Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 117 de 20/06/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud y Consumo

Resolución de 16 de junio de 2025, de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, por la que se aprueba la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas correspondiente al concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia convocado por la orden que se cita.

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De conformidad con lo dispuesto en la base 6.ª1 de la Orden de 2 de diciembre de 2024, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de nuevas oficinas de farmacia en Andalucía, y el artículo 11.1 del Decreto 36/2018, de 6 de febrero, por el que se regula el procedimiento de adjudicación de nuevas oficinas de farmacia, esta Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica

RESUELVEO

Primero. Aprobar la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas correspondiente al concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia, convocado por Orden de la Consejería de Salud y Consumo de 2 de diciembre de 2024.

Esta lista, ordenada por orden alfabético de apellidos, contiene las solicitudes que han sido admitidas y excluidas en cada fase, con indicación de las causas de exclusión, incluyendo la puntuación consignada en la hoja de autobaremación.

Segundo. Conforme a lo dispuesto en las bases 6.ª1 y 17.ª1 de la citada Orden de 2 de diciembre de 2024, la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas aprobada mediante la presente resolución se expondrá en la página web de la Consejería de Salud y Consumo, en el Portal de la Junta de Andalucía, y en los tablones de anuncios de las Delegaciones Territoriales y de la sede de la Consejería de Salud y Consumo.

Tercero. Para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión en la lista provisional, las personas solicitantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a esta publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En el mismo plazo se podrá solicitar la rectificación de los errores detectados en dicha lista.

Cuarto. Los escritos de alegaciones se dirigirán a la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica de la Consejería de Salud y Consumo, siendo estimadas o desestimadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas. En el caso de que los defectos relativos a los motivos de exclusión no sean subsanados, las solicitudes correspondientes serán excluidas en la lista definitiva.

Quinto. Serán causas de inadmisión, sin posibilidad de ser subsanadas, el no haber presentado en plazo la solicitud que figura como Anexo II de la Orden de 2 de diciembre de 2024 y el no haber abonado en plazo la tasa correspondiente.

Sevilla, 16 de junio de 2025.- El Director General, Manuel Fernández Zurbarán.

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