Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 101 de 29/05/2025

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 22 de mayo de 2025, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca para su provisión por acceso libre, mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza vacante de la categoría profesional Titulado/a de Grado Medio de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y Mantenimiento (Perfil: Responsable de Gestión de Instalaciones). Servicio de Mantenimiento de la Universidad de Sevilla, en régimen laboral con carácter fijo, correspondiente al Grupo II del Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

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En el ejercicio de las competencias conferidas por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y de conformidad con el artículo 134 y siguientes de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, aprobados por Decreto 98/2025, de 30 de abril, el IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, de conformidad con la Resolución de 24 de mayo de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se acuerda publicar la Oferta de Empleo Público (OEP) del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2022 (BOJA núm. 101, de 30 de mayo de 2022, página 8674/1), tras la preceptiva aprobación de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía mediante la Orden de 5 de octubre de 2022, previo acuerdo con el Comité de Empresa, y en uso de las competencias que le están atribuidas por el artículo 136 de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, el Rector de esta Universidad resuelve convocar para su provisión por acceso libre, mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza vacante de Titulado/a de Grado Medio de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y Mantenimiento (Perfil: Responsable de Gestión de Instalaciones). Servicio de Mantenimiento, reservada a la plantilla de personal laboral.

A la vista de lo expuesto, se convoca procedimiento selectivo con sujeción a las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Características generales de la convocatoria.

1.1. Plaza convocada. Se convoca proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para cubrir en condición de personal laboral fijo de plantilla, una plaza de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral de la Universidad de Sevilla de la categoría profesional de Titulado/a de Grado Medio de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y Mantenimiento (Perfil: Responsable de Gestión de Instalaciones). Servicio de Mantenimiento (Código 2005), correspondiente al Grupo II del vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

En caso de que la plaza convocada quedara desierta, se acumulará al cupo de la oferta siguiente.

1.2. Funciones. La persona candidata seleccionada desarrollará las funciones descritas en el Anexo I a esta resolución.

1.3. Normativa aplicable. El proceso de selección se regirá por lo previsto en las bases de esta convocatoria y en sus anexos, y en su defecto, por lo establecido en el Convenio Colectivo de aplicación, Reglamento General del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como el resto de la normativa universitaria, estatal y de la Comunidad Autónoma que sea de aplicación.

1.4. Sistema de selección. El sistema selectivo será de concurso-oposición, el cual se llevará a efecto en las condiciones que se determinan en la base sexta de esta convocatoria.

1.5. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo I de esta convocatoria.

1.6. Notificaciones. De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, toda la información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas participantes e interesadas se publicará en la siguiente dirección de la página web de la Universidad de Sevilla: https://recursoshumanos.us.es

1.7. Publicación de la convocatoria. Se remitirá para su publicación al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) el texto completo de la convocatoria y sus bases y al Boletín Oficial del Estado (BOE) se enviará anuncio en el que constarán las características generales y lugares de publicación del texto completo de la convocatoria, siendo la fecha de inicio de efectos de la convocatoria la de publicación en el BOE. Asimismo, conforme al Reglamento sobre Administración Electrónica de la Universidad de Sevilla (acuerdo 7.1/CG 20-12-22; BOUS Núm.12/2022, de 23 de diciembre), las bases de la convocatoria serán publicadas en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla.

1.8. Cómputo de plazos. Con objeto de facilitar su cumplimiento el mes de agosto no computará a los efectos de los plazos previstos en las bases de la presente convocatoria.

2. Requisitos de participación.

2.1. Requisitos generales. Para concurrir a esta convocatoria las personas aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular, los siguientes:

a) Tener nacionalidad española, ser nacional de los estados miembros de la Unión Europea o estar incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad legalmente establecida de jubilación.

c) Estar en posesión de la titulación requerida en Anexo I, o de la justificación acreditativa de haberla solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, siempre que esté reconocida por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

En el supuesto de estar en posesión de un título equivalente al exigido en la convocatoria, habrá de alegarse documentalmente la norma que establezca la equivalencia o, en su defecto, acompañar certificado expedido por el órgano competente que acredite dicha equivalencia.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación en España o, en su caso, el correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

d) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la categoría profesional a la que aspira, requisito éste que deberá ser acreditado en el momento de la formalización del contrato.

f) No estar afectado/a de incompatibilidad, de conformidad con lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades, requisito éste que deberá ser acreditado en el momento de la formalización del contrato.

Asimismo, las personas aspirantes deberán poseer un conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones. Dicho conocimiento podrá ser objeto de constatación en cualquier momento del procedimiento y por cualquier medio admisible en derecho.

2.2. Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha de formalización del contrato.

2.3. Adaptaciones. Las personas aspirantes con discapacidad reconocida o con una situación de salud sobrevenida, podrán solicitar en el modelo oficial de solicitud, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios para realizar las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad.

De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar, en caso de discapacidad reconocida, el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la necesidad de adaptación, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada, contando para ello con el asesoramiento del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Sevilla. En el caso de personas con una situación de salud sobrevenida, deberán adjuntar certificado expedido por un facultativo de la Seguridad Social en el que se informe de dicha circunstancia.

2.4. Cada una de las personas aspirantes es personalmente responsable de la veracidad de la información o documentación aportada y estará obligada a presentar la documentación original en cualquier momento a requerimiento de la Administración.

El falseamiento de la documentación aportada justificativa de los requisitos alegados implicará la exclusión de la persona aspirante de la lista, reservándose la Universidad de Sevilla el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar en derecho. Los requisitos exigidos en las bases de esta convocatoria deberán, no obstante, ser acreditados fehacientemente en el plazo de aportación de documentos previo a la formalización del contrato, siendo excluida en caso contrario de la relación definitiva de personas aprobadas.

3. Solicitud: Modelo 761. Plazo. Presentación de solicitud y documentos adjuntos a través de Registro.

3.1. Solicitud (Modelo 761). Inscripción en el proceso. De conformidad con el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deben necesariamente inscribirse y cumplimentar el formulario disponible en la página web de Recursos Humanos (que generará la solicitud Modelo 761), en la siguiente URL:

https://recursoshumanos.us.es/index.php?page=solicitudes

Las personas interesadas podrán inscribirse a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán dirigirse al correo electrónico: seleccionpaslaboral@us.es

Una vez cumplimentados en la citada página web los datos solicitados, deberán pulsar en la parte inferior del formulario sobre la opción “Generar solicitud”.

La falta de inscripción y/o solicitud de participación en el plazo establecido supondrá la exclusión del proceso selectivo. No será considerada válida en ningún caso la solicitud cumplimentada manualmente.

La inscripción telemática por sí sola no da acceso al proceso selectivo, será imprescindible completar el proceso presentando la solicitud generada y firmada (Modelo 761) a través de Registro.

