Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 30/07/2024

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

Resolución de 17 de julio de 2024, de la Gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca proceso de selección de artistas, contrato de duración determinada a tiempo parcial vinculado al proyecto de la Dirección Artística del Ballet Flamenco de Andalucía derivada de convocatoria publicada en BOJA núm. 133, de 13 de julio de 2023. Puesto: Maestro/a de Técnicas de Danza Clásica.

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Don Francisco Javier Rivera Rodríguez, en calidad de Gerente de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, en virtud del Decreto 266/2023, de 31 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, entidad adscrita a la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes de la Junta de Andalucía, que se constituyó mediante Ley 3/1991, de 28 de diciembre, y Decreto 46/1993, y transformada en Agencia Pública Empresarial mediante el artículo 20.1 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, aprobándose sus Estatutos mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 16 de los mencionados Estatutos,

RESUELVE

Primero. Convocar proceso selectivo para la cobertura, por el sistema de concurso a turno libre, del puesto de Maestro/a de Técnicas de Danza Clásica del Ballet Flamenco de Andalucía durante el desarrollo del Proyecto de la Dirección Artística derivada de la convocatoria publicada en BOJA núm. 133, de 13 de julio de 2023, según lo expuesto en las bases. Se formalizará un contrato de duración determinada a tiempo parcial sujeto al Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral especial de las personas artistas que desarrollan su actividad en las artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como de las personas que realizan actividades técnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad.

Segundo. Las bases que regirán la convocatoria son las contenidas en el Anexo I de la presente resolución.

Tercero. El modelo de solicitud se incluye en el Anexo II, Solicitud de Inscripción Convocatoria Proceso de Selección de Personal, y el modelo de alegaciones se incluye en el Anexo III.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, ante la Dirección de la Agencia, con carácter previo a la jurisdicción social.

Sevilla , 17 de julio de 2024.- El Gerente, Francisco Javier Rivera Rodríguez.

ANEXO I

BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE DURACIÓN DETERMINADA A TIEMPO PARCIAL DE ARTISTAS, PERSONAL AUXILIAR, PARA EL PUESTO DE MAESTRO/A DE TÉCNICAS DE DANZA CLÁSICA DEL BALLET FLAMENCO DE ANDALUCÍA, VINCULADO AL PROYECTO DE LA NUEVA DIRECCIÓN ARTÍSTICA DERIVADA DE CONVOCATORIA PUBLICADA EN BOJA NÚM. 133, DE 13 DE JULIO DE 2023

Primera. Antecedentes y objeto.

1.1. La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, es una agencia pública empresarial adscrita a la Consejería Turismo, Cultura y Deporte, de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, con personalidad jurídica pública diferenciada y plena capacidad jurídica y de obrar, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión. Son fines generales de la Agencia (artículo 4 de la mencionada Ley 1/2011, de 17 de febrero, la investigación, gestión, fomento y divulgación de las artes plásticas, las artes combinadas, las letras, el teatro, la música, la producción fonográfica, la danza, el folclore, el flamenco, la cinematografía y las artes audiovisuales.

Conforme lo establecido en el artículo 2 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales se constituye con el objetivo de optimizar, en términos de eficacia y economía, la gestión de los recursos públicos que la Administración de la Junta de Andalucía destina a la cultura, así como aquellos recursos obtenidos en el ejercicio de su actividad como consecuencia de la prestación de bienes y servicios que se entreguen o realicen, contribuyendo al acceso a los bienes culturales en condiciones de igualdad, y la participación equitativa de las personas, mujeres y hombres, en las actividades culturales.

