Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 183 de 22/09/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

Resolución de 18 de septiembre 2023, de la Dirección General de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural, por la que se hacen públicos los extractos de las tablas de valoración aprobadas y revisadas por la orden que se cita.

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La Orden de 16.9.2023, del Consejero de Turismo, Cultura y Deporte, ha aprobado las tablas de valoración elaboradas a partir de los estudios de identificación y valoración de series documentales analizados por la Comisión Andaluza de Valoración de Documentos en su 57.ª sesión ordinaria, celebrada el día 31 de mayo de 2023, correspondientes a las siguientes series documentales:

Series producidas por la Administración Autonómica:

- «Partes de bajas y altas por incapacidad laboral temporal» (código 266).

- «Expedientes de compensación de deudas» (código 267).

- «Expedientes de seguimiento de procedimientos concursales» (código 268).

- «Reclamaciones económico-administrativas en materia tributaria» (código 269).

Series producidas por la Administración Local:

- «Plantilla de Personal» (código 264).

- «Catálogo-Relaciones de puestos de trabajo» (código 265).

Series producidas por las Universidades de Andalucía:

- «Expedientes de concurso de acceso a plazas de Cuerpos Docentes Universitarios» (código 270).

- «Expedientes de concurso de acceso a plazas vinculadas de Cuerpos Docentes Universitarios» (código 271).

Asimismo, aprobó la revisión de la tabla de valoración ya aprobada de la siguiente serie documental:

Serie producida por la Administración Autonómica:

- «Órdenes de transferencias» (código 97).

La citada orden dispone, además, la publicación de los extractos de dichas tablas de valoración en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía por la Dirección General de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural. Por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 32.2 del Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos, aprobado por Decreto 97/2000, de 6 de marzo, y de acuerdo con las atribuciones conferidas en el artículo 17.3 de la Orden de 7 de julio de 2000, por la que se regula el funcionamiento de la Comisión Andaluza Calificadora de Documentos Administrativos y los procesos de identificación, valoración y selección documentales, esta Dirección General

RESUELVE

Publicar el extracto de las tablas de valoración de las series documentales anteriormente citadas que figuran como anexos 1 a 9 de la presente resolución.

Contra la citada orden del Consejero, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 18 de septiembre de 2023.- El Director General, Mario Martín Pareja.

ANEXO 1

Código: 264.

Denominación: Plantilla de personal.

Procedencia (Unidad productora).

Organismo: Diputaciones Provinciales de Andalucía.

Unidad: Secretaría General/Recursos Humanos/Personal.

Fecha inicial: 1817. Fecha final: —.

Resolución: Se conservará la serie.

ANEXO 2

Código: 265.

Denominación: Catálogo-Relaciones de puestos de trabajo.

Organismo: Diputaciones Provinciales de Andalucía.

Unidad: Secretaría General/Recursos Humanos/Personal.

Fecha inicial: 1817. Fecha final: —

Resolución: Se conservará la serie.

ANEXO 3

Código: 266.

Denominación: Partes 266 de bajas y altas por incapacidad laboral temporal.

Organismo: Todos los Organismos de la Administración de la Junta de Andalucía.

Unidad: Secretaría General Técnica/Secretaría General/Servicios de Personal o unidades equivalentes.

Fecha inicial: 1982. Fecha final:

Resolución: Se podrá eliminar esta serie en su totalidad. La eliminación se llevará a cabo en el Archivo Central a los cinco años desde la comunicación del alta o de la concesión de la licencia por enfermedad. No se podrán eliminar aquellos expedientes que hayan sido recurridos en instancias superiores, que sean objeto de alguna actuación administrativa especial o que correspondan a relaciones jurídicas vigentes. De los expedientes susceptibles de ser eliminados se realizará un muestreo consistente en la conservación de seis ejemplares por año, correspondientes a 3 por cada régimen de cobertura.

ANEXO 4

Código: 267.

Denominación: Expedientes de compensación de deudas.

Procedencia (Unidad Productora).

Organismo: Agencia Tributaria de Andalucía.

Unidad: Departamento de Aplicación de los Tributos.

Fecha inicial: 2009. Fecha final: —.

Resolución: Se podrá eliminar esta serie en su totalidad. La eliminación se llevará a cabo en el Archivo Central a los diez años de la notificación de la resolución. No se podrán eliminar aquellos expedientes que hayan sido recurridos en instancias superiores, que sean objeto de alguna actuación administrativa especial o que correspondan a relaciones jurídicas vigentes. De los expedientes susceptibles de ser eliminados se realizará un muestreo consistente en la conservación de una muestra del 1% de los expedientes cerrados cada año, hasta un máximo de 10 expedientes por año.

ANEXO 5

Código: 268.