3.2. Derechos de examen. La tarifa correspondiente a los derechos de examen será de 30 euros.

La persona interesada deberá justificar el abono de los derechos de examen en la cuenta restringida de recaudación número ES77-0049-2588-71-2114241655 –Código SWIFT (BIC) BSCHESMM- del Banco Santander, mediante una de las siguientes formas de pago:

a) Sellado por la Entidad Bancaria de la parte inferior de la solicitud destinada a tal efecto, directamente en las oficinas de la citada entidad.

b) Resguardo original de ingreso en cajero automático del Banco Santander, debiendo consignar en el campo «concepto» nombre y apellidos de la persona participante, número de DNI, NIE o Pasaporte, código 761 y código de la plaza (2005).

c) Resguardo acreditativo de transferencia bancaria, en la que deberá hacer constar obligatoriamente, en el campo observaciones, nombre y apellidos de la persona participante, número del DNI, NIE o Pasaporte, código 761 y código de la plaza (2005).

Estarán, no obstante, exentos del abono de las tasas de derechos de examen, haciéndolo constar en el impreso de la solicitud (Apartado 4 del formulario de solicitud), los siguientes colectivos:

1. Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento. Deberá acreditarse mediante certificado en vigor de la condición y grado de discapacidad que tengan reconocido, expedido por el órgano competente.

2. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos/as. Deberá acreditarse aportando la resolución administrativa o judicial firme del reconocimiento de tal condición.

3. Las familias numerosas, en los siguientes términos:

- 100% de exención a los miembros de familias de categoría especial.

- 50% de exención a los miembros de familias de categoría general.

Deberá aportarse título vigente acreditativo de tal condición, expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente.

4. Las personas beneficiarias de la prestación del ingreso mínimo vital o beneficiarias de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía o en otra Comunidad Autónoma. Se deberá presentar certificado acreditativo de ser persona beneficiaria de alguna de estas prestaciones, al menos durante el plazo de presentación de solicitudes de participación.

5. Las víctimas de violencia de género, doméstica o de ambas. A estos efectos, tendrán la consideración de víctima de violencia doméstica las personas a que se refiere el artículo 173.2 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que cuenten con orden de protección en vigor e inscrita en el Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica, o con sentencia judicial firme por tal motivo en los últimos diez años. Se deberá justificar mediante la presentación de documentación acreditativa.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen, o de encontrarse exento/a del mismo, determinará la exclusión de la persona aspirante.

En ningún caso se dará carácter de solicitud al simple abono de dichos derechos en la Entidad Bancaria correspondiente. La no presentación de la solicitud, aun justificándose el abono de los mencionados derechos, dará lugar a la exclusión definitiva de la persona solicitante.

El abono de la tasa por derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá realizarse o estar acreditado dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de tasas y precios públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo, debiendo la persona interesada solicitar la devolución de las cantidades ingresadas aportando los datos necesarios para la transferencia bancaria correspondiente. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.

3.3. Documentación a presentar junto con la solicitud. Una vez realizados los anteriores trámites, las personas interesadas en participar en este proceso selectivo dispondrán de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE), para presentar la solicitud y documentación siguiente:

a) Copia del Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte. Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar una copia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo; asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

b) Justificante de haber abonado los derechos de examen, en el que deberá constar:

- Nombre y apellidos de la persona solicitante.

- Código 761.

- Código de la plaza (2005).

Si el abono se hubiera realizado mediante transferencia bancaria por vía telemática, se deberá adjuntar una reproducción del documento (copia o fotografía) en lugar del justificante original emitido por la entidad.

En el caso de estar exento del pago de los derechos de examen, justificante acreditativo de la correspondiente condición a que da derecho, de acuerdo con lo establecido en la base 3.2.

c) Copia del título académico oficial exigido para el acceso a la plaza, o justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar también la credencial que acredite su homologación o reconocimiento, en un único documento.

d) En el caso de solicitar adaptación y ajuste razonable de tiempo y medios para realizar las pruebas del proceso selectivo, Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad o informe expedido por facultativo de la Seguridad Social, en caso de tratarse de una situación de salud sobrevenida.

3.4. Presentación por Registro. Las personas interesadas en participar en este proceso selectivo deberán presentar su solicitud:

a) Preferentemente de forma telemática: (requiere certificado digital de la FNMT), a través del procedimiento «Presentación de Instancias y Solicitudes Genéricas. Iniciar trámite» disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Sevilla https://rec.redsara.es a la que se adjuntará la documentación correspondiente (base 3.3) en formato PDF, indicando como destino en la solicitud «Universidad de Sevilla».

Se deberá considerar válidamente enviada de forma telemática la solicitud si, al final del proceso de envío de la instancia genérica, una vez pulsado el botón de «Firmar y presentar», el sistema genera un recibo acreditativo de la presentación de la solicitud en el Registro de la Universidad de Sevilla.

b) Por cualquiera de las formas previstas legalmente en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de las personas participantes.

No se admitirá documentación una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo solicitar su modificación mediante escrito motivado.

El solo hecho de presentar instancia tomando parte en la convocatoria constituye sometimiento expreso de las personas aspirantes a las bases reguladoras de las mismas, que tienen consideración de la Ley Reguladora de esta convocatoria de proceso selectivo.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Relación provisional de personas admitidas y excluidas. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Sevilla dictará resolución en la que se declarará aprobada la lista de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, en su caso. Esta lista será publicada en la siguiente dirección de la página web de la Universidad de Sevilla https://recursoshumanos.us.es, a través de consultas personalizadas.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes deberán comprobar fehacientemente, bajo su exclusiva responsabilidad, no solo que no figuran incluidas en la relación de personas aspirantes excluidas, sino, además, que sus nombres y apellidos constan en la pertinente relación de personas aspirantes admitidas.

La inclusión de las personas aspirantes en la lista de admitidos no presupone, en ningún caso, el reconocimiento por parte de esta Universidad de que éstos reúnan los requisitos, enumerados en la base segunda de la convocatoria, para la obtención de las plazas convocadas.

4.2. Plazo de subsanación. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la página web de la Universidad de Sevilla, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de personas admitidas, serán definitivamente excluidas de la participación en la convocatoria.

4.3. Relación definitiva de personas admitidas y excluidas. Una vez resueltas las subsanaciones presentadas, se procederá a la publicación de la resolución que contendrá el listado definitivo de personas admitidas y excluidas en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla y en la siguiente dirección de la página web de la Universidad de Sevilla: https://recursoshumanos.us.es a través de consultas personalizadas.

Frente a la resolución que eleve a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla a través de la aplicación «Interposición de recursos administrativos» incluida en la sede electrónica de la Universidad de Sevilla https://sede.us.es/opencms/system/modules/sede/index, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación de dicha resolución, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Sevilla, según disponen los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa..

