Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 15/05/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

Orden de 9 de mayo de 2023, por la que se aprueba la redistribución de crédito asignado a Entidades Locales Andaluzas para la realización de proyectos pilotos e innovación en servicios sociales comunitarios establecido en la Orden de 21 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la transformación tecnológica e innovación en el ámbito de los Servicios Sociales, dirigidas a entidades del tercer sector y Entidades Locales, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) -financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU-, y se efectúa su convocatoria en el año 2022.

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Mediante Orden de 21 de diciembre de 2022 se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la transformación tecnológica e innovación en el ámbito de los servicios sociales, dirigidas a entidades del tercer sector y entidades locales, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) –financiado por la Unión Europea-NextgenerationEU–, y se efectuó su convocatoria en el año 2022.

Para la Línea 4, se destina el importe que a continuación se especifica, y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:

Denominación de la línea Partidas presupuestarias Cuantía máxima (euros)
Línea N4. Subvenciones dirigidas a entidades locales andaluzas para la realización de proyectos pilotos e innovación en servicios sociales comunitarios con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia. 1800180000 G/31G/46000/MR08220201
1800180000 G/31G/46000/MR08220201 2023
4.930.625,00 €
2.370.599,00 €
Total: 7.301.224,00 €

El apartado 7 del dispositivo segundo de la orden establecía la siguiente distribución de créditos por ámbitos de competitividad:

Ámbito de competitividad 2022 (euros) 2023 (euros) Total (euros)
Ayuntamientos con población igual o superior a los 100.000 habitantes, Diputaciones Provinciales y entidades de cooperación territorial, cuyos proyectos se desarrollen por municipios que aglutinen una población igual o superior a los 100.000 habitantes. 2.465.312,50 1.185.299,50 3.650.612,00
Ayuntamientos con población igual o superior a los 50.000, habitantes e inferior a los 100.000 y entidades de cooperación territorial, cuyos proyectos se desarrollen por municipios que aglutinen una población situada en ese intervalo. 1.232.656,25 592.649,75 1.825.306,00
Ayuntamientos con población superior a los 20.000 habitantes e inferior a los 50.000, y entidades de cooperación territorial, cuyos proyectos se desarrollen por municipios que aglutinen una población situada en ese intervalo. 1.232.656,25 592.649,75 1.825.306,00
Cuantía total máxima (euros) 4.930.625,00 2.370.599,00 7.301.224,00

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes por parte de las entidades concurrentes, se ha comprobado la existencia de un excedente de crédito en alguno de los ámbitos territoriales o funcionales de actuación, y una carencia en alguno de los restantes. No habiéndose producido aún el comienzo de la evaluación previa de dichas solicitudes, se está en disposición de redistribuir el crédito inicialmente asignado, con el fin de dar cobertura al mayor número posible de solicitudes presentadas con el excedente de crédito existente respecto a la distribución inicial.

El artículo 9.1 de la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial dispone que, en aquellos casos en los que de conformidad con las bases reguladoras existiesen dos o más ámbitos territoriales y/o funcionales de concurrencia competitiva, la citada cuantía máxima se deberá distribuir entre dichos ámbitos en los importes que necesariamente debe indicar la convocatoria. Esta distribución podrá ser posteriormente modificada por parte del órgano que efectuó la convocatoria, en un acuerdo motivado adoptado con anterioridad al comienzo de la evaluación previa de las solicitudes presentadas, dándole difusión en los mismos medios de publicidad de aquella.

Por todo lo anterior, de conformidad con el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía y, de acuerdo con el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,

D I S P O N G O

Primero. Modificar el apartado 7 del dispositivo segundo de la Orden de 21 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la transformación tecnológica e innovación en el ámbito de los servicios sociales, dirigidas a entidades del tercer sector y entidades locales, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) –financiado por la Unión Europea-NextgenerationEU–, y se efectúa su convocatoria en el año 2022, con la redacción siguiente:

Ámbito de competitividad 2022 (euros) 2023 (euros) Total (euros)
Ayuntamientos con población igual o superior a los 100.000 habitantes, Diputaciones Provinciales y entidades de cooperación territorial, cuyos proyectos se desarrollen por municipios que aglutinen una población igual o superior a los 100.000 habitantes. 2.667.906,96 1.282.705,04 3.950.612,00
Ayuntamientos con población igual o superior a los 50.000, habitantes e inferior a los 100.000 y entidades de cooperación territorial, cuyos proyectos se desarrollen por municipios que aglutinen una población situada en ese intervalo. 1.232.656,25 592.649,75 1.825.306,00
Ayuntamientos con población superior a los 20.000 habitantes e inferior a los 50.000, y entidades de cooperación territorial, cuyos proyectos se desarrollen por municipios que aglutinen una población situada en ese intervalo. 1.030.061,79 495.244,21 1.525.306,00
Cuantía total máxima (euros) 4.930.625,00 2.370.599,00 7.301.224,00

Segundo. La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 9 de mayo de 2023

MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias 
e Igualdad
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