Entre sus funciones concretas, el artículo 6.2.a) de los Estatutos recoge la de producción, fomento, formación y divulgación de las artes plásticas, las artes combinadas, las letras, el teatro y las artes escénicas y la música. En este marco, a fin de auspiciar el acceso de los ciudadanos a los bienes culturales, la Agencia realiza a través del Ballet Flamenco de Andalucía producciones coreográficas basadas en las distintas expresiones y manifestaciones del flamenco. El objetivo principal del Ballet Flamenco de Andalucía es contribuir al desarrollo de la interpretación, creación, producción y difusión de la danza andaluza con especial incidencia en los lenguajes flamencos, como establece el estatuto de autonomía de Andalucía y las recomendaciones de la UNESCO, incidiendo en la recuperación y difusión del patrimonio cultural de Andalucía, que tiene como elemento más singular el flamenco.

1.2. Mediante BOJA núm. 133, de 13 de julio de 2023, se publicó Resolución de la Gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se publicaba convocatoria de proceso selectivo para cubrir el puesto de la Dirección Artística del Ballet Flamenco de Andalucía mediante contrato temporal sujeto al Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto. Con fecha 26 de octubre de 2023 se publicó Resolución de la Gerencia mediante la que se adjudicó el contrato de Dirección Artística a doña Patricia Pérez Guerrero.

Una vez puesto en marcha el nuevo proyecto artístico y coreográfico de la Dirección Artística, se ha mostrado necesario completar y dirigir la formación técnica de ballet y danza clásica del elenco del Ballet Flamenco de Andalucía por una persona profesional en esta disciplina, al objeto de impartir una formación específica de alto nivel para mejorar el rigor artístico y la técnica de baile, colocación, postura y equilibrio de los bailaores y bailaoras del elenco del Ballet Flamenco de Andalucía.

El puesto de Maestro/a de Técnicas de Danza Clásica del Ballet Flamenco de Andalucía se considera personal auxiliar artista al prestar servicios vinculado directamente con la actividad artística del Ballet Flamenco de Andalucía, y necesario para el desarrollo y ejecución del proyecto de la Directora doña Patricia Pérez Guerrero.

La persona contratada desarrollará voluntariamente la actividad auxiliar de artista, por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección del Ballet Flamenco de Andalucía y de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, sometiéndose a las directrices de la Dirección artística y de la Agencia en cuanto a organización, jornada y horario, contenido funcional de la actividad y condiciones de trabajo en general, con sometimiento al Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto, y al Estatuto de los Trabajadores en lo que resulte procedente.

Las presentes bases tienen por objeto hacer pública la convocatoria de audiciones para la selección de un puesto de personal auxiliar artista, Maestro/a de Técnicas de Danza Clásica del Ballet Flamenco de Andalucía. El contrato temporal a tiempo parcial se vinculará exclusivamente al nuevo proyecto artístico y coreográfico de la Dirección Artística Dña. Patricia Pérez Guerrero, con la duración temporal indicada en la base tercera, que dependerá de las necesidades artísticas y producciones de la Dirección.

1.3. El contrato se formalizará con la primera persona seleccionada según orden de puntuación resultante del listado definitivo del resultado del proceso. El resto de las candidaturas seleccionadas se considerarán suplentes.

1.4. El presente sistema de selección garantiza el respeto a los principios de publicidad, mérito, capacidad, igualdad, libre concurrencia, celeridad y transparencia en el proceso de selección.

Segunda. Destinatarios/as de la convocatoria.

2.1. La convocatoria se dirige a todas las personas que, cumpliendo los requisitos y elementos de los perfiles indicados en el punto 4, presenten la solicitud y documentación que se indica.

2.2. La convocatoria será expuesta en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (www.aaiicc.es) y en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía. En la web de la Agencia se publicarán las comunicaciones necesarias y, en todo caso, los listados provisionales y definitivos del proceso de selección y la resolución de adjudicación de la contratación.

Tercera. Datos de la convocatoria.

3.1. Modalidad de contrato: La incorporación se formalizará mediante contrato sujeto a Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral especial de las personas artistas que desarrollan su actividad en las artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como de las personas que realizan actividades técnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad; Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público; y normativa de restante que le resulte de aplicación. El contrato incluye un periodo de prueba de 15 días.

