Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 155 de 14/08/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

Corrección de errores de la Orden de 7 de julio de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la línea de inversión C22.I1 «Plan de apoyos y cuidados de larga duración: desinstitucionalización, equipamientos y tecnología», destinadas a Entidades Locales andaluzas para la adquisición de inmuebles, construcción, reforma o equipamiento de nuevos recursos públicos de carácter comunitario para la atención residencial a personas sin hogar y que fomenten la autonomía y la desinstitucionalización, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) (BOJA núm. 137, de 19.7.2023).

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De acuerdo a la capacidad de las Administraciones Públicas de rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, como indica el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, advertido error en la Orden de 7 de julio de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la línea de inversión C22.I1 «Plan de apoyos y cuidados de larga duración: desinstitucionalización, equipamientos y tecnología», destinadas a Entidades Locales andaluzas para la adquisición de inmuebles, construcción, reforma o equipamiento de nuevos recursos públicos de carácter comunitario para la atención residencial a personas sin hogar y que fomenten la autonomía y la desinstitucionalizacion, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) –financiado por la Unión Europea– Next GenerationEU y se efectúa su convocatoria en el año 2023, se procede a su corrección en los siguientes términos:

En el párrafo octavo de la parte expositiva de la orden:

Donde dice:

«En consecuencia, las Entidades Locales colaborarán para la consecución del hito 323 “Plazas residenciales, no residenciales y centros de díaˮ, recogido en el documento “Decisión de ejecución del Consejoˮ, y con Resolución de 26 de octubre de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el acuerdo sobre la aprobación de la distribución territorial entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, para su sometimiento al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22 “Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión socialˮ del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, debiendo estar ejecutado según el plazo establecido en el mismo, que, a la fecha de publicación de esta orden, indica el cuarto trimestre de 2026. Consecuentemente, el plazo de ejecución de los proyectos financiados con estas subvenciones han de atenerse a la referencia temporal indicada.»

Debe decir:

«En consecuencia, las Entidades Locales colaborarán para la consecución del hito 323 “Plazas residenciales, no residenciales y centros de díaˮ, recogido en el documento “Decisión de ejecución del Consejoˮ, y con Resolución de 26 de octubre de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el acuerdo sobre la aprobación de la distribución territorial entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, para su sometimiento al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22 “Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión socialˮ del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, debiendo estar ejecutado según el plazo establecido en el mismo, que, a la fecha de publicación de esta orden, indica el segundo trimestre de 2026. Consecuentemente, el plazo de ejecución de los proyectos financiados con estas subvenciones han de atenerse a la referencia temporal indicada.»

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