Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 17/11/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

Orden de 9 de noviembre de 2023, por la que se acuerda una actuación específica en materia de memoria democrática en el municipio de Gibraleón (Huelva).

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ANTECEDENTES

Primero. Al amparo de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, con fecha 20 de octubre de 2023, el Ayuntamiento de Gibraleón (Huelva) solicita a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte autorización para llevar a cabo los trabajos de indagación, localización y exhumación, en su caso, de los restos de víctimas de la Guerra Civil que se encuentran en las tres fosas existentes en esta localidad, según se recoge en el mapa de fosas de Andalucía.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero. De acuerdo con el artículo 8.3 de la Ley 2/2017, de 28 de marzo, las actividades dirigidas a la localización, exhumación y, en su caso, la identificación de los restos de víctimas de la Guerra Civil y la posguerra deberán ser autorizadas por la Consejería competente en materia de memoria democrática de acuerdo con los protocolos previstos en la ley y con las garantías y procedimientos que se establezcan reglamentariamente.

Segundo. Conforme al procedimiento establecido en el artículo 7.1 del Decreto 334/2003, de 2 de diciembre, para la coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de la Memoria Histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil española y la posguerra, el Comité Técnico de Coordinación previsto en el mismo y regulado por Orden de 9 de julio 2013, en su sesión celebrada el 9 de noviembre de 2022, acordó elevar, entre otras, propuesta para la aprobación de la actuación de indagación, localización, delimitación, exhumación e identificación genética en Gibraleón (Huelva), a solicitud del Ayuntamiento de dicha localidad, que, de acuerdo con la documentación que acompaña a las memorias justificativa y económica de esta orden, cuenta con la financiación necesaria para su ejecución.

En su virtud, y en uso de las facultades conferidas en los artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad de Autónoma de Andalucía, así como en el artículo 26.2.a) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, a propuesta de la persona titular de la Viceconsejería de Turismo, Cultura y Deporte, y al amparo de lo establecido en el artículo 8.3 de la Ley 2/2017, de 28 de marzo,

DISPONGO

Único. La aprobación de la actuación de indagación, localización, delimitación, exhumación e identificación genética en la localidad de Gibraleón (Huelva).

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, puede interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde su publicación, en virtud de lo establecido en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente orden, todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 9 de noviembre de 2023

CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte

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