Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 03/08/2023

3. Otras disposiciones

Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción

Resolución de 28 de julio de 2023, de la Dirección de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se regula la suplencia de la persona titular de la Subdirección de Investigación, Inspección y Régimen Sancionador.

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El artículo 16.1 del Reglamento de Régimen Interior y Funcionamiento de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, aprobado por Acuerdo de 20 de abril de 2022, de la Mesa del Parlamento de Andalucía, establece que los titulares de la Dirección Adjunta y de las Subdirecciones podrán ser suplidos en caso de vacante, ausencia y enfermedad, y siguiendo el orden que determine la persona titular de la Dirección de la Oficina por resolución dictada al efecto.

Al hallarse vacante el puesto de titular de la Subdirección de Investigación, Inspección y Régimen Sancionador es preciso atribuir, mientras se dé tal circunstancia, el ejercicio de sus competencias, tanto originarias como delegadas, a otra Subdirección, a fin de que continúe el normal funcionamiento de los procedimientos correspondientes, por lo que se acuerda que la persona titular de la Subdirección de Asuntos Jurídicos, Prevención y Protección de la Persona Denunciante asuma dicha suplencia, sin que ello suponga alteración alguna del régimen competencial vigente.

En su virtud,

RESUELVO

Primero. De acuerdo con el artículo 16.1 del Reglamento de Régimen Interior y Funcionamiento de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, aprobado por Acuerdo de 20 de abril de 2022, de la Mesa del Parlamento de Andalucía, las competencias atribuidas a la persona titular de la Subdirección de Investigación Inspección y Régimen Sancionador serán ejercidas por suplencia por la persona titular de la Subdirección de Asuntos Jurídicos, Prevención y Protección a la Persona Denunciante.

Segundo. Cuantas resoluciones o actos se adopten en el ejercicio de esta suplencia, en virtud de lo previsto en el apartado primero de la presente resolución, deberán hacer constancia de tal circunstancia, mediante la mención de la misma.

Tercero. La presente resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de julio de 2023.- El Director, Ricardo V. Puyol Sánchez.

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