5. Tribunal de valoración.

5.1. Composición. El Tribunal de Valoración, que reunirá los requisitos que establece el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, será presidido por el Rector o persona en quien delegue, y estará constituido, además, por cuatro vocales miembros de la Universidad de Sevilla, o de otras universidades andaluzas, nombrados por el Rector. Asimismo, para cada miembro titular se nombrará un suplente. Actuará como secretario/a con voz, pero sin voto, un miembro del Área de Recursos Humanos nombrado por el Rector. En la composición del Tribunal de Valoración se recogerá el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.

La composición de las personas integrantes del Tribunal de Valoración se hará pública mediante Resolución Rectoral, que podrá ser anterior o será coincidente con la resolución que apruebe los listados de personas admitidas y excluidas a la que se hace referencia en la base 4.

5.2. Abstención y recusación. Las personas integrantes del Tribunal de Valoración deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Sevilla, cuando concurran en ellas circunstancias de las previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El/la Presidente/a deberá solicitar de las personas integrantes del Tribunal de Valoración declaración expresa de no hallarse incursas en las circunstancias previstas en dichos artículos, habiendo de constar por escrito la inexistencia de dicha circunstancia.

Asimismo, los/as aspirantes podrán recusar a las personas integrantes del Tribunal de Valoración cuando concurran algunas de dichas circunstancias.

5.3. Cambio en la composición. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal de Valoración que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4. Constitución y funcionamiento. Previa convocatoria del/la Presidente/a, se constituirá el Tribunal de Valoración con asistencia obligada de Presidente/a y Secretario/a y de la mitad al menos de sus miembros.

En la sesión de constitución, el Tribunal de Valoración acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones, para actuar válidamente, requerirá la misma mayoría de sus miembros, titulares o suplentes, indicada anteriormente.

Su actuación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la normativa procedimental y actuará de acuerdo con el principio de transparencia.

El Tribunal de Valoración podrá disponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor especialista en las funciones de la plaza convocada, para las pruebas de la fase de oposición. Este asesoramiento se limitará al ejercicio de sus especialidades técnicas, exclusivamente colaborando con el Tribunal de Valoración. La designación de tales asesores o asesoras deberá comunicarse al Rector de la Universidad a fin de que sea formulada la oportuna resolución de nombramiento.

Asimismo, el Tribunal de Valoración podrá nombrar personas colaboradoras para las tareas internas de organización y vigilancia.

5.5. Actuación del Tribunal durante el proceso. El Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria.

Su actuación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la normativa procedimental, así como a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y actuará de acuerdo con el principio de transparencia.

En las actas de sus reuniones y del ejercicio celebrado deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas al ejercicio, la valoración de los méritos, así como cualquier decisión que afecte al procedimiento.

5.6. Garantía de corrección de ejercicios. El/la Presidente/a del Tribunal de Valoración adoptará las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio de la fase de oposición que sea escrito y no deba ser leído ante el Tribunal de Valoración sea corregido sin que se conozca la identidad de las personas candidatas.

5.7. Información a las personas participantes. A efecto de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal de Valoración tendrá su sede en la Universidad de Sevilla, C/ San Fernando, núm. 4.

El Tribunal de Valoración dispondrá en esta sede, al menos una persona, miembro o no del mismo, para atender cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo a través del teléfono 954 551 071 (en horario de atención al público de 9:00 a 14:00 horas). También se podrá solicitar información a través de correo electrónico a la siguiente dirección: seleccionpaslaboral@us.es

5.8. Categoría. Es de aplicación la Instrucción de 3/2021, de 22 de diciembre, de la Gerencia de la Universidad de Sevilla, en materia de Interpretación y aplicación de las normas sobre las indemnizaciones y compensaciones por razón del servicio.

5.9. Exclusión de participantes. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal de Valoración tuviese conocimiento de que alguna de las personas candidatas no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la/las persona/s interesada/s, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Sevilla, con declaración de las inexactitudes o falsedades detectadas en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

5.10. Adaptaciones. El Tribunal de Valoración velará por que las personas aspirantes puedan participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de los participantes. Para ello, adoptará las medidas precisas, en aquellos casos en que resulte necesario, para que las personas aspirantes con discapacidad reconocida o situación de salud sobrevenida dispongan de similares condiciones para la realización del ejercicio que el resto de las personas participantes. En este sentido, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización por las personas con discapacidad que lo soliciten.

5.11. Declaración de aspirantes que han superado el proceso selectivo. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de la plaza convocada por la presente resolución. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en esta base será nula de pleno derecho.

Con el fin de asegurar la cobertura de la plaza ofertada, en el caso de producirse renuncias o cuando la persona propuesta carezca de los requisitos señalados en la base segunda, el Rector podrá requerir al Tribunal relación complementaria con las personas aspirantes que sigan a la persona propuesta para su posible contratación como personal laboral. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

6. Desarrollo del proceso selectivo.

6.1. Sistema de selección. El sistema de selección será el de concurso-oposición, valorándose hasta un total de 100 puntos de los cuales 65 corresponden a la fase de oposición y 35 a la fase de concurso.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso únicamente se sumarán a la puntuación de las personas aspirantes que superen la fase de oposición.

6.2. Fase de oposición (máximo 65 puntos).

6.2.1. Calendario. La fecha, hora y lugar de celebración del único ejercicio de la fase de oposición se fijará en la resolución de la Universidad de Sevilla en la que se aprueben las listas de personas admitidas y excluidas. Éste, no obstante, no se realizará antes del 15 de octubre de 2025.

La fecha de celebración del ejercicio no podrá coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos para el PTGAS de la Universidad de Sevilla.

Una vez iniciada la fase de oposición, los sucesivos anuncios referidos a la misma deberán hacerse públicos en la página web https://recursoshumanos.us.es y por cualquier otro medio si se juzga conveniente.

6.2.2. Llamamiento único. Las personas aspirantes serán convocadas para el ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos/as de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal de Valoración. Para ello se comenzará por la primera persona aspirante que figure en la lista de personas admitidas. Durante el desarrollo del ejercicio, el Tribunal de Valoración podrá requerir a las personas aspirantes para que acrediten su identidad.

6.2.3. Tipo de ejercicio y calificación. La fase de oposición constará de un único ejercicio de carácter teórico-práctico de carácter obligatorio y eliminatorio, sobre el programa que se indica en el Anexo I, cuyas características serán determinadas por Acuerdo del Tribunal de Valoración.

La fase de oposición se valorará de 0 a 65 puntos, siendo necesario obtener al menos 32,5 puntos para superarla.

Cuando el ejercicio o parte del mismo consista en un cuestionario de tipo test, este contendrá 4 respuestas alternativas a cada pregunta, de las cuales sólo una será la correcta.

En el cuestionario se incluirán 5 preguntas adicionales de reserva para sustituir a aquellas que puedan ser objeto de anulación y según el orden en el que se presenten en el cuestionario. Las preguntas de reserva únicamente serán corregidas si se produce alguna anulación del resto de preguntas; en caso contrario no serán objeto de corrección o valoración por el Tribunal de Valoración.

