Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 248 de 29/12/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

Extracto de la Orden de 19 de diciembre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la construcción y/o adaptación de centros de día y centros residenciales de titularidad de entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y entidades mercantiles de ámbito social, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) -financiado por la Unión Europea- NEXT GENERATIONEU y se efectúa su convocatoria en el año 2023.

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BDNS (Identif.): Línea CLD1 (734850 ); Línea CLD2 (734224).

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria de las líneas de subvenciones que más abajo se describen, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index), y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

Se convocan en el ejercicio 2023, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de subvención reguladas en la orden de referencia, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en la cuantía máxima que se especifica para cada una de ellas y con cargo a los créditos presupuestarios que así mismo se indican para cada línea:

DENOMINACIÓN DE LA LÍNEA PARTIDA PRESUPUESTARIA CUANTÍA MÁXIMA
 (en euros)
Línea CLD1: Subvenciones dirigidas a la construcción y/o adaptación de Centros de Día y Centros Residenciales para Personas Mayores, destinadas a entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y entidades mercantiles de ámbito social, a fin de adecuarlos al nuevo modelo de cuidados de larga duración. 1800180000 G/31R/76000/MR08220101 2021001075 2023
1800180000 G/31R/78000/MR08220101 2021001076 2023
1800180000 G/31R/77000/MR08220101 2023001208 2023
40.000.000
6.675.000
10.000.000
Total:
56.675.000 €
Línea CLD2: Subvenciones dirigidas a la construcción y/o adaptación de Centros de Día y Centros Residenciales para Personas con Discapacidad, destinadas a entidades sin ánimo de lucro, a fin de adecuarlos al nuevo modelo de cuidados de larga duración. 1800180000 G/31R/78000/MR08220101 2021001080 2023 16.675.000,00 €

Segundo. Población beneficiaria.

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades públicas o privadas descritas para cada una de las líneas en el Anexo I que se acompaña.

Tercero. Objeto.

El objeto de cada una de las líneas convocadas se describe en el Anexo I que se acompaña.

Cuarto. Bases reguladoras.

Según lo establecido en el art 61. 1 del Real Decreto -ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos europeos podrán incorporar la convocatoria de las mismas. Consecuentemente, dicha orden establece las condiciones para la concesión de las mismas.

Quinto. Dotación.

La dotación máxima de cada una de las líneas se refleja en el cuadro recogido en el punto primero del presente extracto y la forma de determinación de la cuantía de las subvenciones a conceder se describe en el Anexo I que se acompaña.

En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.

Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.

Asimismo, se deja constancia de que la dotación presupuestaria a la que se circunscriben las actuaciones subvencionables se produce con cargo a los recursos de la Junta de Andalucía consignados en los presupuestos para el ejercicio de 2023, con cargo a los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Sexto. Solicitudes y lugar de presentación.

1. Las solicitudes irán dirigidas a las personas indicadas en el apartado 10.b) del cuadro resumen de cada línea aprobado mediante esta orden.

2. Las solicitudes anteriores podrán presentarse en los lugares indicados en el apartado 10.c) del cuadro resumen de cada línea aprobado mediante la Orden de 19 de diciembre de 2023. Las solicitudes indicadas se presentarán en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la dirección electrónica:

https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS/.

Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente extracto.

Octavo. Otros datos.

Tanto la citada solicitud como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos a los que se refiere esta orden anteriormente referenciada, se podrán obtener en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la siguiente URL:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25436.html

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25437.html

en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía. De conformidad con el artículo 12.9 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, esta publicación es únicamente a efectos informativos.

Sevilla

MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias 
e Igualdad
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