Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 24/04/2023

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 10 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa a instalación eléctrica de alta tensión. (PP. 1557/2023).

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Expediente: AT-14043/19.

Visto el expediente AT-14043/19, incoado en esta Delegación Territorial, solicitando autorización administrativa previa para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:

Peticionario: Alfa Conexión Solar, S.L.

Domicilio: Calle Castelló, 66, Pl. 4.ª, 28001, Madrid.

Emplazamiento de la instalación: Polígono 7, parcelas 16, 26, 27.

Términos municipales afectados: San Roque (Cádiz).

Finalidad de la instalación: Generación de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha de 26 de abril de 2019, la sociedad mercantil Alfa Conexión Solar, S.L. (B67149211), solicita Autorización Administrativa Previa, para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica denominada «PSFV Arraez» de 40 MWp potencia, ubicada en el término municipal de San Roque (Cádiz), aportando para ello la documentación preceptiva que establece la normativa en vigor y que obra en el expediente de referencia, acreditando capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del proyecto.

Segundo. Con fecha de 13 de agosto de 2021, la sociedad mercantil Alfa Conexión Solar, S.L. (B67149211), presenta una modificación del proyecto, para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica denominada «PSFV Arraez» de 40 MWp potencia, ubicada en el término municipal de San Roque (Cádiz), solicitando a su vez la Autorización Administrativa de Construcción.

Tercero. Con fecha 22 de septiembre de 2021 se solicita a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz informe de compatibilidad con la legislación ambiental de la modificación presentada. Con fecha 13 de octubre de 2021 se registra en esta Delegación escrito de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz que determina la compatibilidad con la legislación ambiental, conforme a los artículos 18 y 19 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la Autorización Ambiental Unificada.

Cuarto. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante, R.D. 1955/2000), así como lo dispuesto en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 2/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (en adelante, Decreto 356/2010), se sometió el expediente a información pública durante 30 días en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de San Roque.

Habiendo formulado alegaciones dentro del plazo por el Grupo Verdemar Ecologistas en Acción, NIF ****8348*, por Mitra Alfa Solar, S.L.U., con NIF ****2319* y por la Asociación Grupo Ornitológico Tumbabuey con NIF ****3478*. Remitidos los escritos de alegaciones a la peticionaria y recibida las respuestas, las cuales obran en el expediente. Este órgano sustantivo, puso a disposición del órgano ambiental, tanto las respuestas de la peticionaria, como las alegaciones de carácter ambiental recibidas. Fuera de plazo se ha formulado una alegación, con fecha 22.3.2022.

Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, a la serie de organismos que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación, pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:

- Ayuntamiento de San Roque.

- Compañía de Petroleos, S.A.U.

- D.T. Agricultura, Ganaderia, Pesca y Desarrollo Sostenible. Sv DPH y Calidad (DH Cuencas Meditarráneas Andaluzas).

- Edistribución Redes Digitales, S.L.

- Red Eléctrica de España, S.A.

- Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con la documentación aportada, así mismo también se manifiesta conformidad con las alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de referencia.

Quinto. Con fecha de 27 de junio de 2022, el Ayuntamiento de San Roque, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 42.3 de la derogada Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, informa desfavorablemente en relación a la compatibilidad urbanística del proyecto. Según la disposición transitoria quinta del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía, se determina que en aquellos procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de dicho decreto-ley en los que se hubiese evacuado el informe de compatibilidad urbanística, se tendrá en cuenta dicho informe.

Sexto. Con fecha de 28 de agosto de 2022, la sociedad mercantil Alfa Conexión Solar, S.L. (B67149211), presenta una modificación de la línea de evacuación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica denominada «PSFV Arraez» de 40 MWp potencia, ubicada en el término municipal de San Roque (Cádiz).

Séptimo. Con fecha 30 de septiembre de 2022 se solicita a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz informe de compatibilidad con la legislación ambiental de la modificación presentada. Con fecha 5 de octubre de 2022 se registra en esta Delegación escrito de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz que determina la compatibilidad con la legislación ambiental, conforme a los artículos 18 y 19 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la Autorización Ambiental Unificada.