El sistema de penalización de las preguntas contestadas incorrectamente en el cuestionario tipo test consistirá en descontar el valor de una respuesta válida por cada cuatro erróneas o la parte proporcional que corresponda. Las preguntas no contestadas no serán valoradas ni penalizadas.

Para considerar superado el ejercicio tipo test se exigirá acertar como mínimo el 50% del número total de preguntas que integran el cuestionario, una vez aplicada la penalización por respuestas incorrectas a que se refiere el apartado anterior.

El Tribunal de Valoración, previamente al inicio de la fase de oposición publicará Acuerdo con las características del ejercicio de la fase de oposición.

6.2.4. Publicación de plantilla. El Tribunal de Valoración con anterioridad a la calificación del ejercicio, publicará la plantilla de respuestas consideradas correctas del cuestionario tipo test, disponiéndose de un plazo de cinco días hábiles, desde el siguiente a su publicación, para reclamar contra la misma. Transcurrido el citado plazo se elevará la plantilla a definitiva, mediante Acuerdo del Tribunal de Valoración, que será publicado en el Tablón Electrónico Oficial y en la página web de Recursos Humanos.

6.2.5. Calificaciones provisionales. Una vez llevada a cabo la corrección del ejercicio, se publicarán, con carácter provisional, las calificaciones de la fase de oposición, abriéndose un plazo de dos días hábiles para las posibles impugnaciones, transcurrido el cual se elevarán a definitivas mediante Acuerdo del Tribunal, que será publicado en el Tablón Electrónico Oficial y en la página web de Recursos Humanos.

Las personas opositoras que no hayan alcanzado la puntuación mínima para superar la fase de oposición tendrán la consideración de no aptas a todos los efectos, quedando eliminadas del proceso selectivo.

6.3. Fase de concurso (máximo: 35 puntos).

6.3.1. Presentación del formulario de autobaremo y documentación adjunta. Publicadas las calificaciones definitivas de la fase de oposición, las personas aspirantes que la hayan superado y consten en la relación definitiva, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación, para alegar y presentar la documentación que acredite los méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso mediante un formulario de autobaremo, que se publicará en la página web de la Universidad de Sevilla https://recursoshumanos.us.es

El autobaremo generado deberá presentarse a través de Registro con la documentación que se quiera hacer valer.

Los méritos a valorar por el Tribunal de Valoración, a efectos de determinar la puntuación en la fase de concurso, serán los que se hayan alegado, autobaremado y acreditado documentalmente por las personas aspirantes durante el plazo de presentación del autobaremo de la fase de concurso, y que serán revisados por el Tribunal a los efectos de determinar la puntuación correcta que corresponda.

En el supuesto de méritos autobaremados en subapartados erróneos, podrán trasladarse los mismos por parte del Tribunal al subapartado correcto.

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes. Únicamente se valorarán lo méritos alegados en el autobaremo. No se valorarán aquellos méritos que no se encuentren suficientemente acreditados, no admitiéndose la documentación fuera del plazo de los diez días hábiles establecidos para su presentación.

6.3.2. Baremo de la fase de concurso.

En la fase de concurso se valorarán los méritos según el baremo que a continuación se reproduce.

6.3.2.1. Experiencia profesional (máximo: 14 puntos).

a) Experiencia profesional en puesto igual, desempeñada dentro del ámbito de la Universidad de Sevilla, a razón de 0,20 puntos por mes completo trabajado y, en caso de fracción, 0,20/30 por día trabajado.

A los efectos de este apartado, se entiende por experiencia profesional en puesto igual, la desempeñada dentro del ámbito de la Universidad de Sevilla, en puesto de la misma categoría profesional y destino que figure incluido en la Relación de Puestos de Trabajo de la citada Universidad, adscrito a Personal Laboral y con cargo al Capítulo I del Presupuesto.

La experiencia a que se hace referencia en este apartado deberá acreditarse mediante certificación, que será expedida y adjuntada de oficio a la documentación aportada junto al formulario de autobaremo por el Servicio de Gestión del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral de la Universidad de Sevilla.

b) Experiencia profesional en puesto de trabajo similar, dentro del ámbito de las Administraciones Públicas, a razón de 0,05 por mes completo trabajado y, en caso de fracción, 0,05/30 por día trabajado.

A los efectos de este apartado, se entiende por experiencia profesional en puesto de trabajo similar, la desempeñada en puesto de trabajo cuya aptitud profesional, titulación y contenido general de la prestación sean las exigidas en la plaza a la que se aspira y no sea tenido en cuenta como mérito en el apartado anterior.

La experiencia profesional a que hace referencia este apartado deberá acreditarse del siguiente modo:

- Las personas aspirantes que hayan prestado servicios en la Universidad de Sevilla, deberán acreditarla mediante certificación que será expedida y adjuntada de oficio a la documentación aportada junto al formulario de autobaremo por el Servicio de Gestión del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral de la Universidad de Sevilla.

- El resto de las personas aspirantes deberán aportar certificación que contenga necesariamente la información requerida, expedida por el Servicio de Personal o cualquier otro Órgano de la Administración donde se haya trabajado con competencias en materia de Personal, donde constará el nombre del puesto de trabajo que ocupa o puestos de trabajo que haya ocupado, categoría profesional, con expresión del tiempo que lo ha venido desempeñando, naturaleza jurídica de la relación de servicios mantenida y tipo de contrato de trabajo, así como breve enumeración de funciones realizadas.

c) Experiencia profesional, en puesto de trabajo similar, fuera del ámbito de la Administración Pública, a razón de 0,04 puntos por mes completo trabajado y, en caso de fracción, 0,04/30 por día trabajado.

A los efectos de este apartado, se entiende por experiencia profesional en puesto de trabajo similar, la desempeñada en puesto de trabajo cuya aptitud profesional, titulación y contenido general de la prestación sean las exigidas en el puesto al que se aspira.

La experiencia profesional a que hace referencia este apartado deberá acreditarse mediante la aportación de los siguientes documentos, cuidando las personas interesadas que éstos contengan necesariamente la información requerida:

i. Copia del contrato de trabajo.

ii. Certificación de la empresa contratante en la que conste su duración y categoría profesional y breve enumeración de funciones realizadas.

iii. Informe de cotizaciones donde conste periodo y grupo de cotización, expedido por Entidad Gestora de la Seguridad Social (Informe de Vida Laboral).

A los efectos de esta convocatoria, sólo se considerará experiencia profesional la adquirida mediante la prestación de servicios por cuenta ajena regulada mediante cualquiera de las modalidades de contrato de trabajo existentes en la legislación vigente en el momento de su contratación.

