Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 183 de 22/09/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda

Resolución de 16 de septiembre de 2023, del Viceconsejero de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, por la que se delegan las competencias derivadas de la gestión económica, contable y presupuestaria relacionada con Cetursa Sierra Nevada, S.A, en la persona titular de la Dirección General de Movilidad y Transportes.

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El Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, establece en su artículo 5.9 que, se adscribe a la Viceconsejería la entidad Cetursa Sierra Nevada, S.A.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, entre las competencias de gestión económica, contable y presupuestaria se incluyen las siguientes funciones:

a) Elaborar las propuestas de anteproyecto de estado de gastos de su Presupuesto, en la forma prevista en el artículo 35 de la presente ley.

b) Administrar los créditos para gastos del Presupuesto y de sus modificaciones.

c) Autorizar los gastos que no sean de la competencia del Consejo de Gobierno y elevar a la aprobación de éste los que sean de su competencia.

d) Disponer o comprometer los gastos de su competencia.

e) Contraer o reconocer obligaciones económicas en nombre y por cuenta de la Junta de Andalucía.

f) Proponer el pago de las obligaciones a la Consejería competente en materia de Hacienda.

g) Las demás competencias y funciones que se le atribuyan en esta Ley y demás disposiciones de aplicación.

A fin de agilizar y simplificar la gestión presupuestaria, contable y económica vinculada a Cetursa, S.A. y con vistas a alcanzar un óptimo nivel de eficacia y eficiencia en la instrucción y resolución de los procedimientos derivados de dicha gestión, se hace preciso delegar determinadas competencias en un órgano directamente relacionado con el ámbito competencial de Cetursa, S.A., como es la Dirección General de Movilidad y Transportes.

Partiendo de la anterior premisa, procede traer a colación el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, preceptos estos que prevén la posibilidad de que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas deleguen el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquellas.

En virtud de lo anterior,

DISPONGO

Primero. Delegar en la persona titular de Dirección General de Movilidad y Transportes de esta Consejería todas las competencias derivadas de la gestión económica, presupuestaria y contable relacionada con la entidad Cetursa, S.A., y, en particular, las que se relacionan a continuación:

- El seguimiento, control e impulso de la gestión administrativa, la ejecución de la actividad presupuestaria y de la gestión del gasto, así como la elaboración de informes para facilitar el análisis y planificación económico-presupuestaria y financiera de Cetursa.

- La gestión económica, contable y presupuestaria, la aprobación del gasto, compromiso, reconocimiento de la obligación y justificación de los pagos que se hayan transferido o se vayan a transferir a Cetursa, así como cualquier actuación que sea necesaria realizar para el cumplimiento de estas competencias.

- El seguimiento, control y adopción de medidas para disminuir los libramientos pendientes de justificación, y en su caso, iniciar y tramitar el procedimiento de reintegro de cantidades no justificadas debidamente.

- Elaboración de las propuestas de modificaciones presupuestarias necesarias para corregir las necesidades surgidas como consecuencia de circunstancias sobrevenidas.

- Las transferencias, tanto corrientes como de capital, así como las transferencias de financiación, de explotación o de capital, y las transferencias de asignación nominativa a favor de Cetursa.

- Asesoramiento, informe y resolución de problemas de contenido administrativo, económico, contable y presupuestario de los expedientes que se tramiten en los que dicha entidad participe.

- La iniciación, instrucción y resolución del procedimiento de reintegro de las subvenciones y transferencias recibidas por Cetursa, cuando se incumplan los requisitos para las que se aprobaron las mismas y, en su caso, el procedimiento declarando la pérdida del derecho al cobro, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa específica sobre la materia.

- La tramitación y actualización permanente de los formularios que sean necesarios para la gestión de los expedientes de gasto financiados con Fondos Europeos.

- Facilitar cualquier información que se solicite de Cetursa en materia de Fondos Europeos y velar por el cumplimiento de la ejecución presupuestaria, la verificación de expedientes y certificación de pagos a la Comisión, dentro del ámbito temporal aprobado en los Programas Operativos en los que participe con financiación dicha entidad.

- Asesorar a Cetursa sobre la elegibilidad de las propuestas de actuaciones que se planteen financiar con fondos europeos y sobre su encaje en el Programa Operativo vigente y en el presupuesto aprobado, controlar el cumplimiento de las normas comunitarias, nacionales y autonómicas aplicables. En el que caso de que existan algunas dudas sobre su elegibilidad, trasladar la consulta a la D.G. Fondos Europeos para que decida sobre la misma.

- Elaboración, previa valoración sobre su viabilidad, de las propuestas de reprogramación de los Programas Operativos en los que participe Cetursa.

- Velar por el cumplimiento de la certificación de los indicadores de fondos europeos que tenga aprobados Cetursa, autorizar las reprogramaciones que puedan plantearse a los mismos, y en general, facilitar cualquier información que se solicite en coordinación con la entidad.

- Velar por el cumplimiento de la normativa vigente en materia de información y publicidad de las actuaciones financiadas con fondos europeos y facilitar la información que se solicite sobre esta materia, como fichas de Buenas Prácticas, cumplimiento indicadores, etc.

- Elaboración y remisión al centro directivo competente de la Consejería, de las propuesta de envolvente para la elaboración del Presupuesto de la Consejería .

- Coordinación con Cetursa para la elaboración del Informe de Impacto de Género en el Presupuesto y para las peticiones de información o aplicación de medidas que procedan de Unidad de Igualdad de Género de la Consejería.

- Coordinación y seguimiento de los mecanismos extraordinarios de financiación, estableciendo el nexo de información con la Intervención General, la Dirección General de Presupuestos y los distintos órganos gestores afectados.

- Coordinación con Cetursa para dar respuesta a las Preguntas Parlamentarias formuladas por los Grupos Parlamentarios.

- En relación con los controles y auditorías que se realicen a Cetursa, atender cuantas peticiones de información y documentación se soliciten por los distintos órganos de control tanto de la Junta de Andalucía como externos, y adoptar las medidas que sean necesarias para garantizar el cumplimiento de los Informes, tanto Provisionales como Definitivos que se dicten al respecto.

- Coordinación con Cetursa para la contestación a las peticiones de información o documentación que se soliciten por el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.

- Remisión al centro directivo competente de la Consejería, las propuestas de los calendarios de pagos a favor de Cetursa que deban tramitarse ante la D.G. Tesorería y Deuda Pública.

- Valoración de la incidencia económica-financiera, de los proyectos de disposiciones legales y reglamentarias, las propuestas de planes con contenido económico-financiero, de contratos, de convenios y de cualquier otra actuación que pueda tener efectos sobre la ejecución presupuestaria y de los que se traslade consulta a la Viceconsejería.

- El inicio, tramitación y resolución de cualquier expediente que implique gasto o grabación de documentos contables relacionados con Cetursa.

Segundo. Los actos y resoluciones que deban adoptarse en procedimientos iniciados con anterioridad a la eficacia de la presente resolución serán realizados por los órganos administrativos que resulten competentes en virtud de la delegación establecida en la presente resolución.

Tercero. La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Sevilla, 16 de septiembre de 2023.- El Viceconsejero, Mario Muñoz-Atanet Sánchez.

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