3.2. Duración, jornada y horario: La contratación tendrá una duración desde la resolución del proceso de selección hasta el 31 de diciembre de 2024, prorrogable anualmente hasta febrero de 2028. La jornada será a tiempo parcial, 10 horas semanales, no referenciada a jornada completa, y horario general de mañana de lunes a viernes con flexibilidad para trabajar en distinta franja horaria y/o fines de semana según necesidades organizativas del Ballet. 

3.3. Retribución: Salario bruto anual de 7.381,89 € (no incluye la revisión salarial de 2024), en concepto de salario base, distribuido en 12 mensualidades.

3.4. Funciones: Realizar labores de calentamiento al inicio de las jornadas de ensayo; labores de formación y desarrollo de todos los aspectos propios de la técnica en danza clásica; formación a los bailarines en anatomía, biomecánica y fisiología aplicados a la danza, al objeto de prevenir lesiones y patologías en la danza; así como cualquier labor análoga le sea encomendada por la Dirección Artística.

3.5. El desempeño del puesto está sometido a las restricciones de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y normativa de desarrollo.

Cuarta. Requisitos de las candidaturas.

Las personas solicitantes deberán acreditar los siguientes requisitos mínimos obligatorios no baremables:

4.1. Cumplir los requisitos generales de participación en procesos selectivos para el acceso al empleo público previstos en el artículo 56.1 del texto refundido de la Ley Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, salvo la edad mínima que debe ser igual o superior a 18 años.

4.2. Formación: Titulación Profesional de Danza en la especialidad de danza clásica o título equivalente.

4.3. Experiencia de, al menos, dos años en el sector profesional de la danza clásica realizando funciones de Maestro/a o Bailarín/a profesional.

Requisitos valorables:

4.4. Formación complementaria relacionada con el puesto de un mínimo de 25 horas. Las horas deben constar en el certificado/diploma que se aporte.

4.5. Vídeo en Youtube, u otra plataforma, de un máximo de 10 minutos de duración, en la que se realicen brevemente las técnicas barra, centro y variaciones.

Quinta. Solicitud y documentación.

5.1. Las personas interesadas en participar en el proceso deberán presentar solicitud de participación según modelo que se adjunta como Anexo II, así como toda la documentación mínima obligatoria fotocopiada y la justificación de méritos indicada a continuación:

- Curriculum vitae de la persona aspirante debidamente actualizado.

- Documentación acreditativa de la formación obligatoria.

- Documentación acreditativa de la experiencia.

- Documentación acreditativa de la formación complementaria.

- Fotocopia DNI (en caso de extranjeros/as, fotocopia del pasaporte y permiso de trabajo y residencia).

- Enlace de vídeo en Youtube u otra plataforma. No se admitirán vídeos como archivos adjuntos (MP4, AVI, o similar) o entregados en algún soporte (DVD, Pen Drive). Únicamente se admitirán enlaces web.

5.2. La Agencia podrá requerir en cualquier momento los documentos originales, así como la documentación aclaratoria que entienda necesaria.

5.3. La documentación que no esté redactada en español deberá adjuntar la correspondiente traducción oficial.

5.4. Únicamente se admitirán las solicitudes presentadas en plazo y que contengan el Anexo II debidamente cumplimentado y firmado, así como la totalidad de la documentación mínima obligatoria actualizada y enlace para el correcto acceso al vídeo. La presentación de la candidatura fuera del plazo implica la exclusión del proceso de selección.

Sexta. Plazo y lugar de presentación.

6.1. Las solicitudes (Anexo II) y documentación adjunta deben presentarse en el plazo de 10 días hábiles siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

6.2. En el Anexo II debe cumplimentarse el apartado Ref. Proceso Selección indicando, con iguales caracteres, 03-2024-PCBFA, y el apartado Denominación del Puesto indicando, de igual manera, «Proceso de Selección de Maestro/a de técnicas de danza clásica BFA».