6.3.2.2. Antigüedad (máximo: 12,25 puntos).

Será valorada la antigüedad acreditada en la Universidad de Sevilla, mediante contrato laboral como Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios con cargo al Capítulo I del Presupuesto, a razón de 0,15 puntos por mes completo trabajado y, en caso de fracción, 0,15/30 puntos por día trabajado.

La antigüedad a que se hace referencia en este apartado deberá acreditarse mediante certificación que será expedida y adjuntada de oficio a la documentación aportada junto al formulario de autobaremo por el Servicio de Gestión del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios Laboral de la Universidad de Sevilla.

6.3.2.3. Formación (máximo: 8,75 puntos).

Por la participación en actividades formativas, siempre que tengan relación con las funciones a desarrollar en el puesto al que se aspira, o con el temario exigido para el acceso a la plaza, según la siguiente distribución:

a) Formación impartida u homologada por el Servicio de Formación del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla: 0,06 puntos por hora.

La formación a que se hace referencia en este apartado deberá acreditarse mediante certificación que será expedida y adjuntada de oficio a la documentación aportada junto al formulario de autobaremo por el Servicio de Formación del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla.

b) Formación impartida u homologada por otras Administraciones Públicas y otros órganos de la Universidad de Sevilla: 0,02 puntos por hora.

c) Participación como docentes en acciones formativas impartidas u homologadas por el Servicio de Formación del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla: 0,07 puntos por hora.

La formación a que se hace referencia en este apartado deberá acreditarse mediante certificación que será expedida y adjuntada de oficio a la documentación aportada junto al formulario de autobaremo por el Servicio de Formación del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla.

d) Participación como docentes en acciones formativas impartidas u homologadas por otras Administraciones Públicas y otros órganos de la Universidad de Sevilla: 0,025 puntos por hora.

e) Titulación académica oficial directamente relacionada con el puesto. Se puntuará el nivel máximo de estudios alcanzados, siempre que se trate de titulaciones directamente relacionadas con las funciones a desempeñar en el puesto al que se opta (Anexo I, punto 6 «Titulaciones relacionadas»). Se valorará del siguiente modo:

- Doctorado: 2 puntos.

- Máster Oficial: 1,5 puntos.

- Grado/Licenciatura: 1 punto.

Únicamente se valorarán las titulaciones reconocidas por el Ministerio competente en la materia, como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo citarse en el caso de equivalencia de titulación la disposición en la que se establece la misma y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica.

f) Acreditación oficial de idioma. Según el Marco Común Europeo de referencia para las lenguas (MCER), o equivalencia reconocida en el marco del convenio de colaboración entre las Universidades Públicas de Andalucía, para la acreditación de las lenguas extranjeras. Se valorará sólo la titulación de nivel superior que posea la persona aspirante, del siguiente modo:

- Nivel C2: 2,5 puntos.

- Nivel C1: 2 puntos.

- Nivel B2: 1,5 puntos.

- Nivel B1: 1 punto.

Se tendrán en cuenta además las siguientes circunstancias:

a) Las actividades formativas relativas a atención al público, ofimática, idiomas, prevención de riesgos laborales, igualdad y mejora de la calidad del servicio y todas aquellas incluidas en la Resolución del Servicio de Formación del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla sobre formación estratégica, serán consideradas como formación relacionada con las funciones a desempeñar en todas las categorías objeto de esta convocatoria y serán valoradas conforme al apartado anterior que corresponda.

b) Sólo serán valorables aquellos Cursos que sean impartidos u homologados por un Organismo público, debiendo constar expresamente, en su caso, dicha homologación.

c) No serán valorados aquellos Cursos que no tengan suficientemente acreditadas el número de horas de duración o aquellos Cursos en los que la documentación justificativa no permita determinar la relación con las funciones a desarrollar en la categoría en la que se participa.

d) No se valorarán aquellos Cursos cuyos contenidos no sean de aplicación en la actualidad.

e) En el supuesto de que en el Curso se hubieran realizado pruebas calificadas y éstas no se hubieran superado, no se valorarán como méritos.

El Tribunal de Valoración hará público en la página web de Recursos Humanos https://recursoshumanos.us.es el Acuerdo con la calificación provisional de los méritos de la fase de concurso, desglosando la puntuación obtenida por cada uno de los conceptos que integran el baremo. Contra dicha publicación, las personas interesadas podrán reclamar en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación.

7. Relación de personas que han superado el proceso selectivo.

Finalizado el plazo señalado en el punto anterior, y una vez revisadas las reclamaciones por el Tribunal de Valoración, éste publicará en el Tablón Electrónico Oficial y en la página web de Recursos Humanos, las puntuaciones definitivas totales del concurso-oposición y propondrá la contratación que corresponda de la persona seleccionada al Rector quien, previa declaración de conformidad, dispondrá su publicación definitiva.

En caso de empate en la puntuación final, el orden de la relación de personas aprobadas se establecerá atendiendo a:

1.º Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.

2.º Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.

3.º Mayor puntuación obtenida en los distintos méritos valorados, según el orden establecido en las presentes bases, es decir 6.3.2.1, 6.3.2.2, 6.3.2.3.

4.º Mayor experiencia profesional en la base 6.3.2.1 y por el orden que ésta establece.

5.º Mayor puntuación en el apartado 6.3.2.3 e). Se valorarán todas las titulaciones académicas presentadas, sin que resulte de aplicación el límite de 2 puntos previsto en dicho apartado.

6.º Mayor puntuación en el apartado 6.3.2.3 f).

7.º Como último criterio se procederá a la aplicación de la Resolución de la Dirección de Recursos Humanos de la Universidad de Sevilla en la que se determinan las dos letras del primer apellido que servirán para llevar a cabo los desempates en las puntuaciones totales de los procesos selectivos que se desarrollen en el año 2025.

8. Documentación previa a la formalización del contrato.

Antes de la formalización del contrato, la persona candidata seleccionada deberá justificar adecuadamente los requisitos establecidos en la base 2, en un plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución definitiva de persona aprobada, en el Registro General y/o Auxiliar de la Universidad de Sevilla, mediante los siguientes documentos:

a) Original del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad Extranjero, en vigor a la fecha de presentación de la documentación requerida.

b) Original del título académico correspondiente, o certificación que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título y haber abonado los derechos de expedición de este.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de las funciones públicas mediante Sentencia Judicial.

d) Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar mediante documento suficiente, debidamente traducido al castellano, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública.

e) Certificado médico oficial que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la categoría profesional emitido por el facultativo del Sistema Nacional de Salud que corresponda a la persona interesada o por cualquier otro facultativo colegiado.

f) Cualquier otro requisito exigido para el acceso a la plaza e indicado en el Anexo I.

Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la referida documentación o, del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad de su instancia.

9. Formalización del contrato.

Por la autoridad convocante, conforme a la propuesta realizada por el Tribunal de Valoración y previa acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases, se procederá a la formalización del contrato. Hasta tanto se formalice el contrato, la persona aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.

