas en las categorías profesionales del Grupo V, en un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, realicen de forma exclusivamente telemática petición de destinos y presenten la documentación preceptiva señalada en el apartado segundo.

Analizadas las solicitudes de adaptación presentadas conforme el apartado 4 de la base novena de la resolución de convocatoria no ha resultado necesario realizar una oferta diferenciada para turno de personas con discapacidad. Por lo tanto, queda garantizado el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 93/2006, de  9 de mayo, por el que se regula el ingreso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la Función Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía.

Segundo. 1. En los términos expresados en el apartado primero, las personas aspirantes seleccionadas, a través de la Web de Emplead@

(https://ws45.juntadeandalucia.es/empleadopublico),

cumplimentarán modelo formulario de petición de destinos. Asimismo, al mencionado formulario según exigencias de la base novena.5 de la Resolución de 13 de diciembre de 2022, se incorporará la siguiente documentación:

a) En el caso de participar por el turno libre, la acreditación de la capacidad funcional por parte de quienes se encuentren en situación de servicio activo se realizará mediante la aportación de declaración responsable (Anexo II).

b) En el caso de aspirantes con discapacidad deberán aportar certificado expedido por la Consejería de la Junta de Andalucía competente en la materia, o en su caso, por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que conste su capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes a la categoría a que se aspira.

c) En el caso de optar por puestos que en la relación de puestos de trabajo tengan asignada la característica singular «Contacto Habitual con Menores», habrá de aportarse certificación negativa emitida por el Registro Central de delincuentes sexuales de inexistencia de antecedentes por delitos sexuales. Si no lo aportara, la persona solicitante deberá prestar su consentimiento para la consulta de sus datos contenidos en el citado registro, así como presentar declaración responsable de no haber sido condenada por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal, a los efectos previstos en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia (apartado 5 del anexo de petición de destinos).

2. La presentación electrónica se podrá realizar de la siguiente forma:

a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.

b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.

Una vez realizada la presentación telemática, ésta no podrá ser modificada en ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva petición de destino dentro de plazo, en cuyo caso la primera quedará sin efecto; con la presentación se generará automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados, en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo. Dicho justificante servirá de acreditación de su correcta presentación.

Tercero. Si la persona seleccionada no presentase la referida documentación, o no pidiese puestos en número suficiente, se entenderá que desiste de su derecho a ser adjudicataria de plaza y en consecuencia a adquirir la categoría solicitada y se declarará la anulación de todas las actuaciones y el archivo de las mismas.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación, o bien demanda ante el Juzgado de lo Social que corresponda, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 6 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en el plazo de dos meses.

Sevilla, 11 de julio de 2023.- La Directora General, Natalia Silvia Márquez García.

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