Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 167 de 28/08/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 14 de mayo de 2024, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de autotaxis del Área de Prestación Conjunta del Servicio del Taxi del Aljarafe (Sevilla). (PP. 8639/2024).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00302057.

Resolución de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de autotaxis del Área de Prestación Conjunta del Servicio del Taxi del Aljarafe (Sevilla).

De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto por el Jefe del Servicio de Relaciones con las Corporaciones Locales con fecha 13 de mayo de 2024 y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos,

RESUELVO

Primero. Autorizar las tarifas de autotaxis del Área de Prestación Conjunta del Servicio del Taxi del Aljarafe (Sevilla) que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

TARIFAS AUTORIZADAS

IVA INCLUIDO

Tarifa 1:

Será de aplicación los días laborables de 7:00 a 21:00 horas en trayectos entre municipios integrados dentro del Área de Prestación Conjunta del Servicio del Taxi del Aljarafe.

CUANTÍAS EUROS
Bajada de Bandera 1,37 euros
km recorrido 1,23 euros
Hora de espera 20,20 euros
Carrera mínima 5,04 euros

Tarifa 2:

Será de aplicación en trayectos entre municipios integrados dentro del Área de Prestación Conjunta del Servicio del Taxi del Aljarafe en los supuestos siguientes:

- Servicios realizados sábados, domingos y festivos de 00:00 a 24:00 horas.

- Servicios realizados en días laborables en horario de 21:00 a 7:00 horas.

- Servicios realizados durante los días de Semana Santa (de Domingo de Ramos a Domingo de Resurrección).

- Servicios realizados durante los días 24 y 31 de diciembre de 00:00 a 24:00 horas.

CUANTÍAS EUROS
Bajada de Bandera 1,68 euros
Km recorrido 1,54 euros
Hora de espera 25,17 euros
Carrera mínima 5,60 euros

Suplementos:

1. Por cada maleta, bulto o conjuntos de bultos de más de 60 cm se añadirán:

CUANTÍAS EUROS
Suplemento 0,55 euros

Limitación de tarifas por aplicación del artículo 70.3 de ordenanza reguladora en vigor: Para los servicios prestados por emisora, la recogida de clientes se realizará con un máximo de 3,26 euros con Tarifa 1 y de 4,35 euros con Tarifa 2, incluida la bajada de bandera.

Para los servicios prestados por emisora en los Eurotaxis, siempre que para realizar el servicio utilicen la plataforma para transportar discapacitados, la recogida de clientes se realizará con un máximo de 6,53 euros con Tarifa 1 y de 7,62 euros con Tarifa 2, incluida la bajada de bandera.

Segundo. Esta Resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente a los usuarios del servicio, por los profesionales del sector, exhibiéndola en un lugar visible del vehículo hasta tanto no se publique en el citado boletín.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de Hacienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de mayo de 2024.- El Director General, Jesús Ignacio Pérez Aguilera.

Descargar PDF