Según dispone el artículo 22.5 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, se aplicará un período de prueba. En el supuesto de que la certificación emitida por la unidad de personal respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el período de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará a la siguiente persona candidata con mejor derecho.

10. Bolsa de Trabajo.

En cumplimiento del artículo 26 del Reglamento General de Personal Técnico de Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla, una vez finalizado el proceso selectivo se elaborará para la plaza convocada una bolsa de trabajo que se ajustará en su composición, orden de prelación y funcionamiento a lo que establezca la normativa propia que resulte de aplicación.

10.1. Publicación provisional y definitiva de la bolsa de trabajo. La mencionada bolsa de trabajo será publicada, con carácter provisional, mediante Resolución de esta Universidad, contra la que podrán presentarse reclamaciones en un plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente a su publicación. Finalizado dicho plazo y estudiadas las posibles reclamaciones, se publicará en el Tablón Electrónico Oficial y en la página web de Recursos Humanos resolución elevando a definitiva la bolsa de trabajo.

10.2. Llamamientos y formalización del contrato. Los llamamientos del personal de la bolsa de trabajo se producirán cuando lo requieran las necesidades del servicio, y se realizarán atendiendo al orden fijado en la misma.

Para la formalización del contrato se requerirá la documentación señalada en el apartado 8 de esta convocatoria, una vez le sea requerida por el Servicio de Gestión del PTGAS Laboral.

Las personas que conformen la bolsa de trabajo que, una vez requerida la documentación por el Servicio de Gestión del PTGAS Laboral, salvo casos de fuerza mayor, no presenten la documentación acreditativa o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratadas.

La dirección, teléfono y otros datos de contacto que las personas integrantes de la bolsa de trabajo reflejen en su instancia serán los únicos que se considerarán válidos a los efectos de las notificaciones que haya que realizar. Dichas personas están obligadas a mantener actualizadas sus direcciones postales, correos electrónicos y teléfonos de contacto, comunicando por escrito al Servicio de Gestión del PTGAS Laboral (vía Registro de la Universidad de Sevilla) cualquier modificación.

A efectos de llamamientos, suspensiones, exclusiones y comisión de seguimiento, se estará a lo dispuesto en la Resolución Rectoral que regule las bolsas de trabajo del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla.

10.3. Vigencia de la bolsa de trabajo. La bolsa de trabajo se hallará vigente hasta la publicación de una nueva como resultado de la siguiente convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso en la categoría profesional de Titulado/a de Grado Medio de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y Mantenimiento (Perfil: Responsable Gestión de Instalaciones). Servicio de Mantenimiento.

11. Protección de datos.

En aplicación del principio de transparencia y lealtad regulado en el Reglamento General de Protección de datos RGPD UE 2016/679 se le informa que la Universidad de Sevilla es responsable del presente tratamiento, «Oposiciones y Concursos PAS» que tiene como finalidad la “Gestión de convocatorias para la selección, provisión de puestos de trabajo y promoción de la carrera profesional de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) funcionario y laboral de la Universidad de Sevilla”

El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal, el cumplimiento de una misión de interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a la Universidad de Sevilla.

De acuerdo con las citadas normas, tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos personales, así como a otros derechos que puede consultar, junto a una información adicional más detallada, en el enlace:

https://osi.us.es/sites/osi/files/doc/pd/ratoposicionesyconcursospas.pdf

12. Eliminación de archivos.

Se informa a las personas participantes en esta convocatoria que la documentación presentada, junto con su solicitud de participación, permanecerá en los archivos del Servicio de Selección del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios el tiempo que marque la normativa de aplicación.

13. Género gramatical.

Algunas de las referencias a personas y colectivos en estas bases figuran en género masculino como género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la cita de los preceptos correspondientes en género femenino.

14. Norma final.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla a través de la aplicación «Interposición de recursos administrativos» incluida en la sede electrónica de la Universidad de Sevilla

https://sede.us.es/opencms/system/modules/sede/index, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Sevilla, según disponen los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Sevilla, 22 de mayo de 2025.- El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.

ANEXO I

PLAZA VACANTE CORRESPONDIENTE AL GRUPO II DEL CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS DE ANDALUCÍA.

1. Código 2005.
2. Número de plazas convocadas 1
3. Categoría Titulado/a de Grado Medio de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y Mantenimiento (Perfil: Responsable de Gestión de Instalaciones).
4. Destino Servicio de Mantenimiento.
5. Titulación requerida Diplomatura Universitaria, Arquitectura Técnica, Ingeniería Técnica o titulación equivalente.
6. Titulaciones relacionadas Ingeniero/a o Título de Grado que habilite para las distintas profesiones de Ingeniero/a.
Titulación oficial en prevención de riesgos laborales, de nivel superior al exigido para el acceso a la categoría.

7. Funciones.

Las funciones propias de su categoría profesional, descritas en el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, y en particular:

Responsabilizarse de los estudios e informes técnicos de instalaciones que se le soliciten, tanto para la remodelación, ampliaciones o funcionamiento actuales de las instalaciones que se le asignen para su gestión.

Elaborar las mediciones y cálculos de obras e instalaciones, ampliaciones o remodelaciones que se le soliciten en relación a las instalaciones que se le asignen para su gestión.

Realizar los estudios de las ofertas que le solicite la Dirección del Servicio de Mantenimiento.

Realizar el seguimiento y cumplimiento de los objetivos trimestrales que se les asignen, reportando los resultados a la Dirección del Servicio de Mantenimiento e incluyendo el control, gestión y supervisión del cumplimiento de especificaciones por parte de las empresas contratadas de servicios o suministros.

Establecer pautas y mecanismos de control para el cumplimiento de la normativa laboral en materia de prevención de riesgos laborales y en materia de medio ambiente por parte del personal del Servicio de Mantenimiento de la Universidad de Sevilla.

Analizar las instalaciones para proponer e implantar, cuando corresponda, medidas relacionadas con sus planes de mantenimiento correctivo, preventivo y tecnológico, incluyendo medidas ambientales.

Participar en la gestión conjunta del inventario de instalaciones de la Universidad de Sevilla y, concretamente, en la definición, seguimiento y control de los diferentes planes de trabajo.

Representar al Servicio de Mantenimiento en las comisiones técnicas y reuniones de colaboración para las que sea designado por la Dirección del Servicio de Mantenimiento.

