Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 14/03/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Orden de 22 de febrero de 2023, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado de formación profesional «Medac Sevilla» de Sevilla. (PP. 1018/2023).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Miguel Reinoso Fernández-Caparrós, como representante de Centro de Formación Profesional en el Deporte y la Salud Málaga 2015, S.L., entidad titular del centro docente privado de formación profesional «Medac Sevilla», con domicilio en Avenida Alcalde Luis Uruñuela, núm. 1, Planta 1.ª, de Sevilla, por el que se solicita modificar la autorización administrativa con la que cuenta el mismo, por la ampliación de sus enseñanzas en tres ciclos formativos de formación profesional de grado medio (uno de Atención a personas en situación de dependencia y dos de Sistemas microinformáticos y redes), once ciclos formativos de formación profesional de grado superior (dos de Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear, uno de Marketing y publicidad, tres de Enseñanza y animación sociodeportiva, dos de Acondicionamiento físico, dos de Laboratorio clínico y biomédico y uno de Mediación comunicativa) y un curso de especialización de formación profesional en Inteligencia artificial y big data, así como por la supresión de tres ciclos formativos de formación profesional de grado medio (uno de Cuidados auxiliares de enfermería, uno de Guía en el medio natural y de tiempo libre y uno de Farmacia y parafarmacia) y un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Dietética, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que el citado centro, con código 41022760, tiene autorización para impartir nueve ciclos formativos de formación profesional de grado medio (tres de Cuidados auxiliares de enfermería, cuatro de Guía en el medio natural y de tiempo libre y dos de Farmacia y parafarmacia) y veinte ciclos formativos de formación profesional de grado superior (dos de Educación infantil, dos de Integración social, dos de Desarrollo de aplicaciones multiplataforma, dos de Desarrollo de aplicaciones web, dos de Dietética, dos de Higiene bucodental, dos de Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear, dos de Anatomía patológica y citodiagnóstico, dos de Prótesis dentales, uno de Marketing y publicidad y uno de Comercio internacional).

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Sevilla y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistas: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2), del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio (BOE de 30), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 1593/2011, de 4 de noviembre (BOE de 15 de diciembre), por el que se establece el título de Técnico en Atención a personas en situación de dependencia y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1691/2007, de 14 de diciembre (BOE de 17 de enero de 2008), por el que se establece el título de Técnico en Sistemas microinformáticos y redes y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 770/2014, de 12 de septiembre (BOE de 4 de octubre), por el que se establece el título de Técnico Superior en Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1571/2011, de 4 de noviembre (BOE de 13 de diciembre), por el que se establece el título de Técnico Superior en Marketing y publicidad y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 653/2017, de 23 de junio (BOE de 15 de julio), por el que se establece el título de Técnico Superior en Enseñanza y animación sociodeportiva y se fijan los aspectos básicos del currículo; el Real Decreto 651/2017, de 23 de junio (BOE de 8 de julio), por el que se establece el título de Técnico Superior en Acondicionamiento físico y se fijan los aspectos básicos del currículo; el Real Decreto 771/2014, de 12 de septiembre (BOE de 4 de octubre), por el que se establece el título de Técnico Superior en Laboratorio clínico y biomédico y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 831/2014, de 3 de octubre (BOE de 25), por el que se establece el título de Técnico Superior en Mediación comunicativa y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 279/2021, de 20 de abril (BOE de 10 de mayo), por el que se establece el Curso de especialización en Inteligencia artificial y big data y se fijan los aspectos básicos del currículo; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA de 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada, al centro docente privado de formación profesional «Medac Sevilla», código 41022760 y domicilio en Avenida Luis Uruñuela, núm. 1, Planta 1.ª, de Sevilla, cuyo titular es Centro de Formación Profesional en el Deporte y la Salud Málaga 2015, S.L., que, como consecuencia de ello, queda con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Ciclos formativos de formación profesional de grado medio:

Cuidados auxiliares de enfermería (impartidos en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Guía en el medio natural y de tiempo libre (impartidos en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 3.

Grupos: 6.

Puestos escolares: 180.

Farmacia y parafarmacia (impartido en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Atención a personas en situación de dependencia (impartido en turno de tarde):

Núm.de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Sistemas microinformáticos y redes (impartidos en turno de mañana y tarde):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

b) Ciclos formativos de formación profesional de grado superior:

Educación infantil (impartidos en turno de mañana y tarde):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Integración social (impartidos en turno de mañana y tarde):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Desarrollo de aplicaciones multiplataforma (impartidos en turno de mañana y tarde):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Desarrollo de aplicaciones web (impartidos en turno de mañana y tarde):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Dietética (impartido en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Higiene bucodental (impartidos en turno de mañana y tarde):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear (impartidos en turno de mañana y tarde):

Núm. de ciclos: 4.

Grupos: 8.

Puestos escolares: 240.

Anatomía patológica y citodiagnóstico (impartidos en turno de mañana y tarde):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Prótesis dentales (impartidos en turno de mañana y tarde):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Marketing y publicidad (impartidos en turno de mañana y tarde):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Comercio internacional (impartido en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Enseñanza y animación sociodeportiva (impartidos en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 3.

Grupos: 6.

Puestos escolares: 180.

Acondicionamiento físico (impartidos en turno de mañana):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Laboratorio clínico y biomédico (impartidos en turno de mañana y tarde):

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Mediación comunicativa (impartido en turno de tarde):

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

c) Curso de especialización de formación profesional de grado superior:

Inteligencia artificial y big data (impartido en turno de tarde):

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al registro de centros docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el registro de centros docentes.

Cuarto. La autorización de las enseñanzas de formación profesional de grado medio y de grado superior a la que se refiere la presente orden surtirá efectos a partir del curso 2022/2023, pues tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.

Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Sevilla la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y  115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 22 de febrero de 2023

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Desarrollo Educativo 
y Formación Profesional
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