Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 03/01/2024

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Orden de 20 de diciembre de 2023, por la que se resuelve el procedimiento para el reconocimiento de la acreditación del profesorado de enseñanza bilingüe, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con los niveles de competencia lingüística del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, correspondiente a la convocatoria de 2023.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00294833.

La Orden de 19 de mayo de 2015, por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento de acreditación de los niveles de competencia lingüística en lenguas extranjeras, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, para el profesorado de enseñanza bilingüe en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en el artículo 4, apartados 1 y 2, que el procedimiento para el reconocimiento de acreditaciones de los niveles de competencia lingüística expedidas por entidades certificadoras de enseñanza de idiomas se iniciará a instancia de la entidad interesada, mediante solicitud dirigida a la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, siendo el plazo de presentación de solicitudes del 1 al 30 de septiembre.

Examinada la única solicitud junto a su documentación, presentada por la entidad Pearson Educación, S.A., para el reconocimiento de la acreditación de los niveles de competencia lingüística en lenguas extranjeras correspondiente a la convocatoria de 2023, ha recaído informe favorable de la Comisión de Valoración constituida al efecto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Orden de 19 de mayo de 2015. Consta en el expediente que se ha cumplimentado el preceptivo trámite de audiencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Orden de 19 de mayo de 2005, la resolución por la cual se reconozca a una entidad la acreditación de competencias lingüísticas deberá contener la denominación de la entidad, así como la persona representante legal de la misma y su domicilio, junto a la acreditación reconocida con indicación del nivel de competencia lingüística de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Asimismo, en virtud de lo establecido en el artículo 6.3 la resolución se dictará en el plazo máximo de tres meses, contados a partir de la fecha de finalización del plazo de solicitud y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Vista la Ley 39/2015, de 1 de octubre; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; la Orden de 28 de junio de 2011, por la que se regula la enseñanza bilingüe en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía; la Orden de 29 de junio de 2011, por la que se establece el procedimiento de autorización de la enseñanza bilingüe en centros docentes de titularidad privada y demás normas de general y pertinente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia, vista la propuesta de la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas en virtud de las competencias que le atribuye el Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,

DISPONGO

Primero. Otorgar el reconocimiento para la acreditación del profesorado de enseñanza bilingüe, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a la entidad Pearson Educación, S.A., representada legalmente por María Jesús Panizo Burgos, con domicilio social en la calle Ribeira del Loira, 16-18 bajo (Madrid), del título Pearson Edexcel Certificate in ESOL International Level 3, de acuerdo con el nivel C2 de competencia lingüística en idioma inglés del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

Segundo. La presente orden surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición, ante esta Consejería, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de diciembre de 2023

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Desarrollo Educativo 
y Formación Profesional
Descargar PDF