8. Programa.

TEMA 1. Instalaciones eléctricas en baja tensión: cálculo, diseño y verificaciones. Protecciones: Interruptores generales automáticos, interruptores diferenciales, interruptores magnetotérmicos, relés térmicos y fusibles. Sistema de puesta a tierra: Resistividad del terreno. Definición y unidades. Medición de la resistencia de puesta a tierra. Sistemas de conexión a tierra normalizados. Medida de parámetros eléctricos. Motores eléctricos, conexionado, ensayos, control de velocidad. Sistemas de Alimentación Ininterrumpida. Armónicos en redes de baja tensión, medida, control y su eliminación. Automatización y control de instalaciones eléctricas. Conductores eléctricos en baja tensión. Caída de tensión. Intensidades máximas admisibles. Cálculo de secciones, líneas monofásica y trifásica. Cuadros generales, derivaciones individuales, cuadros secundarios de distribución. Inspecciones periódicas. Certificaciones profesionales. Operaciones de mantenimiento.

TEMA 2. Instalaciones Eléctricas de media tensión. Líneas de transporte de energía eléctrica en Media Tensión: acometidas aéreas y subterráneas. Centros de Transformación. Interruptores, fusibles y relés térmicos. Celdas compactas: línea, protección, medida y remonte. Descripción, protecciones, pruebas, directrices para la realización del proyecto. Características de la alimentación de la estación transformadora. Equipos de medida en media y alta tensión, transformadores de tensión e intensidad, conexionado. Protecciones contra sobreintensidades. Transformadores de tensión e intensidad para la medida y maniobra. Reglas de seguridad y maniobras en los centros de transformación. Inspecciones periódicas. Certificaciones profesionales. Operaciones de mantenimiento.

TEMA 3. Redes aéreas y subterráneas para distribución de energía eléctrica en baja tensión e instalaciones de enlace. Instalaciones de alumbrado público. Iluminación interior. Eficiencia energética. Clasificación de actividades. Criterios de calidad y diseño. Sistemas de iluminación. Tipos de lámparas recomendadas, regulación y control. Suministros en baja tensión y previsión de cargas. Instalaciones interiores y receptoras. Instalaciones en locales de pública concurrencia y locales de características especiales. Inspección de instalaciones. Referencias a las normas de obligado cumplimiento.

TEMA 4. Instalaciones de climatización. Equipos de refrigeración. Máquina alternativa de refrigeración. Máquina centrifuga de refrigeración. Máquina de refrigeración por absorción. Sistemas de absorción y centrífugos combinados. Compresores de tornillo, scroll. Nuevas tecnologías. Bombas de calor. Equipos de disipación del calor: torres de refrigeración, condensadores evaporativos, condensación por aire. Sistemas de control y seguridad: válvulas de expansión, presostatos, termostatos, electroválvulas, recipientes de líquido, filtros, deshumidificadores. Fluidos refrigerantes y aceites lubricantes. Pruebas y verificaciones. Bombas para trasiego de fluidos térmicos. Tipos de bombas. Balance energético en bombas. Cavitación. Curvas de funcionamiento de las bombas. Punto de funcionamiento de la instalación. Análisis energético.

TEMA 5. Instalaciones de climatización: Sistemas de acondicionamiento y sus aplicaciones. Aspectos generales. El espacio, el edificio y la carga térmica. Sistemas todo aire. Sistemas convencionales. Sistemas de inducción a volumen constante. Sistema de unidad multizona. Sistema de doble conducto. Sistema de conducto Dual. Sistema de caudal y temperatura variable y constante. Sistemas aire-agua. Unidades de inducción, fancoils, paneles radiantes y vigas frías con aire primario. Sistemas todo agua. fancoils, paneles radiantes y vigas frías. Sistemas de volumen de refrigerante variable (VRV). Sistemas de expansión directa. Selección del sistema. Equipos de tratamiento del aire. Climatizadoras, UTAs, equipos autónomos y equipos auxiliares. Tuberías, conductos, rejillas y difusores, válvulas, vasos de expansión, intercambiadores, equipos de regulación y control, aislamientos térmicos, lubricantes. Mediciones de velocidad del aire, caudal, temperatura seca y húmeda, humedades absoluta y relativa. Inspecciones periódicas. Certificaciones profesionales. Operaciones de mantenimiento.

TEMA 6. Recuperación de energía en instalaciones de climatización. Enfriamiento gratuito. Sistemas de enfriamiento gratuito por aire (free-cooling), por agua, por migración de refrigerante. Enfriamiento evaporativo. Teoría de la refrigeración evaporativa, clasificación de aparatos, enfriamiento directo, enfriamiento indirecto, enfriamiento mixto. Criterios de diseño. Recuperación de calor generalidades y normativa. Recuperadores. Recuperación total o parcial del calor generado en el ciclo frigorífico. Transferencia energética entre zonas del edificio. Combinación de sistemas. Enfriamiento gratuito por aire exterior y recuperación de calor. Caudal de refrigerante variable. Cálculo de cargas térmicas, producción térmica, redes de fluidos, unidades terminales, aislamiento térmico sistemas de climatización. Automatización y control de instalaciones de climatización. Diseño, cálculo, ajuste y equilibrado de instalaciones térmicas. Refrigerantes.

TEMA 7. Instalaciones de calefacción y producción de ACS. El comportamiento energético de un edifico. Integración de las instalaciones de calefacción y ACS. Sistemas de producción y acumulación de calor. Depósitos, intercambiadores y sus tipos. Principios de funcionamiento de los sistemas de calefacción y ACS. Mantenimiento e inspección. Operaciones de mantenimiento.

TEMA 8. Instalaciones Térmicas. Calderas: tipos. Descripción general. Combustión. Combustibles. El aire como comburente. Estudio de la combustión a partir del análisis de los gases. Quemadores de gasóleo, gas y mixtos. El cálculo del rendimiento energético. Tratamiento del agua de alimentación. Medidas de seguridad. Procedimiento de inspección de la eficiencia energética de una caldera.

TEMA 9. Instalaciones de suministro de gas. Determinación del poder calorífico superior e inferior y de la intensidad de un gas destinado a suministro público. Aparatos de medidas, laboratorios y verificación. Contratos facturación y fraudes. Instalaciones de almacenamiento de combustibles líquidos y gaseosos. Depósitos aéreos y enterrados. Medidas de seguridad en las descargas. Inspecciones periódicas. Certificaciones profesionales. Operaciones de mantenimiento.

TEMA 10. Recipientes a presión que contienen vapor, gases licuados, comprimidos y disueltos a presión. Generadores de vapor. Sistemas e instalaciones automáticas. Sistemas y dispositivos de seguridad. Pruebas y verificaciones.

TEMA 11. Energías alternativas. Introducción al aprovechamiento de la energía solar: radiación solar, constante solar, efecto de la atmósfera y de las estaciones del año. Células fotovoltaicas. Soportes e interconexión de paneles. Baterías, reguladores y convertidores. Energía solar térmica. Colectores planos y de concentración. Colectores de tubo de vacío. Depósitos acumuladores. Equipos de maniobra y de control.