6.3. Se presentarán preferentemente por vía telemática a través del portal de la Ventanilla Electrónica General de la Junta de Andalucía https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/, a través de la Presentación Electrónica General https://juntadeandalucia.es/servicios.html o en los registros de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte y delegaciones provinciales, además de los diferentes registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública.

6.4. Las candidaturas enviadas por correo postal o las presentadas en algún registro oficial en formato papel deben remitirse a la persona titular de la Gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, sita en el Estadio La Cartuja, Puerta 13,  41092, Sevilla. En ambos casos, deberá comunicarse el envío por correo electrónico (rrhh.aaiicc@juntadeandalucia.es), adjuntando justificante de la fecha de imposición del envío en las oficinas de correos o la fecha de entrega en otro centro dentro del plazo. En estos casos, se entregarán en un sobre cerrado, junto con el Formulario de Solicitud de Inscripción (Anexo II) firmado, mencionando en el asunto Proceso de Selección de Maestro/a de técnicas de danza clásica BFA , ref. 03-2024-PCBFA.

6.5. No se admitirán candidaturas ni documentación remitida por otras vías distintas a las expuestas en este punto.

Séptima. General proceso de selección.

7.1. Se constituirá un Comité de Selección designado por:

Presidencia: Patricia Pérez Guerrero (Directora Artística del Ballet Flamenco de Andalucía).

Vocalías, con voz y voto: Cristóbal Ortega Martos (Director del Instituto Andaluz de Flamenco), Eduardo Leal Ruiz (Repetidor del Ballet Flamenco de Andalucía), María Marí Pérez (Jefa de Departamento del Ballet Flamenco de Andalucía) y José Raúl Gómez Álvarez (Técnico/a de Gestión del Ballet Flamenco de Andalucía).

Secretaría: M.ª Isabel Pérez Martín (Titulada Superior de la Unidad de Recursos Humanos), con voz y sin voto.

Al Comité podrán asistir adicionalmente asesores y/o personal de la Agencia.

Las personas miembros del Comité no podrán estar incursos en causas de abstención y recusación establecidas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

7.2. Primera fase: Las candidaturas que reúnan los requisitos mínimos obligatorios relacionados en el punto 4 participarán en el proceso de selección, que se iniciará con la baremación de la formación complementaria y la visualización y valoración de los vídeos a partir de los criterios de técnica de barra, técnica de centro y variaciones.

Tras ello, se publicará en la web de la Agencia y Portal de Transparencia un listado provisional de candidaturas admitidas, por cumplir los requisitos mínimos del punto 4 de las bases, y de candidaturas excluidas, señalándose la causa de exclusión (Listado provisional núm. 1). Junto con las candidaturas admitidas se publicarán las puntuaciones obtenidas según baremo de la base octava (máximo 3 puntos).

Las personas interesadas podrán formular las alegaciones que a su derecho convengan en el plazo de 3 días hábiles.

Una vez analizadas las alegaciones, se publicará el listado definitivo de candidaturas admitidas y excluidas del proceso de selección y puntuaciones de los vídeos (Listado definitivo núm. 1), que servirá de resolución a las reclamaciones recibidas.

El Comité de Selección podrá acordar que no pasen a la segunda fase las candidaturas admitidas que no obtengan en la valoración de los vídeos, al menos, 1,25 puntos.

7.3. Segunda fase: Prueba y entrevista.

Una vez publicado el listado definitivo núm. 1, el Comité el Comité celebrará una prueba práctica con las candidaturas admitidas que hayan superado la fase anterior, al objeto de contrastar, con la impartición de una clase en directo, el cumplimiento de los requisitos de técnica en ejercicios de barra; técnica en ejercicios de centro; técnica en variaciones; y adecuación del perfil con el proyecto coreográfico (máximo 5 puntos, debiendo obtenerse, al menos, 2,5 puntos). Las pruebas se realizarán individualmente en la sede del Ballet Flamenco de Andalucía, sito en Sevilla, Estadio de la Cartuja, puerta 1, 41092 Sevilla.