Octavo. Con fecha 24 de noviembre de 2022, la sociedad mercantil Alfa Conexión Solar, S.L. (B67149211), presenta informe urbanístico compatible del Ayuntamiento de San Roque para el Proyecto PSFV Arraez que incluye la modificación de la línea de evacuación y con fecha 16 de enero de 2023 se registra en esta Delegación Territorial el mismo informe enviado por el Ayuntamiento de San Roque.

Noveno. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante, R.D. 1955/2000), así como lo dispuesto en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 2/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (en adelante, Decreto 356/2010), se sometió el expediente a información pública durante 30 días en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de San Roque.

Habiendo formulado alegación dentro del plazo La Nava de Santa Ana, S.L., con NIF ****9142*, se le remitió a la peticionaria y recibida la respuesta, ésta obra en el expediente. En respuesta a la alegación se le trasladó a La Nava de Santa Ana, S.L., la adenda del Estudio de Impacto Ambiental de la modificación de la línea de la PSFV Arraez, otorgándoles diez días hábiles para que formulara las alegaciones que estimara oportunas, presentando nueva alegación a la adenda del Estudio de Impacto Ambiental que se remitió a la peticionaria y recibida la respuesta, obra en el expediente. Este órgano sustantivo, puso a disposición del órgano ambiental, tanto las respuestas de la peticionaria, como las alegaciones de carácter ambiental recibidas. Fuera de plazo se han formulado dos alegaciones con fecha 12.12.2022 y con fecha 20.12.2022.

Décimo. Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, y de síntesis del Estudio de Impacto Ambiental, a la serie de organismos que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación, pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:

- Ayuntamiento de San Roque.

- Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Dir. Gral. de Carreteras).

- Red Eléctrica de España, S.A.

- Acerinox Europa, S.A.

- Diputación Provincial de Cádiz (Sv. de Vías y Obras).

Con fecha 22 de febrero de 2023 se registra respuesta de la Diputación Provincial de Cádiz informando desfavorablemente el proyecto por afección a las carreteras provinciales CA-9202 y CA-9203, solicitando un estudio de las afecciones detallado y estableciendo prescripciones, lo que fue trasladado al peticionario. El resto de organismos afectados y la peticionaria manifiestan conformidad con las alegaciones e informes presentados por los citados organismos en los plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de referencia.

Undécimo. Con fecha de 16 de enero de 2023, la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, en aplicación de los dispuesto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, emite informe favorable de carácter vinculante de Autorización Ambiental Unificada (Expte. AAU/CA/032/22), en el cual se determina a los solos efectos ambientales la conveniencia de realizar el proyecto, fijando las condiciones en las que debe realizarse, en orden a la protección del medio ambiente y de los recursos naturales. Su texto íntegro se encuentra a disposición de los administrados en la página web de la Consejería competente en materia de Medio Ambiente.

A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:

- Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

- Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.

- Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía.

- Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto.

- Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.

- Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Segundo. Son de aplicación general al procedimiento:

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tercero. Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento:

- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

- Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.

- Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.

- Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

- Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

- Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

- Instrucción 1/2016 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre la tramitación y resolución de los procedimientos de autorización de las Instalaciones de Energía Eléctrica competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

- Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.

- Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

- Instrucción Conjunta 1/2022, de la Secretaría General de Energía de la Consejería de Política Industrial y Energía y de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, sobre tramitación coordinada de los procedimientos de autorizaciones administrativas de las instalaciones de energía eléctrica, competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se encuentren sometidas a Autorización Ambiental Unificada.

Cuarto. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; en el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía; y en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Delegación

RESUELVE

Primero. Conceder autorización administrativa previa, a Alfa Conexión Solar, S.L., de la instalación cuyas principales características serán:

Características fundamentales:

Planta solar «FV Arraez» de 40 MWp de potencia pico y 40 MW de potencia con permiso de acceso y conexión (AT-14043/19).

Generador fotovoltaico.

- Generador fotovoltaico sobre estructura con sistema de seguidor monofila con 2 módulos en vertical.

- 60.552 módulos fotovoltaicos de 660 Wp de potencia máxima, distribuidos en series de módulos dirigidos hacia 10 centros de potencia de 4.000 kVA

Centros de potencia:

- 10 centros de potencia de 4.000 kVA, formado por transformador y protecciones.

