Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 245 de 26/12/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Corrección de errores de la Orden de 31 de marzo de 2023, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones correspondientes a la intervención sobre el desarrollo rural relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (BOJA número 68, de 12 de abril de 2023).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00294489.

Advertido error en la Orden de 31 de marzo de 2023, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones correspondientes a la intervención sobre el desarrollo rural relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027, que ha sido publicada en el BOJA número 68, de 12 de abril de 2023, de conformidad con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se procede a su subsanación mediante la presente corrección:

En la página 6509/3 del BOJA, en el Dispongo Sexto Financiación y régimen aplicable, en el apartado 1, donde dice:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 91.2.a) del Reglamento (UE) 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, las ayudas contempladas en la presente orden serán cofinanciadas en un 85% por el FEADER, y en un 15% por la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Debe decir:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 91.2.a) del Reglamento (UE) 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, las ayudas contempladas en la presente orden serán cofinanciadas en un 85% por el FEADER, en un 9,81% por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y en un 5,19% por la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Descargar PDF