Denominación: Expedientes de seguimiento de procedimientos concursales.

Procedencia (Unidad Productora).

Organismo: Consejería con competencias en materia de Hacienda.

Unidad: Dirección General de Tributos/Servicio de Recaudación.

Fecha inicial: 1984. Fecha final: 2009.

Organismo: Agencia Tributaria de Andalucía.

Unidad: Departamento de Aplicación de los Tributos/Unidad de Recaudación.

Fecha inicial: 2010. Fecha final: 2018.

Organismo: Agencia Tributaria de Andalucía.

Unidad: Departamento de Aplicación de los Tributos/Servicio de Recaudación.

Fecha inicial: 2018. Fecha final: —.

Resolución: Se podrá eliminar esta serie en su totalidad. La eliminación se llevará a cabo en el Archivo Central a los siete años desde la comunicación de la conclusión del procedimiento concursal a los órganos implicados. No se podrán eliminar aquellos expedientes que hayan sido recurridos en instancias superiores, que sean objeto de alguna actuación administrativa especial o que correspondan a relaciones jurídicas vigentes. De los expedientes susceptibles de ser eliminados. Se realizará un muestreo consistente en la conservación de un expediente por año.

ANEXO 6

Código: 269.

Denominación: Reclamaciones económico-269 administrativas en materia tributaria.

Organismo: Agencia Tributaria de Andalucía.

Unidad: Departamento de Aplicación de los Tributos/Servicio de Recaudación.

Fecha inicial: 2010. Fecha final: —.

Resolución: Se podrá eliminar esta serie en su totalidad. La eliminación se llevará a cabo en el Archivo Central a los siete años a partir de que la resolución de la reclamación adquiera firmeza en vía administrativa. No se podrán eliminar aquellos expedientes que hayan sido recurridos en instancias superiores, que sean objeto de alguna actuación administrativa especial o que correspondan a relaciones jurídicas vigentes. De los expedientes susceptibles de ser eliminados se realizará un muestreo consistente en la conservación de un expediente por año.

ANEXO 7

Código: 270.

Denominación: Expedientes de concurso de acceso a plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.

Organismo: Universidad Públicas de Andalucía.

Unidad: Servicios con competencia en materia de selección de Personal Docente.

Fecha inicial: 1985. Fecha final: —.

Resolución: A esta serie se le podrá aplicar una eliminación parcial. Se podrán eliminar las solicitudes y documentación adjunta de los candidatos que no hayan obtenido plaza. Dicha eliminación se llevará a cabo transcurridos 6 años a contar desde la resolución rectoral de nombramiento de las personas que han obtenido plaza. No se podrán eliminar aquellos documentos que recojan actos que hayan sido recurridos, que sean objeto de alguna actuación administrativa especial o que correspondan a relaciones jurídicas vigentes.

ANEXO 8

Código: 271.

Denominación: Expedientes de concursos de acceso a plazas vinculadas de Cuerpos Docentes Universitarios.

Organismo: Universidades Públicas de Andalucía.

Unidad: Servicios con competencia en materia de selección de Personal Docente.

Fecha inicial: 1988. Fecha final: —.

Resolución: A esta serie se le podrá aplicar una eliminación parcial. Se podrán eliminar las solicitudes y documentación adjunta de los candidatos que no hayan obtenido plaza. Dicha eliminación se llevará a cabo transcurridos 6 años a contar desde la resolución rectoral de nombramiento de las personas que han obtenido plaza. No se podrán eliminar aquellos documentos que recojan actos que hayan sido recurridos, que sean objeto de alguna actuación administrativa especial o que correspondan a relaciones jurídicas vigentes.

ANEXO 9

Código: 97.

Denominación: Órdenes de transferencias.

Organismo: Delegaciones Provinciales o Territoriales de Economía y Hacienda.

Unidad: Servicio de Tesorería.

Fecha inicial: 1983. Fecha final: —.

Organismo: Dirección General de Tesorería/ DG de Tesorería y Deuda Pública.

Unidad: Servicio de Tesorería.

Fecha inicial: 1984. Fecha final: —.

Organismo: Todos los Organismos de la Administración de la Junta de Andalucía.

Unidad: Intervención Delegada.

Fecha inicial: 1994. Fecha final: —.

Resolución: Se podrá eliminar la serie en su totalidad. La referida eliminación se realizará en el archivo central a los seis años de finalización del ejercicio económico al que se refiera. De la documentación a eliminar, se conservará una muestra, consistente en una fracción de un mes al año, elegido aleatoriamente. No se podrán eliminar aquellos expedientes que contengan actos que hayan sido recurridos, que sean objeto de alguna actuación administrativa especial o que correspondan a relaciones jurídicas vigentes.

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