- 10 inversores centrales de 4000 kVA de potencia máxima.

Red de media tensión.

- 2 circuitos subterráneos de media tensión en anillo de conductores 18/30 kV de entre 95 y 400 mm² que unen los centros de potencia.

Red de media tensión desde centros de potencia hasta SET Arraez de 30/66 kV.

LMT1

- Origen: PS1.

- Final: SE.

- Subterráneo.

- Tipo de cable: RHZ1-18/30 kV-H25.

LMT2

- Origen: PS6.

- Final: SE.

- Subterráneo.

- Tipo de cable: RHZ1-18/30 kV-H25.

Infraestructura de evacuación.

Subestación transformadora de 30/66 kV, denominada «Arraez».

- Parque de 66 kV: Intemperie, 1 posición de línea, 1 posición de transformador.

- Parque de 30 kV: Cabinas tipo interior blindadas en gas SF6, simple barra, 2 posiciones de acometida de transformador, 2 posiciones de línea, 1 posiciones de medida y 1 posición de transformador de servicios auxiliares.

- Sistema de control y protección y puesta a tierra.

- Sistema de medida y comunicaciones.

Línea aerosubterránea de 66 kV hasta la «SE Mercancías»

- Tipo: Línea eléctrica trifásica aerosubterránea.

- Tensión: 66 kV.

- Longitud tramo aéreo: 2,575 km.

- Tipo Conductor aéreo: 242-AL1/39-ST1A (LA-280).

- Longitud tramo subterráneo: 3,4 km.

- Tipo Conductor: 3x1x240 mm² XLPE/HDPE 66/72,5 kV.

- Número de circuitos: 1.

- Número de cables: 3.

Conforme a los proyectos técnicos:

- Planta solar fotovoltaica «Arraez» en t.m. de San Roque, Cádiz, y Declaración responsable de 13 de agosto de 2021.

- Subestación eléctrica 66/30 kV en t.m. de San Roche, Cádiz, y Declaración responsable de 13 de agosto de 2021.

- Línea aéreo-subterránea 66 kV en el t.m. de San Roque, Cádiz, y Declaración responsable de 31 de marzo de 2023.

Técnico titulado competente: Ingeniero Técnico Industrial, don Ángel Blanco García, colegiado núm. 1162 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Huelva.

Segundo. La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establecen, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1. Las obras no podrán iniciarse hasta que la persona titular de la instalación no obtenga la Autorización Administrativa de Construcción, de acuerdo a lo establecido en el artículo 53.1b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. En la solicitud de la citada autorización deberá aportar separata del proyecto que cumpla con el condicionado prescrito por la Diputación Provincial de Cádiz en escrito de fecha 22 de febrero de 2023, expuesto en el antecedente de Hecho Décimo, por afección a las carreteras provinciales CA-9202 y CA-9203, para la consulta a este organismo para su pronunciamiento sobre el condicionado técnico procedente al proyecto de construcción, conforme al artículo 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

2. El plazo para solicitar la Autorización Administrativa de Construcción no podrá ser superior al 24 de abril de 2023 (tres meses antes del plazo máximo establecido por el artículo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica).

3. El titular de la instalación tendrá en cuenta, en la redacción del proyecto de construcción, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en:

Informe de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul relativo a la solicitud de autorización ambiental unificada presentada por Alfa Conexión Solar, S.L., con CIF B-67149211, para el proyecto de «Planta solar fotovoltaica Arraez» de 40 MWp, e infraestructuras de evacuación, en el término municipal de San Roque (Cádiz), expediente núm. AAU/CA/032/22, cuyo contenido íntegro puede consultarse en la siguiente dirección:

http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/

Así mismo, dicho proyecto se deberá adecuar al cumplimiento reglamentario en la afección de aquellos proyectos que dispongan de autorización administrativa previa a fecha de la presente resolución.

4. La autorización administrativa previa no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

5. Esta resolución podrá quedar sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado y éstas manifiesten oposición.

6. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

7. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

8. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Notifíquese la presente resolución a los interesados en el expediente y a los organismos que hayan sido consultados en los trámites realizados en el expediente.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Industrial y Energía de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cádiz, 10 de abril de 2023.- La Delegada, Inmaculada Olivero Corral.

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