Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 91 de 13/05/2024

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul

Anuncio de 7 de mayo de 2024, de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada, por el que se notifican a los interesados los actos relativos a determinados procedimientos sancionadores en materia de medio ambiente que se citan.

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En virtud de lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta de que no ha sido posible la notificación en el último domicilio conocido de los interesados, por el presente anuncio se notifica a los interesados que se relacionan los siguientes actos administrativos, para cuyo conocimiento íntegro podrán comparecer en la Secretaría General de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Granada, sita en C/ Joaquina Eguaras, núm. 2, 2.ª planta, en Granada, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto de acto notificado, se indican a continuación:

NIF: 24065889T.

Expte.: OBL 72/2023.

Acto notificado: Notificación de la necesidad del cumplimiento de la obligación derivada del expediente sancionador GR/2019/607/OF/VP.

Obligación: «Deberá cesar en la ocupación de la vía pecuaria retirando el vallado y la cancela de la misma».

No constando a día de hoy cumplida, por la presente se procede a la apertura del expediente de obligaciones y se les requiere para que, en un plazo de dos meses, contados a partir de la fecha de recepción de esta notificación, procedan a su realización, debiendo comunicarlo y acreditarlo ante esta Delegación Territorial.

Transcurrido este periodo sin que se haya comunicado el cumplimiento por la titular, se solicitará que se gire de nuevo visita por los Agentes de Medio Ambiente al lugar de los hechos y si se confirma que continua la misma situación, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 20 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, así como la posibilidad que los artículos 98 y 103 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, oferta a las Administraciones Públicas a través de sus órganos competentes, se podrá proceder, previo apercibimiento, a la ejecución forzosa del acto administrativo, mediante la imposición de multas coercitivas reiteradas por lapsos de tiempo, que sean suficientes para cumplir lo ordenado.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las personas físicas no están obligadas a relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. No obstante, se pone en su conocimiento que, si desea relacionarse electrónicamente con esta Administración, debe mostrar su consentimiento y para ello facilitar una dirección de correo electrónico, y, opcionalmente, dispositivo electrónico en el que recibir avisos de notificaciones.

Granada, 7 de mayo de 2024.- El Delegado, Manuel Francisco García Delgado.

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