Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 07/02/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Orden de 25 de enero de 2023, por la que se declara la extinción de la autorización por revocación al centro autorizado de enseñanzas deportivas «Costa de la Luz» de Almonte (Huelva).

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Visto el informe del Servicio de Inspección de Educación de la entonces Delegación Territorial de Educación y Deporte de Huelva, en referencia al centro autorizado de enseñanzas deportivas «Costa de la Luz», con código 21007161 y domicilio en  C/ Montehigo, 5, Escuela Comarcal de Formación, de Almonte (Huelva), cuya titularidad la ostenta la entidad «Salvamento Sevilla, S.L.», y con autorización administrativa para impartir enseñanzas deportivas conducentes a la obtención de los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en fútbol, fútbol sala, baloncesto, balonmano, atletismo, salvamento y socorrismo y judo y defensa personal, según el cual el centro ha cesado de hecho en sus actividades por un período de tiempo superior a dos cursos académicos.

Considerando que el Decreto 193/1997, de 29 de julio, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir Enseñanzas Artísticas, de aplicación a los centros docentes privados que impartan enseñanzas deportivas, según la disposición transitoria segunda del Decreto 140/2011, de 26 de abril, por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, establece en su artículo 22, según la renumeración dada a su articulado por este mismo decreto, que la extinción de la autorización por revocación de la Administración educativa procederá, entre otros supuestos, cuando el centro haya cesado de hecho en sus actividades por un período de tiempo igual o superior a dos cursos académicos.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado en forma reglamentaria por la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Huelva.

Vistos: La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 193/1997, de 29 de julio (BOJA de 9 de agosto), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas; el Decreto 140/2011, de 26 de abril (BOJA de 10 de mayo), por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en dicho expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia, incluido el trámite de audiencia previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, así como en el artículo artículo 21.3 del Decreto 193/1997, de 29 de julio, sin que en el mismo se haya presentado alegación alguna.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Declarar la extinción de la autorización administrativa por revocación al centro autorizado de enseñanzas deportivas «Costa de la Luz», con código 21007161 y domicilio en C/ Montehigo, 5, Escuela Comarcal de Formación, de Almonte (Huelva), constatado el cese en sus actividades por un período de tiempo superior a dos cursos académicos, quedando sin efecto las disposiciones que autorizaron el funcionamiento legal de dicho centro, siendo necesario para el caso de que se instase su reapertura dar cumplimiento a los preceptos recogidos en las distintas disposiciones en materia de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas deportivas.

Segundo. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 25 de enero de 2023

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Desarrollo Educativo 
y Formación Profesional
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