Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 24/04/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul

Extracto de la Orden de 31 de marzo de 2023, por la que se convoca para el año 2023 la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a los Ayuntamientos de los municipios situados en las áreas de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Doñana y del Parque Nacional de Sierra Nevada para la financiación de actividades de iniciativa pública.

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BDNS (Identif.): 687719.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/687719

Primero. Convocatoria.

Se convoca para el año 2023 la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a los Ayuntamientos de los municipios situados en las áreas de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Doñana y del Parque Nacional de Sierra Nevada para la financiación de actividades, financiada por la Administración General del Estado, a través del Organismo Autónomo Parques Nacionales.

La cuantía total máxima destinada a las subvenciones es de 1.350.000,00 € atendiendo a la siguiente distribución:

PARQUE NACIONAL PROPORCIÓN IMPORTE (€)
DOÑANA 37,05 500.175,00
SIERRA NEVADA 62,95 849.825,00

Para el supuesto en que no existan beneficiarios suficientes que agoten la disponibilidad presupuestaria en un Parque Nacional, por no existir solicitantes o por no cumplir las solicitudes presentadas los requisitos de la Orden de 23 de julio de 2010, el crédito restante podrá pasar a incrementar la dotación presupuestaria asignada al otro Parque Nacional.

Segundo. Beneficiarios.

Aquellos Ayuntamientos de los municipios situados en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Doñana y del Parque Nacional de Sierra Nevada, de conformidad con el art 4.1.1.1 de la Orden de 23 de julio de 2010.

Tercero. Objeto.

La finalidad de estas ayudas es subvencionar los costes directamente relacionados con actividades no consistentes en inversiones en las áreas de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Doñana y del Parque Nacional de Sierra Nevada referidas a:

1.º Iniciativas públicas orientadas a la divulgación de los valores e importancia de los citados Parques Nacionales entre amplios sectores de la sociedad local.

2.º Iniciativas públicas destinadas a la formación de la población local en tareas relacionadas con la gestión de los Parques Nacionales en cualquiera de sus facetas, con la conservación de los valores naturales y culturales que justificaron su declaración o con el uso sostenible de los recursos naturales renovables.

Cuarto. Bases reguladoras.

La Orden de 23 de julio de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Doñana y del Parque Nacional de Sierra Nevada (BOJA núm 55, de 9 de agosto), modificada mediante Orden de 13 de agosto de 2018 (BOJA núm. 159, de 17 de agosto).

Quinto. Importe.

El importe total de esta convocatoria es de 1.350.000 euros, según se indica en el apartado primero. La cuantía mínima de subvención a cada Ayuntamiento asciende a 18.000 euros. Cada proyecto de actividad deberá tener un presupuesto superior a 4.000 euros.

Sexto. Solicitudes y plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y se dirigirán a la persona titular de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.

Las solicitudes se presentarán en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía a través del siguiente enlace del Canal de la Administración Electrónica de la página web de la Junta de Andalucía:

https://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/portal/web/cae.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estará a disposición de las entidades solicitantes en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/1998.html

Sevilla, a 14 de abril de 2023. El Viceconsejero, P.D. de firma del Consejero (Orden de 15.11.2022), Sergio Arjona Jiménez.

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