Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 07/02/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Granada, por la que se da publicidad a la finalización de la disponibilidad presupuestaria para la concesión de subvenciones de la Línea 1 Estabilización de la Iniciativa Emprendedora en Empresas de Trabajo Autónomo, regulada por la orden de la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad, de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Emprendimiento, Segunda Oportunidad y Estabilización Económica de las Empresas de Trabajo Autónomo y convocada mediante resolución de 13 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social.

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Examinadas, por el Servicio de Economía Social y Autónomos de esta Delegación Territorial, las solicitudes de ayudas de la Línea 1 Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, presentadas al amparo de la Orden de 21 de septiembre de 2018 (BOJA núm. 187, de 26 de septiembre), por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo, modificada por la Orden de 27 de junio de 2019 (BOJA núm. 124, de 1 de julio), se constata los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 27 de mayo de 2022 se publica en el BOJA número 100 la Resolución de 13 de mayo de 2022, de la Dirección General de Economía Social y Trabajo Autónomo, por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, de la Línea 1. Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, regulada en la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo, abriéndose el plazo de presentación de solicitudes, según lo dispuesto en el apartado séptimo de la resolución.

Segundo. En el resuelve tercero de la referida resolución se acuerda la distribución territorial de los créditos disponibles, correspondiendo a la provincia de Granada los siguientes:

Línea 1. Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo
Mujeres trabajadoras
autónomas menores de 35 años
Hombres trabajadores
autónomos menores de 30 años
Mujeres trabajadoras
autónomas de 35 años o más
Hombres trabajadores
autónomos de 30 años o más
850.000€ 725.000€ 719.400€ 1.480.600€

Tercero. Realizada la instrucción y resolución de las solicitudes, siguiendo el orden correlativo de entrada en el registro electrónico de esta Delegación Territorial, por el órgano competente para su tramitación, correspondientes a la Línea 1. Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, se comprueba que, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación, 30 de septiembre de 2022, señalado en el resuelve séptimo de la Resolución de 13 de abril de 2021, se ha alcanzado el límite de las consignaciones presupuestarias asignadas en cada una de las medidas señaladas, con el número de solicitud y en la fecha y hora siguientes:

MEDIDA NÚMERO SOLICITUD FECHA PRESENTACIÓN HORA PRESENTACIÓN
Mujeres trabajadoras autónomas menores de 35 años CTC-2022308667 27/09/2022 12:31:24
Hombres trabajadores autónomos menores de 30 años CTC-2022308546 27/09/2022 11:39:19
Mujeres trabajadoras autónomas de 35 años o más CTC-2022308573 27/09/2022 11:42:58
Hombres trabajadores autónomos de 30 años o más CTC-2022313078 30/09/2022 17:41:30

A los referidos antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para instruir el presente procedimiento corresponde, por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de trabajo autónomo, a la persona titular de la Delegación Territorial competente en dicha materia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.1 y el apartado segundo de la disposición adicional única de la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo, y en relación con el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto.

Segundo. El artículo 31 de la Orden de 21 de septiembre de 2018 señala en su punto 4 que, en el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes se agotara el crédito establecido en la convocatoria, se hará público en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, mediante resolución del órgano competente para resolver.

Tercero. El artículo 34 de la Orden de 21 de septiembre de 2018 establece en su primer punto que en lo referente a la concesión de las subvenciones reguladas en los Capítulos II, III, IV y V, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la instrucción y resolución de las solicitudes se efectuará siguiendo el orden correlativo de entrada en el registro electrónico del órgano competente para su tramitación, hasta el límite de la consignación presupuestaria. La finalización de la disponibilidad presupuestaria se hará pública en la web de la Consejería competente en materia de trabajo autónomo, mediante resolución del órgano competente para resolver.

Cuarto. El Resuelve séptimo de la Resolución de 13 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, establece que las solicitudes pordán presentarse desde el día siguiente a aquél en que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.ª de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta el 30 de septiembre de 2022.

En el supuesto de que antes de finalizar el mencionado plazo se agotase la consignación presupuestaria se hará público en la forma establecida en el artículo 31.4 de la Orden de 21 de septiembre de 2018, para la publicidad de las subvenciones, mediante resolución del órgano competente para resolver.

RESUELVE

Primero. Declarar la finalización de la disponibilidad presupuestaria que, para las ayudas de la Línea 1. Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo fue asignada a esta Delegación Territorial por la Resolución de 13 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en dicha resolución, con el número de solicitud y a la fecha y hora señaladas en el antecedente de hecho tercero para cada una de las medidas convocadas.

Segundo. Publicar en la página web de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la presente resolución.

Granada, 2 de febrero de 2023.- El Delegado, P.D. (Orden 21.9.2018, BOJA núm. 187, de 26.9), José Javier Martín Cañizares.

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