La persona candidata autoriza a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales a la grabación en vídeo de la prueba al objeto de facilitar la posterior valoración.

A continuación, el Comité realizará una entrevista competencial a las candidaturas admitidas basada en evidencias objetivas relacionadas con el perfil del puesto de trabajo objeto de la convocatoria: (1) capacidad de comunicación, (2) atención al usuario y (3) detección de necesidades, planificación y organización, (4) motivación al puesto y adecuación general al perfil del puesto, según baremo de la base octava (máximo 2 puntos).

Al finalizar pruebas y entrevistas se publicará un listado provisional (Listado provisional núm. 2) con las puntuaciones totales de cada candidatura seleccionada resultado de las dos primeras fases. Las personas interesadas podrán formular las alegaciones que a su derecho convengan en el plazo de 3 días hábiles. Una vez analizadas las alegaciones recibidas, se publicará el listado definitivo (Listado definitivo núm. 2). El resultado de las puntuaciones quedará a disposición de todas las candidaturas.

7.4. Tras la finalización de la segunda fase, el Comité de Selección emitirá una propuesta, tras la cual se publicará la resolución de la Gerencia de la Agencia con la candidatura seleccionada y suplentes, según orden de puntuación total de las candidaturas que superen el proceso de selección, en la página web corporativa de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (www.aaiicc.es) y Portal de Transparencia.

7.5. La convocatoria puede ser declarada parcial o totalmente desierta si ninguna de las candidaturas obtuviera un mínimo de 5,5 puntos o no se ajustarán al puesto según criterios de idoneidad. En caso de empate de puntuaciones, se dará prioridad a la solicitud que tenga una fecha anterior de entrada en el registro oficial.

7.6. La persona seleccionada se someterá al correspondiente reconocimiento médico de Vigilancia de la Salud.

7.7. Todos los listados, así como la resolución del proceso de selección, serán publicados en la página web corporativa de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (www.aaiicc.es) y Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía e incluirán nombres y apellidos.

Octava. Baremos de referencia de la segunda fase (máximo 10 puntos):

No se valoran los requisitos mínimos exigidos para el puesto:

Criterios de valoración proceso de selección Puntuación máxima
PRIMERA FASE PRIMERA FASE:
- Baremación de la formación complementaria relacionada con el puesto (0,003 ptos/hora, máximo 0,75 ptos.)
- Valoración vídeos:
1. Técnica en ejercicios de barra: máximo 0,75 ptos.
2. Técnica en ejercicios de centro: máximo 0,75 ptos.
3. Técnica en variaciones: máximo 0,75 ptos.
3
SEGUNDA FASE Valoración de la prueba:
Técnica en ejercicios de barra: máximo 1,25 ptos.
Técnica en ejercicios de centro: máximo 1,25 ptos.
Técnica en variaciones: máximo 1,25 ptos.
Adecuación del perfil con el proyecto: máximo 1,25 ptos.
5
Entrevista:
Valoración de las competencias mínimas necesarias y evidencias objetivas relacionadas con el perfil del puesto de trabajo: (1) capacidad de comunicación, (2) atención al alumnado, (3) detección de necesidades, planificación y organización, (4) motivación al puesto y adecuación general al perfil del puesto, otorgándose a cada competencia un máximo de un 25% de la puntuación.
2

Novena. Información

Para más información sobre esta convocatoria, las personas interesadas podrán dirigirse al teléfono 955 92 90 00 o remitir sus consultas a la dirección de correo electrónico rrhh.aaiicc@juntadeandalucia.es

Todo lo cual se hace público para general conocimiento.

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