Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 29/01/2024

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Anuncio de 12 de enero de 2024, de Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén, por el que se somete a información pública la solicitud de declaración de utilidad pública del proyecto que se cita. (PP. 8049/2024).

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Expediente: PRETOR 2480.

Con fecha 14 de noviembre de 2023, Greenalia Solar Power Zumajo II, S.L., con NIF B44507572 y domicilio social en Plaza María Pita, núm. 10, planta 1.ª, 15001 A Coruña, solicita la declaración, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones de referencia.

A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones eléctricas que a continuación se indican, publicándose la relación concreta e individualizada de los interesados, bienes y derechos afectados a efectos de la urgente ocupación según el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Peticionario: Greenalia Solar Power Zumajo II, S.L., con NIF B44507572 y domicilio social en plaza María Pita, núm. 10, planta 1.ª, 15001 A Coruña.

Finalidad: Proyecto de «Instalación fotovoltaica denominada Zumajo II de 49,99 MWP y línea de media tensión 30 kV CS Zumajo II-SET Zumajo I», en los términos municipales de Marmolejo, Lopera y Arjona (Jaén).

Características principales de la instalación:

Planta solar fotovoltaica «Zumajo II»:

La instalación fotovoltaica Zumajo II consta de una potencia pico de 49,99 MW y una potencia instalada en inversores de 42,78 MW. La potencia de generación de la instalación fotovoltaica se consigue con la instalación de 75.180 módulos conectados en series de 30 módulos.

El centro de seccionamiento estará compuesto por caseta prefabricada modelo Sarpel o similar. Contará con un conjunto de celdas de 30 kV para unificar los diferentes circuitos con que cuenta la planta, unificando toda la potencia en un único circuito de salida hasta la subestación.

Línea de evacuación CS Zumajo II-SET Zumajo I:

Tramo I (subterráneo):

• Longitud de línea: 12.980 metros.

• Origen: CS Zumajo II.

• Final: Ap. núm. 1 PAS.

Tramo II (aéreo):

• Longitud: 478,46 metros.

• Núm. de apoyos: 2.

• Material apoyos: Metálicos.

• Cimentaciones: Hormigón.

Tramo III (subterráneo):

• Longitud de línea: 1.263 metros.

• Origen: Ap. núm. 2 PAS.

• Final: SET Zumajo I.

La servidumbre de paso aéreo y de paso subterráneo de energía eléctrica y la propia planta fotovoltaica comprenderá las afecciones derivadas de la expropiación a tenor de lo establecido en los artículos 157, 158, 159 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre:

Artículo 158. Servidumbre de paso aéreo de energía eléctrica.

a) El vuelo sobre el predio sirviente.

b) El establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de los cables conductores de energía eléctrica e instalación de puestas a tierra de dichos postes, torres o apoyos fijos.

c) El derecho de paso o acceso para atender al establecimiento, vigilancia, conservación, reparación de la línea eléctrica y corte de arbolado, si fuera necesario.

d) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a los fines indicados en el párrafo c) anterior.

Artículo 159. Servidumbre de paso subterráneo de energía eléctrica.

a) La ocupación del subsuelo por los cables conductores a la profundidad y con las demás características que señale la normativa técnica y urbanística aplicable. A efectos del expediente expropiatorio y sin perjuicio de lo dispuesto en cuanto a medidas y distancias de seguridad en los Reglamentos técnicos en la materia, la servidumbre subterránea comprende la franja de terreno situada entre los dos conductores extremos de la instalación.

b) El establecimiento de los dispositivos necesarios para el apoyo o fijación de los conductores.

c) El derecho de paso o acceso para atender al establecimiento, vigilancia, conservación y reparación de la línea eléctrica.

d) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a los fines indicados en el párrafo c) anterior.

De conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la citada Ley 24/2013, la declaración, en concreto, de utilidad pública, lleva implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por la instalación cuya relación se inserta al final de este anuncio, indicándose que el Proyecto de ejecución podrá ser examinado en las dependencias de esta Delegación Territorial en Jaén, sita en Paseo de la Estación, núm. 19, 2.ª planta, 23007 Jaén, o en la página web de la Junta de Andalucía a través de la url: www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html y en su caso presentarse en dicho centro, las alegaciones que se estimen oportunas, en el plazo de 30 días, a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio.

Así mismo la presente publicación se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Jaén, 12 de enero de 2024.- El Delegado, Javier Calvente Gallego.

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