TEMA 12. Instalaciones de agua: suministro, almacenamiento y distribución. Distintas mediciones: pH, dureza, cloro libre, solubilidad, materias disueltas, etc. Aparatos sanitarios: grifería, fluxómetros, baterías termostáticas. Simultaneidad, cálculo y dimensionado. Equipos de bombeo. Tratamientos del agua: filtración, descalcificación, osmosis inversa. Filtros y descalcificadoras. Saneamiento y depuración. Recogidas de aguas fecales y pluviales. Operaciones de mantenimiento.

TEMA 13. Contabilización de consumos. Objeto y campo de aplicación. Equipos de medida. Generalidades. Contadores de agua. Contadores de gas. Contadores de gasóleo. Contadores eléctricos. Contadores de energía térmica. Ratios. Mediciones energéticas. Rendimiento Estacional Anual Corregido (REAc). Rendimiento Estacional Anual (REA). Coeficiente de emisiones (Ke). Otras ratios. Registro de consumos.

TEMA 14. Protección contra incendios. La química del fuego. Tipos de fuego. Lucha contra el fuego. Equipos e instalaciones contra incendios: generalidades Sistemas automáticos de detección de incendios. Detectores, tipos. Centrales e instalaciones de detección y señalización. Sistemas de abastecimiento de agua contra incendios: hidrantes, BIE, columna seca, rociadores automáticos, extintores de agua pulverizada, espuma física de baja expansión, extinción con polvo, anhídrido carbónico, extinción automática por agentes gaseosos.

TEMA 15. Aparatos elevadores: ascensores y montacargas. Dispositivos de funcionamiento, seguridad, pruebas y verificaciones. Pruebas y verificadores de estos aparatos. Conservación e inspección. Certificaciones profesionales. Reconocimientos generales periódicos. Aparatos elevadores en obra. Puertas automáticas.

TEMA 16. Sistemas de automatización de edificios. Autómatas programables. Fundamentos. Transición de la lógica cableada a la lógica programada. Sistemas de programación. Diseño de sistemas de control lógico con autómatas programables. Control de procesos mediante autómatas programables. Comunicaciones digitales. Verificación de los sistemas. Operaciones de mantenimiento.

TEMA 17. La informática aplicada a la gestión. Aplicaciones informáticas a nivel usuario: procesadores de texto, hoja de cálculo, bases de datos, tratamiento de imágenes, internet, correo electrónico, redes corporativas, intranet. Aplicaciones Informáticas de CAD. Aplicaciones para gestión de presupuestos.

TEMA 18. Normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas (Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, y Real Decreto 494/2012 que modifica el anterior).

TEMA 19. Reglamento Técnico de Distribución y Utilización de Combustibles Gaseosos. (Real Decreto 919/2006, de 28 de julio).

TEMA 20. Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencias (Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo) y Real Decreto 524/2023, de 20 de junio, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil.

TEMA 21. Seguridad en las obras. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Coordinadores en materia de seguridad y salud. Estudio básico de seguridad y salud. Plan de seguridad y salud en el trabajo. Principios generales aplicables al proyecto y a la ejecución de la obra. Obligaciones. Libro de incidencias. Paralización de los trabajos. Aviso previo. Trabajos que implican riesgos especiales para la seguridad y salud de los trabajadores (Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre).

TEMA 22. Condiciones Básicas de accesibilidad y no discriminación, de personas con discapacidad, para acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones (Real Decreto 505/2007, de 20 de abril) y Documento Técnico sobre el Decreto Andaluz de Accesibilidad. Septiembre 2011. Junta de Andalucía.

TEMA 23. Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía (Decreto de la Junta de Andalucía 293/2009, de 7 de julio).

TEMA 24. Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis

TEMA 25. Código Técnico de la Edificación (Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo): Documento Básico HE: Ahorro de Energía. Sección SU 8: Seguridad frente a riesgos causados por la acción del rayo) y Norma UNE 21186 «Protección de estructuras, edificaciones y zonas abiertas mediante pararrayos con dispositivos de cebado». Documento Básico HS: Salubridad. Ventilación de edificios no residenciales, norma UNE-EN 13779. Documento Básico SU: Seguridad de Utilización. Documento Básico SI: Seguridad en caso de Incendio.

TEMA 26. Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias. Guía Técnica de Aplicación (Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto).

TEMA 27. Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios e Instrucciones Técnicas Complementarias (Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio).

TEMA 28. Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas e Instrucciones Técnicas Complementarias (Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre).

TEMA 29. Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias (Real Decreto 919/2006, de 28 de julio).

TEMA 30. Reglamento de aparatos de Elevación y Manutención de los mismos (Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre y sus modificaciones posteriores).

TEMA 31. Reglamento de Equipos a Presión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre).

TEMA 32. Reglamento de instalaciones de protección contra incendios y su Guía Técnica de Aplicación (Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo).

TEMA 33. Elementos del sistema de gestión del Servicio de Mantenimiento de la Universidad de Sevilla: Principios básicos de gestión, Registros de ejecución y supervisión y El inventario de Instalaciones (UNE-EN 15331:2012. Apdo. 4.1.3.), Especificaciones de funcionamiento. Usos y aplicaciones del inventario y Visión general de la estructura y finalidad de los documentos para el mantenimiento, planes mantenimiento y programas de trabajo (UNE-EN 13460:2009).

TEMA 34. Elementos del sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Sevilla: Política preventiva en la Universidad de Sevilla. Guía preventiva de empleados públicos de la Universidad de Sevilla. Procedimiento de actuación ante un accidente, primeros auxilios y situaciones de emergencias. Seguridad vial: píldoras informativas del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Sevilla. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales: Artículo 29 de la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales.

TEMA 35. Riesgos generales y específicos de su puesto de trabajo. Píldoras informativas del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Sevilla relacionadas con la categoría convocada.

TEMA 36. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso lumbar, para los trabajadores. Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. Artículos 1 al 10 del Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.

TEMA 37. Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

TEMA 38. Los Estatutos de la Universidad de Sevilla, Decreto 98/2025, de 30 de abril: Título I. Capítulo I. Órganos de gobierno, representación y participación. Capítulo II. De los centros y estructuras académicas y sus órganos de gobierno, Secciones I, II y III. Título III. Capítulo I. La comunidad universitaria, artículos 90 y 91. Capítulo IV. El personal técnico, de gestión y de administración y servicios.

TEMA 39. El IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía. Objeto, ámbito y vigencia. Garantías. Normas de organización del trabajo. Vacaciones, Permisos y Licencias. Régimen disciplinario. Prevención de Riesgos Laborales.

TEMA 40. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Título Preliminar. Objeto y ámbito de la Ley. Título I. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Título V. El principio de igualdad en el empleo público: Criterios de actuación de las Administraciones Públicas (cap. I).

TEMA 41. Protocolo para Prevención, Evaluación e Intervención ante el acoso en la Universidad de Sevilla. Medidas de prevención. Inicio del procedimiento.

9. Derechos de participación.

Los derechos de participación en el proceso selectivo serán de 30 €.

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